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Economía


Enviado por   •  20 de Mayo de 2015  •  1.238 Palabras (5 Páginas)  •  383 Visitas

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CSJ, SALA DE CASACIÓN CIVIL, Noviembre 18/2014 Expediente C-1100131030102000-00784-01

Magistrada ponente: MARGARITA CABELLO BLANCO

Actor: ANA LUCÍA RAMÍREZ VILLANUEVA

Demandado: ALFREDO RAMÍREZ JULIAO

Recurso de casación en contra de la sentencia de 13 de enero de 2011

Decisión: CSJ Sala de Casación Civil CASA

Tiene salvamento de voto por el Magistrado ARIEL SALAZAR RAMÍREZ

CSJ, SALA DE CASACIÓN CIVIL, Julio 30/ 2010 expediente: 11001-3103-014-2005-00154-01

Magistrado Ponente: WILLIAM NAMÉN VARGAS

Actor: Gladys Cepero Páez

Demandados: Julio Enrique Vargas Posada y Martha Cecilia Franklin Meléndez

Recurso de casación en contra de la sentencia del 2 de abril de 2008 Decisión: CSJ Sala de Casación Civil NO CASA

Salvamento de voto por el magistrado EDGARDO VILLAMIL PORTILLA

CSJ, SALA DE CASACIÓN CIVIL, Octubre 7/ 2009 expediente: 05360-31-03-001-2003-00164-01

Magistrado Ponente: EDGARDO VILLAMIL PORTILLA

Actor: Óscar Adrián Loaiza Arias

Demandado: Bancolombia S.A.

Recurso de casación en contra de la sentencia del 18 de Octubre de 2006 Decisión: CSJ Sala de Casación Civil NO CASA

Salvamento de voto por el magistrado EDGARDO VILLAMIL PORTILLA

CONSEJO DE ESTADO, SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA, Diciembre 3/2007

Consejera ponente: RUTH STELLA CORREA PALACIO

Radicación número: 11001-03-26-000-2003-00014-01(24715); 1100-10-326-000-2003-000-32-01(25206); 1100-10-326-000-2003-000-38-01(25409); 1100-10-326-000-2003-000-10-01(24524);1100-10-326-000-2004-000-21-00(27834); 1100-10-326-000-2003-000-39-01(25410);1100-10-326-000-2003-000-71-(26105); 100-10-326-000-2004-000-34-00(28244);1100-103-26-000-2005-000-50-01(31447) Acumulados-

Actor: CARLOS ORLANDO VELASQUEZ MURCIA Y OTROS

Demandado: NACION- PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Y OTROS

ACCION DE NULIDAD EN CONTRA DEL DECRETO 2170 DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2002

Decisión: DECLARA LA NULIDAD DEL DECRETO 2170 DE 2002 EN LOS SIGUIENTES ARTICULOS: 3 CON EXCEPCION DE SU PARAGRAFO; 4; 5; 9; LA EXPRESION EN FORMA PUBLICA DEL NUMERAL 5 APARTE SEGUNDO DEL ARTICULO 12; INCISO SEGUNDO DEL ARTICULO DEL 13 PERO UNICAMENTE EN TANTO SE INTERPRETE QUE EN EL SE DISPONE LA CONTRATACION DIRECTA PARA LOS CONTRATOS DE PRESTACION DE SERVICIOS DE APOYO DIFERENTES A LOS ESTABLECIDOS EN LA LETRA D) DEL NUMERAL 1º. DEL ARTICULO 24 DE LA LEY 80 DE 1993; NUMERAL 3 DEL ARTICULO 16; LA EXPRESION “CASO EN EL CUAL SE APLICARAN LA REGLAS PREVISTAS EN ESTE” DEL PARAGRAFO 2º DEL ARTICULO 16; DECLARA IMPROCEDENTE LA EXCEPCION DE FALSA DE MOTIVACION E INEPTA DEMANDA;

CONSEJO DE ESTADO, SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, SECCION TERCERA, Julio 19/2001

Radicación número: 11001-03-26-000-1996-3771-01(12037)

Consejero ponente: ALIER EDUARDO HERNÁNDEZ ENRÍQUEZ

Actor: ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE INGENIEROS CONSTRUCTORES

ACIC

Acción de nulidad nulidad del artículo 1º del Decreto 287 del 9 de febrero de 1996

Decisión. Se negaron las pretensiones de la demanda

CONSEJO DE ESTADO, SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, SECCION TERCERA, Junio 7/2001

Radicación número: 23001-23-31-000-1995-7068-01(13405)

Consejero ponente: RICARDO HOYOS DUQUE

Actor: ALBA ISABEL ARTEAGA ALMARIO

Demandado: HOSPITAL SANDIEGO DE CERETE

recurso de apelación en contra la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Córdoba el 6 de febrero de 1997

Decisión: Se confirma la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Córdoba el 6 de febrero de 1997

CONSEJO DE ESTADO, SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, SECCIÓN TERCERA, Abril 11/2012

Radicación número: 25000-23-26-000-1987-3880-01(12294)

Consejero ponente: ALIER EDUARDO HERNANDEZ ENRIQUEZ

Actor: ARNULFO NIETO PANTOJA

Demandado: INSTITUTO NACIONAL DE RADIO Y TELEVISIÓN, INRAVISIÓN

recurso de apelación, sentencia proferida el 30 de mayo de 1996

Decisión: CONFÍRMASE la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, el 30 de mayo de 1996

CONSEJO DE ESTADO, SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO,SECCION TERCERA, Marzo 1/2006

Radicación número: 66001-23-31-000-1992-01919-01(14576)

Consejero ponente: ALIER EDUARDO HERNANDEZ ENRIQUEZ

Actor: CONSORCIO MARTIN SANCHEZ PALMA - ARISTA LTDA.

Demandado: GOBERNACION DE RISARALDA

recurso de apelación interpuesto en contra de la sentencia el 24 de octubre de 1997

Decisión: Primero. Revócase parcialmente la sentencia dictada del 24 de octubre de 1997

Segundo. Anúlase la Resolución No. 0481 de marzo 18 de 1992

Tercero. Condénase al Departamento de Risaralda a pagar, en favor de los miembros del consorcio Martín Sánchez Palma-Arista Ltda., la suma de $180.927.339.oo, como indemnización por la utilidad dejada de percibir, una vez actualizado el capital, y la suma de $ 29.196.257.oo, por concepto de intereses legales sobre el capital, para un total de $210.123.596.oo

CONSEJO DE ESTADO, SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, SECCION TERCERA, Junio

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