Economía
Enviado por daniela_19 • 20 de Mayo de 2015 • 1.238 Palabras (5 Páginas) • 383 Visitas
CSJ, SALA DE CASACIÓN CIVIL, Noviembre 18/2014 Expediente C-1100131030102000-00784-01
Magistrada ponente: MARGARITA CABELLO BLANCO
Actor: ANA LUCÍA RAMÍREZ VILLANUEVA
Demandado: ALFREDO RAMÍREZ JULIAO
Recurso de casación en contra de la sentencia de 13 de enero de 2011
Decisión: CSJ Sala de Casación Civil CASA
Tiene salvamento de voto por el Magistrado ARIEL SALAZAR RAMÍREZ
CSJ, SALA DE CASACIÓN CIVIL, Julio 30/ 2010 expediente: 11001-3103-014-2005-00154-01
Magistrado Ponente: WILLIAM NAMÉN VARGAS
Actor: Gladys Cepero Páez
Demandados: Julio Enrique Vargas Posada y Martha Cecilia Franklin Meléndez
Recurso de casación en contra de la sentencia del 2 de abril de 2008 Decisión: CSJ Sala de Casación Civil NO CASA
Salvamento de voto por el magistrado EDGARDO VILLAMIL PORTILLA
CSJ, SALA DE CASACIÓN CIVIL, Octubre 7/ 2009 expediente: 05360-31-03-001-2003-00164-01
Magistrado Ponente: EDGARDO VILLAMIL PORTILLA
Actor: Óscar Adrián Loaiza Arias
Demandado: Bancolombia S.A.
Recurso de casación en contra de la sentencia del 18 de Octubre de 2006 Decisión: CSJ Sala de Casación Civil NO CASA
Salvamento de voto por el magistrado EDGARDO VILLAMIL PORTILLA
CONSEJO DE ESTADO, SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA, Diciembre 3/2007
Consejera ponente: RUTH STELLA CORREA PALACIO
Radicación número: 11001-03-26-000-2003-00014-01(24715); 1100-10-326-000-2003-000-32-01(25206); 1100-10-326-000-2003-000-38-01(25409); 1100-10-326-000-2003-000-10-01(24524);1100-10-326-000-2004-000-21-00(27834); 1100-10-326-000-2003-000-39-01(25410);1100-10-326-000-2003-000-71-(26105); 100-10-326-000-2004-000-34-00(28244);1100-103-26-000-2005-000-50-01(31447) Acumulados-
Actor: CARLOS ORLANDO VELASQUEZ MURCIA Y OTROS
Demandado: NACION- PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Y OTROS
ACCION DE NULIDAD EN CONTRA DEL DECRETO 2170 DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2002
Decisión: DECLARA LA NULIDAD DEL DECRETO 2170 DE 2002 EN LOS SIGUIENTES ARTICULOS: 3 CON EXCEPCION DE SU PARAGRAFO; 4; 5; 9; LA EXPRESION EN FORMA PUBLICA DEL NUMERAL 5 APARTE SEGUNDO DEL ARTICULO 12; INCISO SEGUNDO DEL ARTICULO DEL 13 PERO UNICAMENTE EN TANTO SE INTERPRETE QUE EN EL SE DISPONE LA CONTRATACION DIRECTA PARA LOS CONTRATOS DE PRESTACION DE SERVICIOS DE APOYO DIFERENTES A LOS ESTABLECIDOS EN LA LETRA D) DEL NUMERAL 1º. DEL ARTICULO 24 DE LA LEY 80 DE 1993; NUMERAL 3 DEL ARTICULO 16; LA EXPRESION “CASO EN EL CUAL SE APLICARAN LA REGLAS PREVISTAS EN ESTE” DEL PARAGRAFO 2º DEL ARTICULO 16; DECLARA IMPROCEDENTE LA EXCEPCION DE FALSA DE MOTIVACION E INEPTA DEMANDA;
CONSEJO DE ESTADO, SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, SECCION TERCERA, Julio 19/2001
Radicación número: 11001-03-26-000-1996-3771-01(12037)
Consejero ponente: ALIER EDUARDO HERNÁNDEZ ENRÍQUEZ
Actor: ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE INGENIEROS CONSTRUCTORES
ACIC
Acción de nulidad nulidad del artículo 1º del Decreto 287 del 9 de febrero de 1996
Decisión. Se negaron las pretensiones de la demanda
CONSEJO DE ESTADO, SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, SECCION TERCERA, Junio 7/2001
Radicación número: 23001-23-31-000-1995-7068-01(13405)
Consejero ponente: RICARDO HOYOS DUQUE
Actor: ALBA ISABEL ARTEAGA ALMARIO
Demandado: HOSPITAL SANDIEGO DE CERETE
recurso de apelación en contra la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Córdoba el 6 de febrero de 1997
Decisión: Se confirma la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Córdoba el 6 de febrero de 1997
CONSEJO DE ESTADO, SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, SECCIÓN TERCERA, Abril 11/2012
Radicación número: 25000-23-26-000-1987-3880-01(12294)
Consejero ponente: ALIER EDUARDO HERNANDEZ ENRIQUEZ
Actor: ARNULFO NIETO PANTOJA
Demandado: INSTITUTO NACIONAL DE RADIO Y TELEVISIÓN, INRAVISIÓN
recurso de apelación, sentencia proferida el 30 de mayo de 1996
Decisión: CONFÍRMASE la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, el 30 de mayo de 1996
CONSEJO DE ESTADO, SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO,SECCION TERCERA, Marzo 1/2006
Radicación número: 66001-23-31-000-1992-01919-01(14576)
Consejero ponente: ALIER EDUARDO HERNANDEZ ENRIQUEZ
Actor: CONSORCIO MARTIN SANCHEZ PALMA - ARISTA LTDA.
Demandado: GOBERNACION DE RISARALDA
recurso de apelación interpuesto en contra de la sentencia el 24 de octubre de 1997
Decisión: Primero. Revócase parcialmente la sentencia dictada del 24 de octubre de 1997
Segundo. Anúlase la Resolución No. 0481 de marzo 18 de 1992
Tercero. Condénase al Departamento de Risaralda a pagar, en favor de los miembros del consorcio Martín Sánchez Palma-Arista Ltda., la suma de $180.927.339.oo, como indemnización por la utilidad dejada de percibir, una vez actualizado el capital, y la suma de $ 29.196.257.oo, por concepto de intereses legales sobre el capital, para un total de $210.123.596.oo
CONSEJO DE ESTADO, SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, SECCION TERCERA, Junio
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