ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Ensayo Notarial


Enviado por   •  27 de Febrero de 2015  •  432 Palabras (2 Páginas)  •  163 Visitas

Página 1 de 2

Modalidades[editar]

Las principales modalidades testamentarias reguladas en el Código Civil español son:

El testamento abierto: Es aquel en el que el testador manifiesta, en presencia del Notario autorizante o en su caso de los testigos, el contenido de su última voluntad. Esta categoría de testamento abierto se subdivide a su vez en testamento abierto ordinario (ante Notario) o extrordinarios (para caso de inminente peligro de muerte, en supuestos de epidemia así como testamentos militares o de personas que vayan a bordo de buques). El ordinario se otorga ante Notario hábil, y no precisa de la concurrencia en el acto de testigos (salvo que concurran determinadas circunstancias especiales en la persona del testador, como son ser ciego, o no saber o no poder leer o firmar, etc.). Los extraordinarios exigen siempre la concurrencia de testigos y han de ser posteriormente adverados y elevados de documento público mediante su protocolización.

El testamento ológrafo es aquel redactado de puño y letra por el propio testador, y que necesariamente ha de contener el lugar y la fecha de otorgamiento (año mes y día), así como su firma y debe ser igualmente objeto de adveración y protocolización en sede judicial.

El testamento cerrado es aquél cuya principal característica es que el testador, sin revelar el contenido del testamento, declara que el mismo se halla en el pliego que entrega a las personas que hayan de autorizarlo.

Testamentos hechos fuera de España[editar]

Los españoles pueden testar fuera del territorio nacional, sujetándose a las formas establecidas por las leyes del país en que se hallen. También podrán ser testigos en alta mar durante su navegación en un buque extranjero, con sujeción a las leyes de la Nación a que el buque pertenezca.

Chile[editar]

Se encuentran prohibidas las disposiciones captatorias y los testamentos mancomunados o conjuntos. Respecto de los testamentos ológrafo, nada dice el Código Civil sobre la materia, mas la jurisprudencia ha aceptado este tipo de disposiciones de última voluntad.

Italia[editar]

El Código civil italiano acoge el principio de formalismo testamentario, en virtud de la cual el legislador de la péninsula itálica requiere para la validación del testamento una delle forme tipiche expresamente previsto dal código civil en el art. 601 y siguientes. Hay que distinguir en atención a la forma entre los testamentos ordinaros entre los que se encuentran el testamento ológrafo, el testamento público y el testamentos secreto (art. 604-605) y los testamento especiales, dentro de los cuales se encuentran el testamento con ocasión de enfermedades contagiosas o de calamidad pública (art. 609-610); el testamento en la navigación marítima o aérea (art. 611-616) y el testamento militar o asimilado (art. 617-618).

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (3 Kb)
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com