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Ensayo Notarial


Enviado por   •  30 de Noviembre de 2014  •  19.444 Palabras (78 Páginas)  •  313 Visitas

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UNIVERSIDAD SEÑOR DE SIPAN

ESCUELA DE DERECHO

“LA LEGÌTIMA DEFENSA”

DOCENTE:

MILTON CELESTINO BECERRA PEREZ

ALUMNOS:

CASTILLO MAYANGA MILAGROS CATHERINE

GONZALES QUESQUEN EDGAR LUIS

CURSO:

DERECHO PENAL I

17 DE noviembre DEL 2014

ÍNDICE

ÍNDICE 01

INTRODUCCIÓN 02

CAPíTULO I: ANTECEDENTES HISTÓRICOS DE LA LEGÍTIMA DEFENSA 03

CAPITULO II: CONSIDERACIONES GENERALES 08

1.1. CONCEPTO 10

1.2. NATURALEZA Y FUNDAMENTO 11

CAPITULO III: ELEMENTOS DE LA LEGÍTIMA DEFENSA 16

3.1. ELEMENTOS OBJETIVOS DE LA LEGITIMA DEFENSA 17

3.1.1. AGRESION ILEGITIMA: 17

3.1.1.1. LA ACTUALIDAD DE LA AGRESIÓN 25

3.1.1.2. REALIDAD DE LA AGRESION 27

3.1.1.3. BIENES JURIDICOS DEFENDIBLES 29

3.1.2. NECESIDAD RACIONAL DEL MEDIO EMPLEADO PARA IMPEDIR LA AGRESION ILEGITIMA O REPELERLA 30

3.1.2.1. NECESIDAD DE LA DEFENSA 31

3.1.3. FALTA DE PROVOCACION SUFICIENTE 36

3.2. ELEMENTO SUBJETIVO DE LA LEGÍTIMA DEFENSA 41

3.3. RESTRICCIONES A LA LEGÍTIMA DEFENSA 43

CAPÍTULO IV: CASOS DE LEGÍTIMA DEFENSA 47

CONCLUSIONES 55

BIBLIOGRAFíA 56

INTRODUCCIÓN

El presente trabajo tiene como propósito demostrar que la legitima defensa como causa de justificación, puede ser invocada por quien se ve perjudicado por un accionar culposo.

Dentro de las justificantes permisivas reguladas por nuestro Código Penal encontramos a la legítima defensa, considerada como la causa de justificación por excelencia. Su regulación está dada por el art. 20, de dicho plexo normativo.

En cuanto a la operatividad de la legítima defensa, no existen mayores discrepancias en la doctrina y puede afirmarse que casi todos los autores comulgan en que debe existir una agresión ilegítima. El problema se presenta cuando se analizan las características que debe reunir dicha agresión.

Actualmente, tanto la doctrina nacional como extranjera no han llegado a una firme solución frente al problema que plantean las situaciones en que debe analizarse una agresión ilegítima cometida por un obrar imprudente. Por ello antes de analizar las diferentes problemáticas que presenta el tema, estimamos necesario efectuar algunas consideraciones sobre los aspectos esenciales que abarcan a esta causal de justificación, toda vez que es de medular importancia para el estudio propuesto, explicar las distintas fundamentaciones que se han dado a lo largo de la evolución dogmática a la legítima defensa, y al concepto de agresión ilegítima, dado que de esa manera junto con el concepto de acción que manejemos podremos encontrar soluciones dispares a la problemática de la defensa necesaria, frente al delito imprudente.

Por tal motivo en la presente monografía, analizaremos los antecedentes de la legítima defensa, requisitos y casos particulares.

CAPíTULO I: ANTECEDENTES HISTÓRICOS DE LA LEGÍTIMA DEFENSA

No está establecido ningún lugar o momento donde se originó la legítima defensa y esta nació en el preciso momento donde un humano se vio agredido por otro y tuvo que defenderse.

Geib, citado por Asúa dice "La legítima defensa no tiene historia" con esto explico que es tan antigua como el hombre. Naturalmente, ella no puede ser anterior al Estado pues este es quién garantiza el ejercicio de los derechos.

Según algunos escritores como Luis P. Sisco "La legítima defensa, en tanto concepto jurídico, no puede ser desde luego, anterior al Estado, en su función regente". Partiendo de esta premisa establecieron que no existió la legítima defensa en los pueblos primitiva, debido a que no existieron en ellos los órganos diligénciales que hoy conocemos en un Estado organizado.

Deducimos que en esos pueblos si alguien es agredido, reaccionaba haciendo o matando según el caso sin ninguna restricción. Por esto el origen de la legítima defensa no debe ser buscado en los pueblos primitivos. Podemos encontrar en el capítulo ventado, versos dos y tres, del Éxodo, en la biblia se estableció la legitimidad de la muerte dada al ladrón nocturno. Como podemos ver el ladrón sorprendido de noche su muerte se considera homicidio según la ley hebrea.

Después el cristianismo planteo "su te golpean una mejilla presenta la otra". Sin embargo desde tiempos inmemoriales la legítima defensa ha tendido defensores basándola en el derecho natural. Cicerón citado por Asúa "no es esta una ley escrita sino que con ella se nace". En las leyes de Manu VIII, 349 de la india citado por Thonissen, quien a su vez viene citado por Asúa se lee "por propia seguridad en unaguerra interpuesta para defender sagrados derechos y para proteger a una mujer o un brahmán el que mata justamente no es culpable" como vemos las leyes Manu permitían la legitima defensa de si mismo y de un tercero. Estas leyes exigían que no hubiera otra forma de evitar la agresión.

La ley 350 señalaba un hombre debe matar sin dudas a cualquiera que se arroje sobre el para asesinarle, si no hay medio para evitarlo. El ataque era ilegitimo lo mismo si precedía del "jefge, de un niño o de un viejo o un versadísimo en santa escrituras. La ley v111 351 señalaba "matar a un hombre que cometa tentativa de asesinato, en público o en privado, en modo alguno se hace culpable de homicida.

En Egipto se imponía la obligación de defender al tercero injustamente agredido. Se admitía la legítima defensa de sí mismo y la del extraño era obligatoria. Podía ser defendido el honor e igual que en Israel, se podía matar al ladrón nocturno también la del ladrón diurno que trataba de robar con violencia.

En Roma, la ley de las doce tablas traía el concepto de legítima defensa. Gayo produce del Digesto lo siguiente la ley de las doce tablas permite matar al ladrón nocturno con tal que ello se pruebe ampliamente por testigos. Si ha sido sorprendido durante el día solo permita matarlo si se defiende armado y ello debe proveerse ampliamente por la vía de testigos.

Gayo plantea “Vim vi repellere licet id que eus notura comparatur" (Repeler la fuerza con la fuerza es licito y de derecho natural).

Ulpiano decía "adversus pariculum naturalis ratio permettit se defenderé" (la razón natural permite defenderse frente al peligro).

Florentino citado por Asúa dice repeler la injuria y la violencia, es de derecho de gente. Se podía defender legítimamente la vida, la integridad corporal, el honor

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