Entidades no lucrativas
Enviado por itzevt18 • 14 de Mayo de 2015 • Tesis • 1.469 Palabras (6 Páginas) • 361 Visitas
Entidades no lucrativas
• Definición de entidades no lucrativas y ejemplos
Son aquellas personas morales cuya finalidad no es obtener una ganancia económica o lucro, por ejemplo: sociedades de inversión, administradoras de fondos para el retiro, sindicatos, cámaras de comercio e industria, colegios de profesionales, instituciones de asistencia o beneficencia, asociaciones civiles sin fines de lucro.
• Características principales
a) Las Entidades no Lucrativas reciben recursos de patrocinadores que no esperan recibir a cambio pagos o beneficios proporcionales a los recursos otorgados.
b) Las actividades que realizan no persiguen como objetivo obtener utilidades sino cumplir con fines sociales.
c) Existe ausencia de intereses definidos de propietarios.
• Aspectos legales
En relación con las asociaciones, estas quedan reguladas en la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo2 reguladora del derecho de Asociación. Así, en su artículo primero indica que: «El derecho de asociación se regirá con carácter general por lo dispuesto en la presente Ley Orgánica, dentro de cuyo ámbito de aplicación se incluyen todas las asociaciones que no tengan fin de lucro y que no estén sometidas a un régimen asociativo específico». Además especifica que algunas asociaciones tienen su regulación específica, tales como: «Se regirán por su legislación específica los partidos políticos; los sindicatos y las organizaciones empresariales; las iglesias, confesiones y comunidades religiosas; las federaciones deportivas; las asociaciones de consumidores y usuarios; así como cualesquiera otras reguladas por leyes especiales. Quedan excluidas del ámbito de aplicación de la presente Ley las comunidades de bienes y propietarios y las entidades que se rijan por las disposiciones relativas al contrato de sociedad, cooperativas y mutualidades, así como las uniones temporales de empresas y las agrupaciones de interés económico». Por otro lado, la Ley 5/2011, de 29 de marzo3 de Economía Social, establece en su artículo primero, que es: «un marco jurídico común para el conjunto de entidades que integran la economía social, con pleno respeto a la normativa específica aplicable a cada una de ellas, así como determinar las medidas de fomento a favor de las mismas en consideración a los fines y principios que les son propios». En el artículo cinco de la Ley se especifican las entidades que forman parte, así: «Forman parte de la economía social las cooperativas, las mutualidades, las fundaciones y las asociaciones que lleven a cabo actividad económica, las sociedades laborales, las empresas de inserción, los centros especiales de empleo, las cofradías de pescadores, las sociedades agrarias de transformación y las entidades singulares creadas por normas especí- ficas que se rijan por los principios establecidos en el artículo anterior. 2. BOE num 73 de 26 de marzo de 2002. 3. BOE num 76 de 30 de marzo de 2011. REVISTA 14 CASTELLANO.indd 16 20/07/12 14:44 Revista de Contabilidad y Dirección, Vol. 14, año 2012, pp. 11-50 17 Asimismo, podrán formar parte de la economía social aquellas entidades que realicen actividad económica y empresarial, cuyas reglas de funcionamiento respondan a los principios enumerados en el artículo anterior, y que sean incluidas en el catálogo de entidades establecido en el artículo 6 de esta Ley. En todo caso, las entidades de la economía social se regularán por sus normas sustantivas específicas». Del mismo modo se especifican los principios orientadores de este tipo de entidades, en el artículo cuatro del siguiente modo: «Las entidades de la economía social actúan en base a los siguientes principios orientadores: a) Primacía de las personas y del fin social sobre el capital, que se concreta en gestión autónoma y transparente, democrática y participativa, que lleva a priorizar la toma de decisiones más en función de las personas y sus aportaciones de trabajo y servicios prestados a la entidad o en función del fin social, que en relación a sus aportaciones al capital social. b) Aplicación de los resultados obtenidos de la actividad económica principalmente en función del trabajo aportado y servicio o actividad realizada por las socias y socios o por sus miembros y, en su caso, al fin social objeto de la entidad. c) Promoción de la solidaridad interna y con la sociedad que favorezca el compromiso con el desarrollo local, la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, la cohesión social, la inserción de personas en riesgo de exclusión social, la generación de empleo estable y de calidad, la conciliación de la vida personal, familiar y laboral y la sostenibilidad. d) Independencia respecto a los poderes públicos».
• Administración y operación de las entidades no lucrativas
Según el SAT: Son aquellas personas morales cuya finalidad no es obtener una ganancia económica o lucro, por ejemplo: sociedades de inversión, administradoras de fondos para el retiro, sindicatos, cámaras de comercio e industria, colegios de profesionales, instituciones de asistencia o beneficencia, asociaciones civiles sin fines de lucro.
Para fines fiscales, este régimen está previsto en el título III de la Ley del Impuesto
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