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Fase De Juicio Laboral Venezolano


Enviado por   •  21 de Marzo de 2014  •  670 Palabras (3 Páginas)  •  524 Visitas

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La jurisdicción laboral en primera instancia está conformada por los Tribunales de Sustanciación, Mediación y Ejecución y los Tribunales de Juicio; los Tribunales Superiores conocen en Segunda Instancia y en última instancia la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia (en cada una de estas instancias se realizan audiencias orales de las partes). El procedimiento laboral venezolano se desarrolla a través del sistema de audiencias, en primera instancia se lleva a cabo en dos etapas, cada una de ellas asignada a un tribunal, la primera fase se lleva a cabo en el Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución donde se realiza la Audiencia Preliminar y, la segunda en el Tribunal de Juicio que es la encargada de realizar la Audiencia de Juicio. (Artículos 14 al 19 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo – LOPT).

El conocimiento por el Juez de Juicio es la segunda fase que se cumple en la primera instancia, siempre que no haya habido conciliación, mediación, arbitraje y que las partes hubiesen comparecido a la audiencia preliminar para que no se produjera un desistimiento o una admisión de hechos, según se trate, por parte del actor o del demandado. Este Juez no había tenido contacto con el expediente, pues es distinto al Juez de Sustanciación, Mediación y Ejecución, no tiene conocimientos de las tratativas que desarrollaron las partes, ni las actuación de mediación sugeridas por el Juez en la audiencia preliminar. El Juez de Juicio debe rechazar, desechar, todo intento que tenga por fin la demora del proceso o que busque con el procedimiento fines distintos a simplemente obtener una sentencia justa, orientada por las actas procesales. Se busca resolver la controversia, pero no mediante la habilidad procesal, sino mediante la verdad, lo que no significa que debemos obviar todo tipo de formalidades o normativa procesal, porque con ello –ciertas formalidades– es que se logra el ejercicio del derecho a la defensa; de ahí que el procedimiento exige una forma de contestación en la que las pruebas sean presentadas por quien las tiene y no con base a una teoría de la carga procesal, prevista para los juicio civiles.

En esta fase nos encontramos con varios aspectos interesantes a decidir por el Juez de Juicio, que evidentemente tienen gran importancia en la causa. Este Juez –el Juez de Juicio– es quien se pronuncia cuando el demandado no cumple su obligación de contestar oportunamente la demanda; cuando no comparecen las partes o una de ellas a la iniciación de la audiencia de juicio; para admitir o no las pruebas promovidas en la audiencia de juicio o aquellas documentales que se agregaron al libelo de la demanda y, por último, para dictar la sentencia definitiva en la primera instancia.

El Juez de Juicio, salvo muy contadas excepciones –acción de amparo, los asuntos contenciosos del trabajo relacionados con los intereses colectivos o difusos–, recibe

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