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Garantías Constitucionales


Enviado por   •  19 de Abril de 2013  •  Informe  •  712 Palabras (3 Páginas)  •  598 Visitas

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INTRODUCCION

El siguiente articulo o ensayo se plasma mi opinión de cuáles son las 5 garantías constitucionales más importantes de la sociedad hondureña, estando consientes que de nada sirve que estas garantías estén escritas, si no se están poniendo en práctica. Realmente espero que este análisis sea de su total agrado.

Es un placer de mi parte hacerles saber cuál es mi opinión personal en este tema tan importante.

Garantías Constitucionales Más Importantes

ARTICULO

Educación

1. Artículo 154: Este artículo nos dice que es responsabilidad del estado eliminar analfabetismo y al igual responsabilidad de todos los habitantes de nuestro país.

Pienso que este esta es una garantía muy importante ya que entre más educados sean los habitante, mas posibilidad hay de que nuestro país crezca. Al igual hay más opciones de trabajo y más crecimiento personal, profesional y económico para los habitantes.

Derechos Individuales

2. Artículo 73: Este articulo nos habla de la libre expresión de pensamiento tanto de los medios de comunicación.

Para mí este es muy importante ya que todos tenemos el derecho de expresar nuestras ideas, a pesar de que en nuestro país esto es un peligro, hay muchas personas que tienen el valores de hacer denuncias en público pero lastimosamente lo que encuentran al final son la muerte, esto podemos verlo con la cantidad de asesinatos que hemos tenido en los últimos meses de periodistas. Lastimosamente hay muchos políticos de familia de poder que hacen lo que sea con tal de que la población no se entere de varios acontecimientos.

3. Artículo 65: Este articulo nos dice que el derecho a la vida es inviolable.

Esto nos quiere decir que nadie tiene derecho de quitarle la vida a nadie, en nuestro país vemos que este artículo no se cumple, ya que las personas se matan una con otras sin justificación alguna.

Los únicos que pueden controla esto son los responsables de la seguridad en nuestro país.

4. Artículo 89: A nadie se impondrá pena alguna sin haber sido oído y vencido en juicio, y sin que le haya sido impuesta por resolución ejecutoriada de Juez o autoridad competente. En los casos de apremio y otras medidas de igual naturaleza en materia civil o laboral, así como en los de multa o arresto en materia de policía, siempre deberá ser oído el afectado.

Nos damos cuenta a simple vista que en nuestro país esto no se cumple ya que muchas personas inocentes aun están en prisión, simplemente porque nadie se preocupa por darle seguimiento a los casos, entonces resulta más fácil dejarlos bajo prisión. Toda persona tiene derecho a una defensa y a ser escuchada,

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