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LA CONTRATACIÓN POR LAS AGENCIAS DE VIAJE (III). LOS CONTRATOS PUBLICITARIOS.


Enviado por   •  15 de Enero de 2016  •  Trabajo  •  891 Palabras (4 Páginas)  •  342 Visitas

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LA CONTRATACIÓN POR LAS AGENCIAS DE VIAJE (III). LOS CONTRATOS PUBLICITARIOS.

I. Preliminar.

II. Los contratos publicitarios.

1. Concepto, normativa aplicable y clases.

Son los contratos que versan sobre actividades publicitarias que son aquellas que consisten en formas de comunicación realizadas con el fin de promover de forma directa o indirecta la contratación de bienes, servicios, derechos y obligaciones, aunque no se excluyen otras.

Las dos grandes categorías de contratos publicitarios se clasifican en sentido amplio o estricto:

- Amplio: Se tienen en cuenta dos elementos:

- Estructural: comunicación colectiva

- Funcional: promoción de determinadas actitudes o comportamientos entre el público.

En estos contratos se clasifican la publicidad religiosa, política o social e institucional.

- Estricto: requiere la presencia de los dos elementos anteriores pero la finalidad de la promoción es específicamente la de promover la contratación de bienes, servicios, derechos y obligaciones en beneficio del sujeto emisor que ha de ser un empresario, artesano o profesional que pretende promover los negocios propios de su actividad.

Los contratos publicitarios están regulados en la LGP.

Los elementos personales de los contratos publicitarios son los anunciantes, las agencias de publicidad y los medios de publicidad.

El anunciante es la persona natural o jurídica en cuyo interés se realiza la publicidad. Es quien ordena las concretas actuaciones publicitarias celebrando los correspondientes contratos con los profesionales de la publicidad y con los medios, quienes actúan en todo caso por su cuenta o interés, con independencia de que se contrate o no en su nombre.

Las agencias de publicidad son las personas naturales o jurídicas que se dedique profesionalmente y de manera organizada a crear, preparar, programar o ejecutar publicidad por cuenta de un anunciante. Las agencias plenas llevan a cabo todos estos servicios y la especializadas sólo algunos de ellos. La agencia actúa siempre por cuenta del anunciante.

Los medios de publicidad son las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, que, de manera habitual y organizada, se dediquen a la difusión de publicidad a través de los soportes o medios de comunicación social cuya titularidad ostenten.

2. El contrato de publicidad.

2.1. Concepto.

Contrato de publicidad es aquél por el que un anunciante encarga a una agencia de publicidad, mediante una contraprestación, la preparación, programación y ejecución de una determinada publicidad. Es bilateral y sinalagmático que genera obligaciones para ambas partes. Es también consensual, perfecciona por el mero consentimiento sin requerir forma especial.

2.2. Contenido y cumplimiento.

2.2.1. Obligaciones de la agencia de publicidad.

La principal obligación es la de preparar y ejecutar la publicidad en el tiempo pactado, contratando para ello con los medios de difusión la prestación de los servicios necesarios.

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