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Liberalismo y Democracia-Norberto Bobbio.


Enviado por   •  31 de Marzo de 2014  •  Síntesis  •  1.154 Palabras (5 Páginas)  •  454 Visitas

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Liberalismo y Democracia-Norberto Bobbio.

I. La libertad de los antiguos y de los modernos.

Al hablar de régimen liberal democrático, o democrático liberal, se puede llegar a pensar que ambos son totalmente dependiente uno del otro. Sin embargo el problema de esta relación es muy complejo.

Por “liberalismo” se entiende una determinada concepción del Estado, la concepción según la cual el Estado tiene poderes y funciones limitados, y como tal se contrapone tanto al Estado absoluto como al Estado social; por “democracia”, es aquella en la cual el poder no está en manos de uno o de unos cuantos sino de todos, o de la mayor parte, y como tal se contrapone a las formas autocráticas, como la monarquía y la oligarquía. Se puede deducir que el Estado liberal no es forzosamente democrático y viceversa.

El principal debate en tanto a esta diferencia se refiere se encuentra entre las concepciones modernas y las concepciones antiguas de los términos previamente señalados. “El fin de los antiguos era la distribución del poder político entre todos los ciudadanos de una misma patria: ellos llamaban a esto libertad. El fin de los modernos es la seguridad en los goces privados: ellos llaman libertad a las garantías acordadas por las instituciones para estos goces” B. Constant. Esta tesis era contrariada por uno de las autores más importantes de ese tiempo, Rousseau. Este ideo bajo una gran influencia de los autores clásicos, una república en el que le poder soberano, una vez constituido por la voluntad de todos, es infalible y no tiene necesidad de proporcionar garantías a los súbditos, porque es imposible que el cuerpo quiera perjudicar a todos sus miembros. Aunque sostiene que el pacto social proporciona al cuerpo político un poder absoluto, afirma que el cuerpo soberano, por su parte, no puede cargar a los súbditos de ninguna cadena que sea inútil a la comunidad.

El poder soberano es el único juez de esta importancia.

II. Los derechos del hombre.

La concepción filosófica del Estado liberal, entendido como Estado limitado en contraposición al Estado absoluto, es la doctrina de los derechos del hombre elaborada por la escuela del derecho natural (iusnaturalismo), aquella que comprende que los hombres sin distinción alguna tienen algunos derechos fundamentales: vida, libertad, seguridad, felicidad que le Estado, o que aquellos detentan el poder legítimo de ejercer la fuerza por tener la obediencia a sus mandatos, deben respetar no invadiéndolos y garantizarlos frente a cualquier intervención posible por parte de lo demás.

Atribuir a alguien un derecho significa reconocer que él tiene la facultad de hacer o no hacer lo que le plazca, y al mismo tiempo el poder de resistir, recurriendo a una última instancia a la fuerza propia o de los demás, contra el trasgresor eventual, quien en consecuencia tiene el deber o la obligación de abstenerse de cualquier acto que pueda inferir con la facultad de hacer o de no hacer.

Derecho y deber: existencia de una norma o regla de conducta que en el momento en que atribuye a un sujeto la facultad de hacer o de no hacer algo impone a quien sea abstenerse de toda acción que pueda en cualquier forma impedir el ejercicio de tal facultad.

Se puede definir al iusnaturalismo como la doctrina de acuerdo con la cual existen leyes, que no han sido propuestas por la voluntad humana y en cuanto tales son anteriores a la formación de cualquier grupo social, reconocibles mediante la búsqueda racional, de la que derivan, como ley moral

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