Modelo Acta Constitutiva Compañía Anonima C.A.
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Modelo Acta Constitutiva Compañía Anonima C.A.
MODELO ACTA CONSTITUTIVA COMPAÑÍA ANÓNIMA C.A. fabricación y distribución de alimentos
Nosotros, XXX, titular de la cédula de identidad Nº--, mayor de edad, (estado civil), XXA, titular de la cédula de identidad Nº--, (estado civil),, mayor de edad, XXB titular de la cédula de identidad Nº--, mayor de edad, (estado civil), y XXC, titular de la cédula de identidad Nº--, mayor de edad, (estado civil), todos de este domicilio, por medio del presente instrumento declaramos: Que hemos convenido en constituir, como en efecto lo hacemos en este acto, una Compañía Anónima, la cual se regirá por las disposiciones legales contenidas en el Código de Comercio y demás leyes concernientes que rigen la materia y en particular conforma a los artículos siguientes:
CAPÍTULO PRIMERO
Nombre, Objeto y Domicilio de la Compañía
ARTÍCULO PRIMERO: La Compañía se denominará --. ARTÍCULO SEGUNDO: La Compañía tiene por objeto principal la preparación, venta y distribución de comida casera y delicateses, nacionales e importadas y en general realizar cualquier otra actividad que sea de lícito comercio relacionada con el ramo principal de restaurante, pizzería y café. ARTÍCULO TERCERO: El domicilio de la Compañía, es la ciudad de --, Estado --, pudiendo establecer Sucursales y Agencias en cualquier otra parte del territorio de la República y en el Extranjero, previo el cumplimiento de los requisitos legales.-
CAPÍTULO SEGUNDO
De la Duración, Disolución y Liquidación de la Compañía.
ARTÍCULO CUARTO: La Compañía tendrá una duración de VEINTE (20) AÑOS, contada a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Mercantil. No obstante, podrá ser disuelta y liquidada antes de dicho término o prorrogada por decisión de la Asamblea General de Accionistas, Ordinaria o Extraordinaria y con el voto favorable de la mayoría, que se entiende conformada por la mitad más uno del capital social suscrito, quedando sometida a esta mayoría simple cualquier otra decisión de la Asamblea, sin reservas de ninguna especie. ARTÍCULO QUINTO: La Compañía se disolverá por las razones que la Asamblea General resuelva y, además por las razones que establece el artículo 340 del Código de Comercio; llegado el caso, de la liquidación la Asamblea General, observando las disposiciones pertinentes establecidas en el Código de Comercio, nombrará los liquidadores y les señalará sus facultades y les proveerá de la forma que deban dar al finiquito.-
CAPÍTULO TERCERO
Del Capital Social y de las Acciones
ARTÍCULO SEXTO: El Capital Social suscrito y pagado es la cantidad de -- (Bs.--) mediante aporte de bienes según inventario que se anexa. ARTÍCULO SÉPTIMO: El Capital Social está dividido y representado en MIL (1000) ACCIONES NOMINATIVAS, por un valor nominal de -- (Bs.--) cada una, y la suscripción y pago de las mismas ha sido hecho por los accionistas así: XXX: --, por un valor nominal total de -- (Bs.--), que representa el --% del Capital Social; XXA: -- por un valor nominal total de -- (Bs.--), que representa el --% del Capital Social; XXB: -- por un valor nominal total de -- (Bs.--), que representa el --% del Capital Social; y XXC: -- por un valor nominal total de -- (Bs.--), que representa el --% del Capital Social; Las acciones son indivisibles y cada una da derecho a un voto en las Asambleas Generales de la compañía. En caso de copropiedad por cualquier causa, los interesados deberán hacerse representar en la Compañía por una sola persona, conforme lo dispone el artículo 299 del Código de Comercio. ARTÍCULO OCTAVO: En caso de aumento del Capital Social, la suscripción del mismo, será cubierta preferentemente por los Accionistas, en igual proporción al número de acciones de que sean titulares para ese momento, pero dicho aumento de Capital, sólo, podrá ser acordado por la decisión favorable de la Asamblea General de los Accionistas, del modo previsto en el Artículo Cuarto (4to.), del Acta Constitutiva-Estatutos Sociales. ARTÍCULO NOVENO: Cada Accionista tiene opción privilegiada de compra de las Acciones que el otro Accionista quiera vender. El Accionista que desee vender sus acciones las ofrecerá al otro Accionista por escrito, explicando las condiciones de venta. Si transcurridos treinta (30) días, contados a partir de la fecha de la notificación, no hubiere recibido contestación escrita, el Oferente quedará en libertad de negociar sus acciones con el tercero que señalare como Comprador, quien deberá ser aceptado por la Asamblea. -
CAPÍTULO CUARTO
De las Asambleas:
ARTÍCULO DÉCIMO: A la Asamblea General de Accionistas legalmente constituida corresponde la máxima Dirección de la Compañía, éstas podrán ser Ordinarias y Extraordinarias, cada Acción confiere a los Accionistas iguales derechos, prerrogativas y obligaciones, constituyen el haber social de cada uno de ellos y su propiedad se prueba en la forma prevista y establecida en el Código de Comercio. Tanto las Asambleas Ordinarias como las Extraordinarias se reunirán previa Convocatoria en la prensa, con cinco (5) días de anticipación, por lo menos, a la fecha de su reunión o por medio de simples cartas que se dirigirán a los Socios. No será indispensable para la validez de las Asambleas el requisito de la Convocatoria cuando en ellas esté representada más de la mitad del Capital Social. Las Ordinarias se celebrarán una vez al año, dentro de los tres meses de finalizado el ejercicio económico, en el lugar, fecha y hora que en la Convocatoria señale quien conforme a los Estatutos la presida, para conocer del Balance General y del Inventario, y para decidir acerca de las demás cuestiones que sean sometidas a su consideración, según el Texto de la Convocatoria. La Asamblea Extraordinaria será convocada cuando así lo disponga el Director Gerente, o cuando así lo solicite un número de Accionistas que represente por lo menos el treinta por ciento (30%) del Capital Social, observándose el procedimiento pautado en el Código de Comercio. Las
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