Objetivos En La Investigación
Enviado por domubo • 1 de Mayo de 2013 • 1.842 Palabras (8 Páginas) • 283 Visitas
Justificación
Al ver la problemática que muchas empresas de Guatemala no remuneraban de una forma justa al trabajador y al tomar nota de la explotación laboral que se vivía en nuestro país se implementó el salario mínimo, entrando en vigencia a partir del año 1991, cuando se implemento el salario mínimo fue basado en los gastos básicos de toda familia guatemalteca. En muchas empresas/entidades guatemaltecas y extranjeras no se cumplía a cabalidad de lo establecido por la ley.
En cuanto los trabajadores fueron realizando las denuncias, el Gobierno por medio del Ministerio de Trabajo, vela por el cumplimiento de la ley. Si en dado caso el Ministerio regulador encargado de velar la justa remuneración del salario mínimo encuentra anomalías en las empresas y/o entidades, se impondrán multas como forma de sanción.
Con el paso del tiempo el incremento del salario mínimo ha sido visible año con año y con eso el incumplimiento es por eso que estamos a la expectativa de verificar si se cumple a cabalidad que el trabajador guatemalteco reciba el salario mínimo.
Definición del Tema
La problemática objeto de la presente investigación se centra en: obtener los resultados de los datos que ayudan a comprender las causas del daño que causan los patronos a las familias del área de Mixco, al no proveer un salario mínimo justo que mejore las condiciones socioeconómicas del empleado.
Definición de Tema
“Se cumple a cabalidad que un empleado guatemalteco
reciba el salario mínimo establecido por la ley”
Delimitación del Tema
¿Se cumple a cabalidad que un empleado del área urbana que reside en el municipio de Mixco reciba el salario mínimo establecido por la ley durante el años 2012?
Hipótesis
Los principales efectos socioeconómicos generados por no satisfacer las necesidades básicas de las familias guatemaltecas residentes del municipio de Mixco: la pobreza, la delincuencia y el analfabetismo.
El aumento del salario mínimo de un empleado que reside en el área de Mixco mejoraría considerablemente las condiciones de vida de su núcleo familiar.
1. ¿Existe alguna ley que establezca la cantidad que debe recibir un empleado como salario mínimo?
2. ¿Qué diferencias existen entre el salario mínimo que se recibe en el área urbana y el área rural?
3. ¿Cuáles son las necesidades básicas que debería cubrir el salario mínimo?
4. ¿Qué penalizaciones existen según la ley a las entidades u organizaciones que cumplan con lo establecido?
5. ¿Qué beneficios y desventajas existen al devengar el salario mínimo?
Leyes Reguladoras
1.1 El Código del Trabajo Regula el Salario Mínimo en Guatemala
No existe una ley específica para salarios mínimos en Guatemala. Sin embargo, la Constitución de la República de Guatemala, en su artículo 102 (f) señala que la revisión periódica de los salarios mínimos es un derecho social mínimo de los trabajadores. El salario mínimo en Guatemala está regulado por el Código del Trabajo (Decreto núm. 1441); el capítulo 2 de dicho código explica las disposiciones sobre salarios mínimos y en el artículo 103 se especifica que todos los trabajadores tienen derecho a recibir un salario mínimo.
“Artículo 103.Todo trabajador tiene derecho a devengar un salario mínimo que cubra sus necesidades normales de orden material, moral y cultural y que le permita satisfacer sus deberes como jefe de familia.”
Según el artículo 111 del Código del Trabajo, ”Las comisiones paritarias de salarios mínimos deben tomar en cuenta, para mejor llenar su cometido, las encuestas que sobre el costo de la vida levante la Dirección General de Estadística; todos los demás datos que puedan encontrar, relativos a su jurisdicción, sobre el precio de la vivienda, del vestido y de las substancias alimenticias de primera necesidad que consuman los trabajadores, así como sobre las posibilidad es patronales, las facilidades que los patronos proporcionen a los trabajadores en lo relativo a habitación, tierra para cultivo, leña y demás prestaciones que disminuyan el costo de vida de éstos. Igualmente, las comisiones pueden requerir de cualquier entidad o institución pública la ayuda o los informes que necesiten y las empresas particular es quedan obligadas a suministrar los datos que se les pidan con las limitaciones que establezcan las leyes de orden común.”
Los Comités Mixtos de Salarios Mínimos, para determinar los salarios mínimos, deben tomar en cuenta las encuestas acerca del costo de vida proporcionadas por la Dirección General de Estadística.
1.2 Organismos Responsables de Asesorar al Ministro del Trabajo acerca de los Salarios Mínimos.
La Comisión Nacional del Salario y la Comisión Mixta (en cada departamento de área económica o jurisdicción sectorial) del Salario Mínimo. Según el artículo 105 del Código del Trabajo, estos dos organismos son los responsables de asesorar al Ministro del Trabajo acerca de los salarios mínimos.
Artículo 105. Adscrita al Ministerio de Trabajo y Previsión Social habrá una Comisión Nacional del Salario, organismo técnico y consultivo de las comisiones paritarias, encargada de asesorar a dicho Ministerio en la política general del salario.
En cada departamento o en cada circunscripción económica que determine el Organismo Ejecutivo, mediante acuerdo emanado por conducto del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, debe haber una Comisión Paritaria de Salarios Minimos integrada por dos patronos e igual número de trabajadores sindicalizados y por un inspector de trabajo, a cuyo cargo corre la presidencia de la misma.
Además, El Organismo Ejecutivo, mediante acuerdo emanado por el conducto expresado, puede crear comisiones paritarias de salarios minimos para cada actividad intelectual, industrial, comercial, ganadera o agrícola con jurisdicción en todo el país o en parte de el; y también para empresas determinadas que comprueben tener actividad en diversos departamentos
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