SOCIEDAD ANONIMA ABIERTA
Enviado por NaromiAnyeliLC • 29 de Marzo de 2014 • 368 Palabras (2 Páginas) • 331 Visitas
III. La regulación y control de CO¬NASEV sobre la SAA
ha¬bíamos mencionado brevemente que a raíz de la información asimétrica que se presenta en la relación entre los accionistas administradores o mayoritarios frente al accionariado difundido, la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV funge como una entidad que busca eliminar o al menos disminuir la men¬cionada información asimétrica, es por ello que de acuerdo al artículo 10º de la Ley de Mercado de Valores, el cual tiene su Texto Único Orde¬nado aprobado por el Decreto Supremo Nº 093-202-EF (15.06.2002), toda información que por disposición de la Ley de Mercado de Valores deba ser presentada a CONASEV, a la bolsa, a las entidades responsables de los mecanismos cen¬tralizados o a los inversionistas, deberá ser veraz, suficiente y oportuna. Una vez recibida la infor¬mación por dichas instituciones deberá ser puesta inmediatamente a disposición del público.
Adicionalmente, CONASEV tiene las siguientes atribuciones:
1. Exigir la adaptación a sociedad anónima abierta, cuando corresponda.
2. Exigir la adaptación de la sociedad anónima abierta a otra forma de sociedad anónima cuando sea el caso.
3. Exigir la presentación de información finan¬ciera y, a requerimiento de accionistas que representen cuando menos el cinco por ciento del capital suscrito, otra información vinculada a la marcha societaria.
4. Convocar a junta general o a junta especial cuando la sociedad no cumpla con hacerlo en las oportunidades establecidas por la ley o el estatuto.
5. Determinar las infracciones a las disposiciones contenidas en la Ley General de Sociedades, así como a las normas que dicte CONASEV, que constituyan conductas sancionables, así como imponer las sanciones correspondien¬tes.
Por otra parte, se establece la prohibición de establecer determinadas cláusulas del Estatuto de la sociedad anónima abierta, si éstas contienen lo siguiente:
1. Limitaciones a la libre transmisibilidad de las acciones.
2. Cualquier forma de restricción a la negociación de las acciones.
3. Un derecho de preferencia a los accionistas o a la sociedad para adquirir acciones en caso de transferencia de éstas.
En virtud de estos prohibiciones es que la sociedad anónima abierta no reconoce a aquellos pactos celebrados entre los accionistas que contie¬nen limitaciones, restricciones u otra preferencia para la adquisición de las mismas, ello incluso si el pacto de accionistas es inscrito o notificado a la sociedad.
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