Sociedad anónima aspecto legal y contable
Enviado por changa03 • 5 de Marzo de 2014 • Práctica o problema • 2.201 Palabras (9 Páginas) • 1.703 Visitas
Sociedad anónima aspecto legal y contable
¿Qué es una sociedad anónima?
Artículo 87.- Sociedad anónima es la que existe bajo una denominación y se compone exclusivamente de socios cuya obligación se limita al pago de sus acciones.
Denominación
Artículo 88.- La denominación se formará libremente, pero será distinta de la de cualquiera otra sociedad y al emplearse irá siempre seguida de las palabras “Sociedad Anónima” o de su abreviatura “S.A.”
Requisitos
I.- Que haya dos socios como mínimo, y que cada uno de ellos suscriba una acción por lo menos;
II.- Que el contrato social establezca el monto mínimo del capital social y que esté íntegramente suscrito;
III.- Que se exhiba en dinero efectivo, cuando menos el veinte por ciento del valor de cada acción pagadera en numerario, y
IV.- Que se exhiba íntegramente el valor de cada acción que haya de pagarse, en todo o en parte, con bienes distintos del numerario.
Suscripción publica
Artículo 92.- Cuando la sociedad anónima haya de constituirse por suscripción pública, los fundadores redactarán y depositarán en el Registro Público de Comercio un programa que deberá contener el proyecto de los estatutos.
Artículo 94.- Los suscriptores depositarán en la institución de crédito designada al efecto por los fundadores, las cantidades que se hubieren obligado a exhibir en numerario, de acuerdo con la fracción III del artículo anterior, para que sean recogidas por los representantes de la sociedad una vez constituida.
Artículo 96.- Si un suscriptor faltare a las obligaciones que establecen los artículos 94 y 95, los fundadores podrán exigirle judicialmente el cumplimiento o tener por no suscritas las acciones.
Artículo 97.- Todas las acciones deberán quedar suscritas dentro del término de un año, contado desde la fecha del programa, a no ser que en éste se fije un plazo menor.
¿Qué derechos tienen los accionistas de una sociedad anónima?
Los accionistas de una sociedad anónima tienen dos clases de derechos que se ejercen a través de sus acciones y son:
Derechos patrimoniales: Los accionistas tienen el derecho de participar de las utilidades que la sociedad obtenga, de manera proporcional al monto de su aportación. Además participan en la cuota final de liquidación, en caso de que la sociedad se disuelva.
Derechos corporativos: Los accionistas tienen el derecho de participar en la toma de decisiones de la sociedad a través del voto, en proporción a su participación accionaria y al tipo de acción que posean.
¿Cómo se compone el capital?
Por aportaciones de los accionistas que pueden ser en dinero o bienes, las cuales reciben el nombre de acciones.
¿Cómo se representa una acción?
Por documentos que son títulos negociables, es decir, que se pueden comprar, vender o utilizar para garantizar obligaciones.
Contenido de las acciones
El nombre o denominación o razón social, la nacionalidad y domicilio del accionista.
La denominación o razón social, domicilio y duración de la sociedad.
La fecha de la constitución de la sociedad y los datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
El importe del capital social, el número total y el valor nominal de las acciones.
La parte de la acción que ya ha sido pagada.
La serie y número de la acción.
La firma de los administradores.
Los derechos concedidos y las obligaciones impuestas al dueño de la acción, y en su caso, las limitaciones al derecho de voto.
¿TODAS LAS ACCIONES SON IGUALES?
No. En el contrato social puede acordarse que el capital social se divida en varias clases de acciones o series con derechos especiales para cada una. No es posible pactar que alguno de los accionistas quede fuera en la repartición de ganancias.
¿CUÁNTAS CLASES DE ACCIONES HAY?
Acciones propias: representan una parte del capital social.
Acciones pagaderas: son aquellas que no están totalmente pagadas por el accionista.
Acciones liberadas: las que fueron totalmente pagadas.
Acciones ordinarias: dan derecho a votar tanto en asambleas ordinarias como extraordinarias además de dar el derecho a recibir ganancias que tenga la sociedad.
Acciones preferentes o de voto limitado: en éstas los accionistas únicamente tienen derecho a votar en algunas circunstancias (por ejemplo en asambleas extraordinarias).
Acciones de goce: tendrán derecho a recibir una parte de las utilidades.
Acciones privilegiadas: aquellas con preferencia o ventaja en cuanto al reparto de utilidades o a algún otro beneficio.
¿CÓMO IDENTIFICAR QUIÉNES SON ACCIONISTAS?
Con la constancia del Registro Público de la localidad en que se encuentre.
A través de los títulos de acciones.
Mediante el Libro de Registro de Accionistas
¿CUÁLES SON LAS CARACTERÍSTICAS DE UNA SOCIEDAD ANÓNIMA?
La denominación social es elegida por los accionistas y debe ir seguida de las palabras "Sociedad Anónima" o las siglas "S.A."
La responsabilidad de los accionistas es limitada al monto de sus aportaciones.
El capital social está representado por acciones , cuyo valor es determinado por los socios.
Los socios reciben el nombre de accionistas.
No hay limitación en el número de acciones que puede tener un accionista.
Los títulos de las acciones deben cumplir con ciertos requisitos.
Los accionistas de la sociedad tienen derecho preferente para comprar las acciones de los demás.
Los accionistas no pueden hacer préstamos o anticipos sobre sus propias acciones.
No pueden emitirse nuevas acciones, hasta que las anteriores se encuentren totalmente pagadas.
No se pueden emitir acciones por una suma menor al valor en actas.
¿QUÉ ES UNA ASAMBLEA DE ACCIONISTAS Y CÓMO FUNCIONA?
Es el órgano más importante de la sociedad. En la que todos los accionistas se congregan para deliberar, acordar, discutir y confirmar asuntos importantes de la sociedad.
Las asambleas deben de ser realizadas en el domicilio de la sociedad.
Para poder votar en las asambleas los accionistas deben acudir personalmente o ser representados por la persona que ellos designen.
Los comisarios y administradores de la sociedad no pueden representar a los accionistas en la asamblea.
Para llevar a cabo una asamblea, es necesario dar aviso a los accionistas a través de una convocatoria. Esta convocatoria puede
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