Aprendizaje Y técnicas De Estudio
Enviado por sorelP26 • 1 de Agosto de 2014 • 343 Palabras (2 Páginas) • 278 Visitas
Domicilio real y Legal
Domicilio Real: Concepto y Elementos
El domicilio es fijado por la ley como asiento jurídico de la persona, tomado en cuenta para su determinación el lugar de la residencia efectiva de ella.
Según la mayor parte de nuestra doctrina, así como de la extranjera, dos son los elementos de domicilio real. Uno objetivo y el otro subjetivo.
En realidad, cualquiera que sea el criterio que se adopte para la determinación del domicilio real, el de la doctrina tradicional, que requiere la residencia habitual (elemento objetivo) y el ánimo o intención de permanecer en ese lugar (elemento subjetivo), o el de la corriente que entiende que la intención no constituye elemento necesario, lo cierto es que no parece aconsejable ni prudente manejarse en el plano de las puras intenciones.
Domicilio Legal: concepto
Cuando la ley, para determinar el domicilio de una persona, no toma en cuenta la residencia efectiva y permanente en un lugar que constituya el principal asiento de su familia o sus negocios, sino que los hace en consideración a otras circunstancias especiales, como la función pública que desempeña o la sede social o el encontrarse bajo la dependencia de otra persona, nos encontramos ante el domicilio legal.
Resulta, por tanto, ser el domicilio que determina la ley como asiento jurídico de la persona, tomando en cuenta para su determinación de las funciones que desempeñan o la situación de dependencia en que se encuentra, o porque considera que necesariamente ha de estar en ese lugar que es su residencia forzosa.
Caracteres
Tradicionalmente se afirma que el domicilio legal presenta los caracteres de forzoso, ficticio, de interpretación restrictiva y único con respecto al primero, no existe controversia posible; indudablemente impuesto por la ley y no puede hacerse excepción a él.
De acuerdo con el criterio según el cual el domicilio, siempre esta determinado por la ley. Cuando se trata de domicilio real, la ley utiliza la residencia efectiva; cuando se trata del domicilio no voluntario, sino forzoso o legal o del derecho, la ley toma en cuenta otras circunstancias.
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