Comentario Al Articulo 3° De La Constitucion
Enviado por brendoh • 29 de Septiembre de 2014 • 433 Palabras (2 Páginas) • 348 Visitas
Los mexicanos siempre hemos depositado en
la educación nuestros más elevados ideales.
La preocupación educativa figura ya en el
Decreto Constitucional para la Libertad de la
América Mexicana, sancionado en Apatzingán
en 1814. Pero correspondió a la generación
liberal consolidar el avance más significativo
en nuestra concepción educativa al establecer
tanto la gratuidad y la obligatoriedad de la
enseñanza primaria, como el laicismo de la
escuela pública. En 1857 se incluyó por primer
vez en la Constitución, bajo el título de los
derechos del hombre un artículo
específicamente dedicado a la educación. Esta
inclusión reflejaba la certeza liberal de que la
instrucción de los ciudadanos era el medio
más eficaz de vender obstaculos para el
prograso nacional en todos los ordenes.
El proyecto educativo de los liberales alcanzó
mayor relieve el año mismo en que triunfó la
República, al expedir el Presidente Benito
Juárez: la Ley Orgánica de la. Instrucción
Pública en el Distrito Federal. Dicha ley
establecía la, obligatoriedad de la educación
primaria y, bajo ciertas condiciones, su
gratuidad. Estas disposiciones fueron
recogidas por la legislación de la mayoría de
los estados de la República, y se conjugó
fuerza de la soberanía estatal con el principio
de la unidad nacional.
Aun en las precarias condiciones de una
nación que debió invertir su primer medio
siglo de vida en la defensa y afirmación de su
soberanía e independencia nacional, quedó
plasmada la convicción de que la educación
primaria debía ser un derecho fundamental
del pueblo mexicano. Esta certidumbre explica
la pasión con que el Congreso Constituyente
de 1916-1917 abordó los alcances de la
función educativa, al ratificar la concepción
liberal de la educación y ampliar su alcance
social.
En el curso de ese Congreso Constituyente se
debatió dónde debería incluirse el precepto de
primaria obligatoria, si en el capítulo de
garantías individuales o si bien en el de
obligaciones de los gobernados. La decisión
del Constituyente fue que en el capítulo
segundo. De los mexicanos, se incluyera como
obligación para éstos el hacer que sus hijos o
pupilos, menores de 15 años, concurrieran a
las escuelas públicas o privadas, para cursar
la educación primaria elemental. Esta decisión
significa que en la percepción del
Constituyente, era en los padres en quienes
recaía la obligación de hacer que sus hijos
estudiaran la primaria.
En 1934,
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