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Convenio De Pago


Enviado por   •  18 de Junio de 2015  •  1.228 Palabras (5 Páginas)  •  237 Visitas

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SEGUNDA.- ANTECEDENTES:

1.1 Mediante Decreto Ejecutivo Nro.386 publicado en el Registro Oficial Nro.83 de fecha 23 de mayo de 2000, se creó la Secretaría Nacional de Comunicación, adscrita a la Presidencia de la República; Mediante Decreto Ejecutivo Nro.3 de 30 de mayo de 2013 se expiden varias reformas sustituyendo el Artículo 1 del Decreto Ejecutivo Nro. 386, publicado en el Registro Oficial No. 83 de 23 de mayo de 2000 por el siguiente:

“Art. 1.- SECRETARÍA NACIONAL DE COMUNICACIÓN.- Créase la Secretaría Nacional de Comunicación como entidad de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, dotada de autonomía presupuestaria, financiera y administrativa”;

1.2 En esencia, dentro de los objetivos y metas institucionales de esta Cartera de Estado, está la de establecer y dirigir la política nacional de comunicación social e información pública del Gobierno Nacional, encaminada a estimular la participación de todos los sectores de la población en el proceso de desarrollo nacional.

1.3 A efectos de dar cumplimiento con el objeto Institucional de la SECOM se establece el proyecto “Implementación y fortalecimiento del programa radial habla Ecuador en el territorio nacional e internacional”, el mismo que tiene como objetivos “Fortalecer el espacio de rendición de cuentas de las autoridades del Gobierno Nacional en función de las realidades comunicacionales locales”

1.4 El proyecto “Habla Ecuador” se considera un elemento estratégico político de vital importancia para el Gobierno Nacional, que funciona mediante la asistencia de medios de comunicación masiva tanto a nivel nacional como internacional, los mismos que sirven para canalizar la información de las políticas concernientes al desarrollo de la imagen gubernamental y la difusión de obras, acciones y proyectos de la Administración Pública Central e Institucional de la Función Ejecutiva y que bajo ninguna circunstancia debe paralizarse su ejecución, al amparo de las disposiciones contempladas en los artículos 16, numeral 1, 18, numeral 2, y 19 de la Constitución de la República del Ecuador, que establecen el derecho de los ciudadanos a estar informados y la obligación de los servidores públicos a informar, atendiendo a las necesidades a ser cubiertas por la administración pública, principios y práctica de la actividad comunicacional, de lo que se desprende:

1.5 Por la dinámica de la publicidad y una serie de factores ajenos a la voluntad de la SECOM han imposibilitado suscribir contratos oportunamente con los diferentes medios de comunicación por tal motivo se ha procedido a utilizar la figura del convenio de pago considerando que es perfectamente legal para extinguir la obligación conforme lo establece el numeral 2 del artículo 117 de la Ley Orgánica de Planificación y Finanzas Públicas.

“Art. 117.- Obligaciones.- La obligación se genera y produce afectación presupuestaria definitiva en los siguientes casos:

1.- Cuando ineludiblemente por excepción deban realizarse pagos sin contraprestación, de acuerdo con lo que dispongan la normas técnicas de presupuesto que dicte el ente rector de las finanzas públicas; y,

2.- Cuando se reciban de terceros obras, bienes o servicios adquiridos por autoridad competente, mediante acto administrativo válido, haya habido o no compromiso previo”.

2.1 La compañía GARWICH BBDO ECUADOR, es una persona jurídica, constituida al amparo de las normas ecuatorianas que tiene como actividad económica principal: …………………………….., conforme se desprende del RUC.

2.2 La Secretaría Nacional de Comunicación -SECOM-, en razón de los requerimientos formulados por la Subsecretaría de Medios Institucionales, con la finalidad de difundir las acciones y planes del Gobierno Nacional, solicitó a la compañía cuñas NOTICIAS para que realice la difusión de Programas de contenido

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