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Convenio de pago


Enviado por   •  20 de Febrero de 2016  •  Tutorial  •  773 Palabras (4 Páginas)  •  146 Visitas

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Entre los suscritos, por una parte TERESA HERNANDEZ cédula de Identidad V-4.370.680, quien obra en nombre propio, asistida en este acto por el abogado FERMIN AZUAJE cédula de Identidad V- 2.728.967 de este domicilio, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión social del abogado bajo el número de matricula 325.245,  y seguirá denominándose en el presente convenio simplemente EL DEUDOR y BRICEIDA PEREZ Cédula de Identidad V-9.400.610, quien obra en nombre propio, constituida de acuerdo con la ley, con domicilio principal en la Urbanización el Rosal, municipio sucre del estado Portuguesa; que en lo sucesivo se designará como EL ACREEDOR, hemos acordado celebrar un acuerdo de pago que consta de los siguientes puntos: PRIMERO Deuda- EL DEUDOR posee con el acreedor una obligación equivalente a cien mil bolívares(Bs. 100.000,00), discriminados así: Capital ochenta y siete  mil bolívares ( Bs. 87.00,00); Honorarios tres mil bolívares (Bs. 3.000,00); Intereses diez mil bolívares (Bs. 10.000,00 ); SEGUNDA . La obligación relacionada se encuentra vencida desde el 01 de abril de 2013, habiendo sido necesaria para EL ACREEDOR la  instauración de un proceso ejecutivo contra EL DEUDOR. El proceso cursa en EL JUZGADO DEL MUNICIPIO SUCRE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, estando embargado el inmueble que se identifica con la matricula inmobiliaria Nº 645  al cual corresponden los siguientes linderos: NORTE propiedad de Juan Escalona, SUR, propiedad de Francisca Mejías, ESTE, sucesión García y OESTE, propiedad de Isidro Rojas; TERCERA Acuerdo de Pago – Debido a la difícil situación económica de EL DEUDOR. EL ACREEDOR ha decidido acordar con el una forma de pago de la obligación relacionada , dejando en claro y de manera expresa que este arreglo o convenio de pago de ninguna manera constituye novación o alguna otra figura que importe extinción de la obligación objeto del arreglo. CUARTA Convenio – Los términos del arreglo se acuerdan como se expresa a continuación: a) la obligación se cancelará en un término de dos años; b) para amortizaciones de capital se conceden seis (6) meses de gracia; c) a

partir del séptimo  mes se cubrirán tres,(3) cuotas cada  seis (6) meses, equivalentes cada una al treinta y tres por ciento (33%) del valor actual de la deuda, o sea la suma de treinta y tres mil trescientos treinta y tres bolívares con treinta y tres céntimos ( Bs. 333.33,33); durante todo el tiempo que dure el convenio, EL DEUDOR se obliga a cubrir intereses trimestrales (o según se acuerde) a la tasa del diez por ciento  (10%) anual. Los intereses se cobrarán tan solo sobre el capital. QUINTA. Suspensión del Proceso – EL ACREEDOR se compromete a colaborar con EL DEUDOR para lograr la suspensión del proceso que se adelanta en el JUZGADO DEL MUNICIPIO SUCRE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA por periodos sucesivos de seis (6) meses, condicionando este compromiso al debido cumplimiento de todas las obligaciones que por este convenio surgen a cargo DEL DEUDOR. SEXTA Garantía Adicional – EL DEUDOR ofrece, como garantía adicional, fianza otorgada por la sociedad financiera BANESCO, sociedad legalmente constituida, con domicilio principal en la ciudad de Biscucuy representada por Doris Villegas en su condición de gerente según consta en certificado de la Cámara de Comercio de Biscucuy, autorizado para el acto en cuestión por la asamblea o junta de socios, de acuerdo con el Acta N°. 06 de fecha 20 de abril de 2013, EL ACREEDOR acepta al fiador y condiciona la suspensión del proceso en curso a la constitución previa de la fianza, que deberá otorgarse dentro de los treinta  (30) días que sigan a la firma del presente documento. SÉPTIMA. Condición Resolutoria – El incumplimiento de una de cualquiera de las obligaciones que contrae EL DEUDOR, deja en libertad AL ACREEDOR para continuar, ipso-facto, el cobro ejecutivo de la obligación, sin que deba mediar reconvención alguna. En señal de conformidad se firma en la ciudad de Biscucuy, a los 23 días de abril de 2013

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