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Derecho Publico


Enviado por   •  10 de Marzo de 2013  •  373 Palabras (2 Páginas)  •  309 Visitas

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Fuentes Formales del Derecho

Sistema al que pertenecen

Nacionales: son aquellas que rigen en un país determinado

Extranjeras: son aquellas que rigen en un país diferente al nuestro

De Uniforme: Tratados internacionales ratificados válidamente por las repúblicas

De Acuerdo a las Fuentes del Derecho

Consuetudinaria: basadas en las costumbres

Legislativas: emanan del órgano legislativo.

Jurisprudenciales: emanan de los tribunales.

Voluntarias: los contratos

Por su Jerarquía

Constitucionales

Ordinarias

Reglamentarias

Individualizadas

Por el Ámbito de Validez

Validez Espacial: según el espacio donde se pueda aplicar la ley

Validez Temporal

Vigencia Indeterminada: cuando establece cuando comienza a tener vigencia pero no cuando termina la misma.

Vigencia Determinada: cuando establece cuando comienza a tener a vigencia y cuando termina la misma.

Por la Sanción

Más que perfectas: La Consecuencia lleva consigo la nulidad del acto y el pago de una multa

Perfectas: prevén la inexistencia o nulidad del acto

Menos que perfectas: prevén sanción pero el acto produce sus efectos

Imperfectas no prevén ninguna sanción

Derogación

Se denomina derogación, en Derecho, al procedimiento a través del cual se deja sin validez a una disposición normativa, ya sea de rango de ley o inferior. La derogación es, por tanto, la acción contraria a la promulgación.

En general se puede decir que tienen poder de derogar normas todos aquellos órganos que tienen poder para promulgarlas. Por lo tanto, el poder legislativo puede promulgar y derogar normas con rango de ley, al igual que el poder ejecutivo puede promulgar y derogar normas con rango reglamentario.

Sin embargo, también existe en algunos ordenamientos jurídicos la figura del legislador negativo, que consiste en un órgano que tiene la capacidad de derogar normas, pero no de promulgarlas. Sería el caso de un Tribunal Constitucional con respecto a aquellas leyes que entienda que vulneran la Constitución vigente en el país.

Abrogación

Abrogación es la derogación total de una ley por una disposición de igual o mayor jerarquía que la sustituida; por eso es que una Constitución sólo puede ser abrogada por otra Constitución. Tradicionalmente se distinguía la abrogación de la derogación; la primera anulaba o abolía totalmente la ley, y la segunda sólo parcialmente.

Ni el desuetudo ni la costumbre ni la ignorancia ni la práctica en contrario de una ley pueden ocasionar su abrogación.

La abrogación puede ser expresa, si una ley declara terminantemente la abolición de otra anterior; o tácita,

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