Derecho Publico
Enviado por maguesalazar • 10 de Marzo de 2013 • 373 Palabras (2 Páginas) • 309 Visitas
Fuentes Formales del Derecho
Sistema al que pertenecen
Nacionales: son aquellas que rigen en un país determinado
Extranjeras: son aquellas que rigen en un país diferente al nuestro
De Uniforme: Tratados internacionales ratificados válidamente por las repúblicas
De Acuerdo a las Fuentes del Derecho
Consuetudinaria: basadas en las costumbres
Legislativas: emanan del órgano legislativo.
Jurisprudenciales: emanan de los tribunales.
Voluntarias: los contratos
Por su Jerarquía
Constitucionales
Ordinarias
Reglamentarias
Individualizadas
Por el Ámbito de Validez
Validez Espacial: según el espacio donde se pueda aplicar la ley
Validez Temporal
Vigencia Indeterminada: cuando establece cuando comienza a tener vigencia pero no cuando termina la misma.
Vigencia Determinada: cuando establece cuando comienza a tener a vigencia y cuando termina la misma.
Por la Sanción
Más que perfectas: La Consecuencia lleva consigo la nulidad del acto y el pago de una multa
Perfectas: prevén la inexistencia o nulidad del acto
Menos que perfectas: prevén sanción pero el acto produce sus efectos
Imperfectas no prevén ninguna sanción
Derogación
Se denomina derogación, en Derecho, al procedimiento a través del cual se deja sin validez a una disposición normativa, ya sea de rango de ley o inferior. La derogación es, por tanto, la acción contraria a la promulgación.
En general se puede decir que tienen poder de derogar normas todos aquellos órganos que tienen poder para promulgarlas. Por lo tanto, el poder legislativo puede promulgar y derogar normas con rango de ley, al igual que el poder ejecutivo puede promulgar y derogar normas con rango reglamentario.
Sin embargo, también existe en algunos ordenamientos jurídicos la figura del legislador negativo, que consiste en un órgano que tiene la capacidad de derogar normas, pero no de promulgarlas. Sería el caso de un Tribunal Constitucional con respecto a aquellas leyes que entienda que vulneran la Constitución vigente en el país.
Abrogación
Abrogación es la derogación total de una ley por una disposición de igual o mayor jerarquía que la sustituida; por eso es que una Constitución sólo puede ser abrogada por otra Constitución. Tradicionalmente se distinguía la abrogación de la derogación; la primera anulaba o abolía totalmente la ley, y la segunda sólo parcialmente.
Ni el desuetudo ni la costumbre ni la ignorancia ni la práctica en contrario de una ley pueden ocasionar su abrogación.
La abrogación puede ser expresa, si una ley declara terminantemente la abolición de otra anterior; o tácita,
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