Drets Humans
Enviado por gabrielsubirats • 13 de Febrero de 2013 • 2.380 Palabras (10 Páginas) • 489 Visitas
L’article que he elegit és aquest:
Article 3:Tot individu té dret a la vida, a la llibertat i a la seguretat de la seva persona.
He comentat aquest article ja quecrec que és un dels més importants de tots els articles del drets humans.
Notícies:
Los abortos bajan en Cataluña el 7% y la tasa cae a niveles de 2006
Las mujeres de origen extranjero abortan el triple que las autóctonas
Barcelona 9 DIC 2012 El pais.
El número de abortos que se practicaron en Cataluña durante 2011 se situó en 22.614 -62 al día-, una reducción del 7% respecto al año anterior, lo que supone el tercer descenso consecutivo por primera vez en la historia y sitúa la tasa global de interrupciones voluntarias del embarazo (IVE) en niveles de 2006.
Los datos del departamento de Salud reflejan que desde que se alcanzó el máximo de abortos en 2008, cuando se practicaron casi 27.000, estos han ido disminuyendo hasta los 26.000 en 2009, los 24.300 en 2010 y los 22.600 actuales. Paralelamente, la tasa de las IVE realizadas por cada 1.000 mujeres se ha situado en 13,98, lejos del máximo alcanzado en 2008, que fue de 16,23 casos, y que obliga a remontarse hasta 2006 para encontrar un índice similar con 13,23 por cada mil.
La evolución de la tasa de abortos sufrió un aumento exponencial desde la década de 1990, cuando se registraban solo 2,66 casos por cada 1.000 mujeres, una tendencia que ahora, tras tres años de descensos consecutivos, se ha invertido.
El cambio legislativo del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero en 2010 que contemplaba el aborto libre hasta la semana 14 no ha supuesto más IVE, en un contexto en el que el descenso tampoco se puede explicar solo por la libre dispensación de la píldora del día siguiente sin receta a partir de septiembre de 2009, ya que durante 2011 la dispensación en las farmacias de este medicamento también cayó un 30%.
Los datos muestran, en cambio, que el fenómeno de la inmigración experimentado a partir de 2000 reforzó la tendencia a que aumentaran los abortos, dado que las mujeres residentes en Cataluña de origen extranjero presentan una tasa de 26,59 abortos por cada 1.000 mujeres, frente a los 9,87 casos de mujeres autóctonas. Este diferencial, no obstante, se explica en gran medida porque las mujeres llegadas a España en los últimos años se sitúan en edades fértiles -entre 15 y 49 años- en una proporción mayor que las autóctonas, y no por hipotéticos comportamientos culturales diferentes.
Comentari:
Aquesta notícia m'haprovocatcuriositat ja que jo creia que cada vegada hi havia més avorts , però és al contrari; les dones en tenen menys. Pel que fa a Catalunya aquest article relacionat directament amb el tema de la vida ens fa veure que l’avort és la manera de les mares de decidir el dret a la vida o no als seus fills. Segons l'article es pot veure que pel que fa en les dones autòctones els casos són menors que el de les dones d’altres països i això hem fa pensar que les dones de Catalunya volen donar el dret de poder viure als fills encara que actualment no sigui la millor situació a nivell social o econòmic. Desde la meva opinió és un tema important i crec que mai s'ha de jutjar a una persona embaraçada amb el tema del'avort ja que com “elles diuen: elles els tenen, elles decideixen”.Un altre fet que m'ha fet pensar és que les dones estrangeres avortin més que les d'aquí, un fet que creia que no seria així ja que desdel meu punt de vista sempre he vist als documentals d'altres cultures (com "callejeros viajeros"...) es veu un tipus de gent amb grans families.Tornant al tema dels drets humans crec que el tema de l'avort no es pot jutjar però és un tema on hi ha moltes vides en joc i com he dit abans això fa que aquesta notícia estigui relacionada totalment amb l'article que he seleccionat.
Dublín legislará para clarificar el derecho a abortar
El Parlamento debate una propuesta para asegurar la interrupción del embarazo si la vida de la madre corre peligro
Londres 27 NOV 2012 El pais.
Irlanda clarificará por ley el derecho al aborto, que en la actualidad solo es recogido de forma ambigua por la Constitución. “La gran mayoría de la gente entiende qué se necesita hacer, pero no quieren que nos situemos en una posición que permita en este país el aborto a la carta”, ha declarado el Taoiseach (primer ministro irlandés), Endy Kenna.
Kenna ha asegurado que su Gobierno “no dejará colgado de forma interminable” el debate sobre cómo clarificar la nebulosa figura legal del aborto en ese país. El Gabinete irlandés ha estado estudiando este martes el informe de opciones que encargó en su día a un grupo de expertos. Ese estudio, publicado a primera hora de la tarde, sostiene que hay cuatro opciones y, aunque su función no era la de hacer recomendaciones, sostiene que dos de esas opciones serían preferibles a las otras dos.
El debate es consecuencia de la sentencia dictada en 2010 por el Tribunal de Estrasburgo a favor de una mujer irlandesa enferma de cáncer a la que no se había respetado su derecho al aborto. El Gobierno ha de decidir si aquella sentencia le obliga o no a poner en marcha legislación específica para clarificar cuándo una mujer tiene derecho a abortar.
En estos momentos, la interrupción del embarazo solo se regula por la muy interpretable mención que se hace en la Constitución irlandesa, que pone en plano de igualdad el derecho a la vida de la madre y delnasciturus: “El Estado reconoce el derecho a la vida del no nacido y, con el debido respeto al mismo derecho a la vida que tiene la madre, garantiza en sus leyes que hay que respetar y, siempre que sea practicable, sus leyes han de defender y vindicar ese derecho”.
El reciente caso de la dramática muerte de una mujer india residente en Irlanda, Savita Halappanavar, ha puesto de manifiesto hasta qué punto es necesario clarificar cuándo una mujer tiene derecho abortar o no.
El informe considera insuficientes o poco prácticas las opciones de unas meras directrices sin rango parlamentario porque no serían legalmente vinculantes o la de resolver el asunto exclusivamente a través de legislación primaria, por entender que sería un sistema demasiado rígido.
Los autores creen que sería más práctico “dar rango legal a la terminación del embarazo por la vía de legislación primaria que permitiera al Ministerio de Sanidad regular la cuestión a través de un instrumento estatutario” o bien por la vía de legislación primaria que luego sería completada también por el Ministerio de Sanidad mediante legislación secundaria. En todo caso,
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