EL MANUS MANCIPIUM
Enviado por alejandroledezam • 9 de Enero de 2013 • 563 Palabras (3 Páginas) • 639 Visitas
EL MANUS MANCIPIUM
Fue otro de los poderes extraños a que pudieron estar sometidas las personas físicas o naturales en Roma y se producía cuando un páter optaba por dar en venta a uno cualquiera de los sometidos a su potestad, con lo que el adquirente pasaba a ser titular de un poder muy parecido al de la patria potestad.
La forma primitiva de la venta romana lo fue la mancipatio (de manus y capere: tomar con la mano), institución que consistía en un rito solemne y sacramental que, en realidad, permitía realizar toda clase de contratos, como los de adquisición o transferencia del dominio.
Esa mancipatio también fue empleada para la venta de los hijos con la consecuencial adquisición por parte del comprador del poder del mancipium, el cual no impedía que el hijo vendido siguiera siendo jurídicamente libre, pero con la obligación de trabajar para la persona compradora.
El mancipium tuvo por sustento la organización plebeya de la familia romana, dentro de la cual, como ya se ha manifestado, el páter era el dueño absoluto de todos los bienes y de todas las personas que de él dependían, a las cuales podía dar en venta, real o fingida.
La venta era real: 1) Cuando el páter daba en venta al hijo para la obtención de un lucro, y 2) Cuando abandonaba noxalmente al hijo, lo cual tenía lugar en aquellos eventos en que, siendo responsable de actos de éste, se deshacía de esa responsabilidad entregándolo en mancipium a la persona lesionada.
La venta era fingida cuando el hijo era dado en adopción, o cuando se practicaba la emancipación. Por último, cabe destacar que el mancipium se diferenciaba de la esclavitud en que el sometido a ese poder extraño conservaba la condición de hombre libre, aunque estaba obligado a trabajar para el comprador cuando el negocio era real.
Matrimonio sine manus.-
En este caso rige entre los cónyuges un régimen de separación total de bienes, es decir , cada cónyuge mantiene la situación patrimonial anterior al matrimonio, sin embargo la comunidad de vida que impone el matrimonio y dado que es el hombre quien mantiene a su mujer , lo normal es que esta confíe a su marido la administración de su patrimonio, así surgen los llamados bienes parafernales que son " aquellos bienes propios de la mujer cuya administración esta confiada a su marido ", este ultimo administra según instrucciones de su mujer y se rige por las reglas generales del mandato, en resumen la situación es la siguiente :
Los bienes que la mujer aporta al matrimonio y los que esta adquiere durante su vigencia , le pertenecen exclusivamente . Tratándose se las adquisiciones hechas durante el matrimonio, la mujer debe tomar todas las precauciones para desvirtuar la presunción muciana , la que reputa que toda adquisición hecha durante el
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