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Filosofia De Derecho


Enviado por   •  5 de Marzo de 2013  •  1.633 Palabras (7 Páginas)  •  291 Visitas

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DERECHO COMO MANIFESTACION CULTURAL

El derecho es un producto cultural. el derecho como vida humana objetivada y como un revivir esas objetivaciones, hay en el mundo una serie de objetos que no son cosas ni hechos producidos por la Naturaleza, sino que son creados por los hombres, que son resultados de actividades de los humanos, por ejemplo: utensilio, máquinas, estatuas, cuadros, leyendas, mitos, plegarias, poemas, libros (con múltiples y variados contenidos: científicos, filosóficos, técnicos, literarios, etc.), recetarios, máximas y reglas de conducta (morales, sociales, jurídicas, religiosas, etc.), modos consuetudinarios de comportamientos (usos, hábitos), creencias, instituciones, idiomas, etc.

Todos esos objetos del mundo de la cultura tienen substratos reales, sea corpóreos, sea psíquicos. Pero su ser peculiar, su esencia, no consiste en esas realidades en las que se nos manifiestan tales objetos. Por el contrario, su ser esencial consiste en que poseen un sentido, una significación, una intencionalidad o bien un propósito.

Tales objetos, en tanto que ya hechos, ya realizados, son vida humana objetivada. Y, en tanto que revividos, repensados, reutilizados, reactualizados por nuevas gentes, constituyen vida humana revivida, vida humana reactualizada.

Algunos actos de la vida humana dejan tras de sí una huella, una traza, una configuración, una cosa, un objeto, unos signos, etc. Esto ocurre no sólo con actos egregios -como una obra literaria genial- sino

también con actos humildes – una tosca y humilde carta de familia. El Quijote en el momento en que Cervantes lo escribía era una peripecia de su vida individual, un pedazo, un segmento de su propia existencia. Pero después de escrita esa obra -y todavía después de muerto Cervantes- sigue ahí el Quijote como algo ante nosotros, como un conjunto de pensamientos cristalizados, que pueden ser repensados por quienquiera. Se presenta como un complejo de pensamientos objetivados, fosilizados, cosificados. Es algo que tiene una estructura de pensamiento, pero que ya no es pensamiento vivo, que esté viviendo – quien lo pensó originariamente ha desaparecido-; es pensamiento que- si en su creación fue un proceso subjetivo vivo de alguien- ahora aparece como un pensamiento convertido en cosa, como un producto objetivado a la disposición de todos, para que lo repiense quienquiera, como un bien de aprovechamiento comunal. A esto es a lo que llamamos vida humana objetivada o cristalizada. Es decir, eso, y cualesquiera otros productos análogos, son obras que el hombre ha realizado (utensilios, procedimientos técnicos, cuadros, estatuas, composiciones musicales, teorías científicas, reglas morales, ejemplos de virtud, normas jurídicas, letreros, cartas, altares, códigos, magistraturas, formas del trato, etcétera, etcétera). Así, resulta que los humanos haceres, una vez que han sido ya realizados, perduran como formas de la vida – concebidas abstractamente, separadamente de la

vida individual concreta que las engendró- o como modificación o huella dejada en la realidad; y vienen a adquirir como una especie de consistencia objetiva.

Ahora bien, los productos humanos, las formas de la vida humana objetivada, las obras humanas, tienen una estructura análoga a los haceres de la vida propiamente dicha, es decir, de la vida de la vida individual viva. Su ser, lo que ellas son peculiarmente, consiste en su sentido, en tener una intencionalidad.

Sucede, empero, que esas obras humanas, esos objetos de vida humana cristalizada, suelen, en alguna medida, ser reactualizados, es decir, revividos, vueltos a vivir, por otras gentes coetáneas o posteriores. Claro que, cuando otras personas al leer un libro piensan de nuevo los pensamientos en él contenidos, cuando al practicar una regla de conducta repiten en su propio comportamiento el esquema en aquélla establecida, eso no suelen hacerlo con una fidelidad total al cien por ciento, a modo de reproducciones fotográficas o de grabaciones en cinta magnética, antes bien modifican, en mayor o menor dosis, ese producto objetivado que están viviendo de nuevo: suprimen alguno de sus componentes o matices, cercenan otros, e aportan modificaciones o añaden incrementos.

Ya habrá adivinado el lector que es precisamente en este reino de la vida humana objetivada donde encontramos el Derecho. El Derecho, en tanto que normas pre constituidas -por ejemplo, leyes, reglamentos, contratos, sentencias judiciales, etc.-

se localiza en el universo dentro de la región de las objetivaciones de la vida humana, o reino de la cultura. P ero, en tanto que las normas jurídicas son cumplidas o en tanto que son individualizadas por los funcionarios judiciales y los administrativos, el Derecho se presente como un vivir de nuevo como un re-vivir, como un re- actualizar esas normas en nuevas conductas reales, conductas que muchas veces van aportando novedades, modificaciones, supresiones, incrementos, correcciones, etc. En efecto, tales procesos de re-vivir o re-actualizar dichas normas o formas de vida suelen casi siempre implicar nuevos matices, nuevas modalidades, nuevas consecuencias, en suma, algo que no estaba predeterminado de modo completo y fijo en la norma

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