Finanzas
Enviado por 1304isa • 6 de Julio de 2015 • Síntesis • 357 Palabras (2 Páginas) • 145 Visitas
Contador Público: Una persona que es miembro de un organismo miembro del IMCP. También incluye otras denominaciones de la profesión como Licenciado en Contaduría, Licenciado en Contaduría y Finanzas, o cualquier otra denominación que le asignen las universidades a la profesión de la contaduría.
Principios Fundamentales
Integridad. Ser leal, veraz y honrado en todas las relaciones profesionales y de negocios. Sección 110.1-110.3
Objetividad. Evitar prejuicios, conflictos de interés o influencia indebida de terceros que afecten el juicio profesional o de negocios. Sección 120.1-120.2
Competencia Profesional y el Debido Cuidado. Mantener el conocimiento y habilidades profesionales al nivel requerido para asegurar que un determinado cliente o la entidad para la que trabaja reciban servicios profesionales competentes. Sección 130.1-130.6
Confidencialidad. Respetar la confidencialidad de la información obtenida como resultado de relaciones profesionales o de negocios y, por lo tanto, no revelar dicha información a terceros sin la autorización apropiada a menos que haya un derecho u obligación legal o profesional de hacerlo, ni usar la información para provecho personal o de terceros. Sección 140.1-140.8
Conducta Profesional. Cumplir con las leyes y reglamentos relevantes, y evitar cualquier acción que desacredite a la profesión. Sección 150.1-150.2
Definición Contador Público en la práctica independiente. El Contador Público, sin importar su especialización (por ejemplo, auditoría, impuestos o consultoría) en una firma que presta servicios profesionales. Este término se usa también para referirse a una firma de contadores públicos en la práctica in-dependiente.
Contador Público en los sectores público y privado. El Contador Público empleado o contratado con capacidad ejecutiva o no ejecutiva en áreas como comercio, industria, servicios, sector público, educación, entidades sin fines de lucro, organismos reguladores u organismos profesionales.
PARTE D—CONTADORES PÚBLICOS EN LA DOCENCIA Sección 400 El Contador Público que imparte cátedra debe orientar a sus alumnos para que en su futuro ejercicio profesional actúen con estricto apego a las normas de ética profesional.
PARTE E—SANCIONES SECCIÓN 500 El Contador Público que viole este Código se hará acreedor a las sanciones que le imponga la asociación afiliada a que pertenezca o el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, que intervendrá tanto en caso de que no lo haga la asociación afiliada como para las ratificaciones que requieran sus estatutos.
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