Generalizaciones del iusnaturalimo y del positivismo
Enviado por Laura Alcalde • 3 de Julio de 2019 • Apuntes • 1.755 Palabras (8 Páginas) • 142 Visitas
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Generalizaciones del iusnaturalimo y del positivismo
- El aplicador del D.
- No es el dogmático ni el legislador
- Es el juez
- Perspectiva prescriptiva y descriptiva
- Es imx. al momento de leer 1 texto
- El autor pretende describir lo q pasa en cierta comunidad j.
- O pretende mostrarnos su perspectiva de cómo debería ser
- 3 operadores deonticos presentes en material normativo
- Ordena
- Faculta
- Prohíbe
- Generalizaciones, no todos los autores suscriben
- Puntos importantes
- R. Entre D y M
- Iusnaturalismo
- Orden moral q es valioso y q x su contenido valioso debería ser o.
- Las Nj.s deberían recoger lo q esté orden moral y sus 1pios (1pios morales) disponen
- Este orden moral es asequible a la razón humana (entendible y podemos conocerlo x medio de ella)
- Si hay 1 contenido en las nj. Q no se adapta al contenido de este orden moral: no o.
- Porque nos permite conocer q es lo bueno/justo
- Lo injusto no es D. Y no o.
- Ante 1 conflicto entre 1 disposición de 1 nj. Y 1 1pio moral se debe dar predominancia a lo 2do
- N. Injusta moralmente
- 1pios morales no son los 1pios de D, quedan x fuera, no están previstos en el ordenamiento
- No niega la existencia de 1 D positivo, xo si es considerado injusto (lo contradice), no va en correspondencia con el orden moral no es D no o.
- Problema del iusnaturalismo
- Como llegar a conocerlo? El método
- Positivismo
- El D valido y su relación con la moral es contingente
- Si el D recoge el contenido de este orden moral y lo positivisa será D y o.
- No descarta la existencia de 1 orden moral
- Pero no dice q o.
- Gralmente en 1 ord. J. se recoge gran parte de la moral dominante
- X 1 cuestión de hecho la M está recogida x él D
- Y es válida x haberse positivisado
- Derivan de la Conciencia j. Colectiva
- Y x lo tanto están establecidos en el ord.
- D y M
- R. Need en 1
- Lo injusto no o.
- R. Contingente/eventual en 2
- No es valioso x su contenido en sí
- Si D no coincide con la moral, esta no o.
- En 1pio (depende del tipo de positivismo) Lo injusto o.
- Injusto con r. A 1 valor
- O. Porque es 1 nj.
- NINO introducción al análisis del D
- Cap 1
- Casos Nuremberg, identifica 3 jueces ficticios con 1 postura/perfil marcado
- Reconstrucción de las argumentaciones
- Sempronio 1
- Habla de la defensa
- Pag 19 la defensa de algunos de los procesados…
- D nazi
- Postura iusnaturalista
- Cayo 2
- Pág 21
- Si está permitido en carácter de jueces hacer… juicios morales son relativos y subjetivos… noble ilusión
- R entre D y M
- Postura Positivismo escéptico desde el punto de vista moral
- Ticio 3 página 23 intermedio
- El 1 no logra saldar la falacia naturalista/ley de Hume
- Cómo lograr pasar del ser al deber ser
- El ius no explica este pasaje
- No tengo premisa de deber ser y arribo a una conclusión que si, de o.
- La naturaleza no tiene criterios morales
- De algo q es yo no puedo inferir 1 deber ser sin q en el medio haya 1 decisión (D positivo)
- Todos los miembros del tribunal coincidimos convicciones morales, actos aberrante
- Los jueces podemos hacer valer estas cuestiones para decidir el caso?
- Ej asaltante
- Diferencia sentirse (M) a estar o.
- Situación/circunstancia excepcional
- Dejar de lado el no hay pena sin ley
- Xa poner x encima otros valores porque si no se justificarían atrocidades
- LA TESIS DE LA SEPARACION CONCEPTUAL ENTRE DERECHO Y MORAL
- Adhieren a ella los positivistas
- El positivismo a la hora de r. dice q no tiene q haber 1 correlación need xa q las n.s de D. positivo sean válidas, r. contingente, eventual
- 1 d. q no se ajuste a la moral sería o., a diferencia de los jusnaturalistas
- Q decía correlación need
- Validez j. de 1 n. no comporta su validez moral
- Y la validez moral de 1 n. moral no comporta 1 validez j.
- LA TESIS DE LAS FUENTES SOCIALES DEL D.
- Adhieren a ella los positivistas
- La existencia y contenido el D. depende de 1 serie de HECHOS sociales
- Hechos son relevantes al momento de deter. Q es fuente de D.
- Fuente: de donde se extrae la validez de las nj. (que es D. y q no)
- Delimitar el objeto xa la ciencia
- Para el positivismo
- Q es D. y q no es D.
- Se deter. X 1 serie de hechos sociales
- Q son los relevantes en 1 comunidad
- A diferencia del iusnaturalismo
- El valido es el D. natural, en consonancia con la ley moral
- No se extrae de ningún hecho
- Se extrae de
- La razón humana
- La naturaleza de las cosas
- Para algunos autores clásicos como Bentham y Dworkin
- Lo relevante es mirar la habitualidad de la obediencia al soberano xa deter. Q se entiende x “D. válido xa 1 comunidad”
- Para Hart
- Es ver cierta práctica compleja, concordante de los tribunales de 1 comunidad xa q cuando aceptan la “regla de reconocimiento” (criterio de validez) y aplica D., vamos a saber q es D. y q no
- LA TESIS DE LA DISCRECIONALIDAD JUDICIAL/LÍMITES DEL D.
- El contenido del D. válido
- No va a deter. 1 calificación j. a todos los casos
- (el D. tiene límites) dados x
- Vaguedad del lenguaje
- No es claro, si el hecho entra dentro del concepto q queremos encuadrar
- Propias carac. del lenguaje
- No todos los hechos van a entrar fácilmente dentro de la nj.
- (casos fáciles y casos difíciles) HART
- Carac. relevantes de los hechos deter.
- El D. tiene límites: su contenido no va a dar todas las calificaciones/sol. A todos los casos
- Casos difíciles
- Ahí entra a jugar la discrecionalidad judicial
- Xa crear D.
- Xo es reglada
- Acá se crea y se aplica D. al = tiempo
- Pq el propio D. le pone límites al juez en la creación
- X eso la discrecionalidad se distingue de la arbitrariedad
- El juez debe dar razones grales. Extraídas del D. xa poder fallar
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