Ideas Sociologicas Art 5, 75 Y 125 CRBV
Enviado por Eulismar_04 • 16 de Julio de 2014 • 1.170 Palabras (5 Páginas) • 251 Visitas
INTRODUCCIÓN.
Nuestra Carta Magna de 1.999 surge a raíz de una fuerte conmoción de tipo social y principalmente de tipo político por cuanto a una serie de deterioros que se hicieron persistentes en ámbitos económicos, educacionales y profesionales, e inseguridad ciudadana.
Lo principal de esta nueva Constitución es fomentar los valores fundamentales que toda sociedad civil y democrática carece, valores como la igualdad social, la libertad, la justicia, la soberanía del pueblo, entre otros, es decir, una primera parte que va dirigida y dedicada a los ciudadanos, sus derechos humanos y civiles a los cuales se les dio un tratamiento amplio; incluyendo por primera vez los derechos políticos de los pueblos y comunidades indígenas. Es aquí, en el cual el énfasis o la idea sociológica mas destacada e innovadora de la vigente y actual constitución venezolana donde se garantiza mucho mas la formación de la persona a través de una educación digna y provechosa, el desarrollo de la conciencia social y la participación protagónica y soberana del pueblo.
IDEAS SOCIOLOGICAS.
En Venezuela la soberanía reside de manera intransferible en el pueblo, es decir que no puede ser ejercida por otra persona que no sea la señalada expresamente por la Constitución y éste puede ejercerla por medio de sus órganos o poderes como el legislativo, el ejecutivo, el judicial, el ciudadano o moral, y el electoral, lo cual le permite al país ser un territorio independiente e inviolable, a razón de ello así esta establecido en:
Artículo 5.- La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público. Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos.
En su artículo 5 establece que la Soberanía esta en manos del pueblo venezolano quien la delega en los órganos del Estado, la cual es un derecho que nos pertenece a todos y cada uno de los venezolanos, tener soberanía es un deber de todos recetarla y afianzarla para que la misma siga identificándonos como venezolanos. La soberanía no solamente se ejerce mediante el sufragio que es la forma más representativa sino a demás de una forma más directa que es a través del poder constituyente y es por esto que se dice que la Soberanía Nacional es lo más importante dentro de Venezuela. Cuando hace mención a que es intransferible, se refiere a que no puede ser ejercida por otra persona que no sea la señalada expresamente por la Constitución, sino que es ejercida por el pueblo, a demás de ser quien concede la legalidad al Poder del Estado, por medio del reconocimiento o aceptación del mismo.
En la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela vigente, se ha fortalecido el reconocimiento de participación ciudadana en asuntos públicos. En este sentido, surge la necesidad de centrarnos en el estudio de esta realidad:
Artículo 70. Son medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía, en lo político: la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocatoria del mandato, la iniciativa legislativa, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas cuyas decisiones serán de carácter vinculante, entre otros; y en lo social y económico, las instancias de atención ciudadana, la autogestión, la cogestión, las cooperativas en todas sus formas incluyendo las de carácter financiero, las cajas de ahorro, la empresa comunitaria y demás formas asociativas guiadas por los valores de la mutua cooperación y la solidaridad.
El artículo 70 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela hace mención
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