Introducción a la filosofia del derecho de Нegel
Enviado por libertad1 • 27 de Junio de 2013 • Tutorial • 2.991 Palabras (12 Páginas) • 309 Visitas
No cabe duda, que es Hegel, una de las figuras mas emblemáticas y de consulta obligada en el desarrollo de los sistemas idealistas postkantianos, su genialidad, le llevo a desenvolver todos los campos manifiestos del pensar, las artes, la religión, la historia, la lógica, la política, y muy particularmente el derecho. Indago en estas áreas, y con profunda agudeza supo proporcionar el momento real del máximo desarrollo de la filosofía europea del siglo XIX. se dice y muy acertadamente, que es Hegel, el ultimo y máximo intento de la filosofía occidental, por construir un sistema autosuficiente, que tomo como característica esencial el desarrollo de un método dialectico que propone estudiar la realidad en su despliegue dialectico. Este despliegue parte de remanente del espíritu hasta su estado absoluto.
La ultima gran obra publicada por Hegel, fue la filosofía del derecho (1821) aunque algunas notas de sus conferencias y clases, junto con apuntes de sus alumnos, fueron publicados también después de su muerte.
El termino dialéctica es utilizado por Hegel, para comprender y expresar la situación real del mundo, en la dialéctica de Hegel queda patente, pues una voluntad de actuación sobre una realidad escindida, contradictoria y alienada que lucha por superar esta situación.
INTRODUCCIÓN A LA FILOSOFIA DEL DERECHO DE HEGEL
El esbozo de una teoría del derecho, mas ampliada y depurada, es hecha con el objetivo de dejar claras las bases del derecho, como ciencia, y lleva implícita también la investigación y desarrollo completo de esta ciencia. Pero al hacerlo no pretende de ninguna manera, dejar creada, una estructura teórica que a manera fidedigna reproduzca la verdad, pues la filosofía es según Hegel una construcción efímera como la tela de Penélope que cada día era comenzada de nuevo. La tarea del escritor, y mas importante, del filosofo, es el descubrir la verdad, decir esta verdad y difundirla, con argumentos exactos (nótese el surgimiento del ideal griego del sabio, como amigo del saber, amante de la sabiduría), y es ante todo al filosofo, al que corresponde esta asignación. En materia de derecho, afirma Hegel que este junto con la ética y el estado, profesan una verdad de antaño, reconocidas en el anterior desarrollo de las leyes, la moral publica y los sistemas religiosos, desde aquí, el derecho y las leyes, se encaminaron al progreso que han alcanzado.
Pero también, Hegel reconoce y "concibe" como contraria a la libertad del individuo, el hecho de atenerse y dejarse persuadir a lo públicamente aceptado, y las leyes creadas para la regulación de cada individuo del estado, este ultimo pues no debe ser al final la determinación ultima y apodíctica del modo de actuar de los individuos. Reconoce que el hombre busca y crea en el pensamiento su libertad y el fundamento de la ética.
Mas sin embargo, esta libertad que el hombre posee y determina a actuar, caen en un contenido sin razón, si únicamente posee valor efectivo para el pensamiento. El hombre es libre, solo en la medida que discrepe de lo que es reconocido y aceptado por voto universal y sepa crearse una realidad singular que le auto determine a dirigirse.
Esta idea de la libertad, constituye un papel fundamental en el desarrollo del derecho individual, y el hombre, como sustancia ética de la sociedad civil, solo desarrolla todo su devenir, en base a la libertad.
Libertad no es un concepto limite en Hegel, sino es la misma autoconciencia que se determina a obrar y moldear el contenido de su voluntad.
El mundo ético (el estado, la razón) como resultado del elemento de la autoconciencia, no goza de la fortuna de tener a su base la razón que le afiance como fuerza y potencia. El universo espiritual corresponde al mundo del acaso y del capricho de la voluntad divina, abandonado por Dios.
Hegel considera al estado, como la rica estructura de lo ético, la arquitectura de su racionalidad que con la determinada distinción de las esferas de la vida publica y de sus derechos le construye bases solidad, que son a la vez las bases verdaderas de todo estado, con bases armónicas y establecido según un criterio de verdad. Y cuando toda esta estructura es de buena ley, parte de lo íntimo hacia la revelada luz del desenvolvimiento de la idea, llevando consigo su interna necesidad de la veneración, de la verdad y una ley que es elevad por si y en si, por encima de toda forma subjetiva de sentimiento. La ley no puede estar consentida por el sentimiento, puesto que es en si o debería ser en si, una forma universal del desarrollo de los individuos.
El derecho, la etica, el mundo real del derecho, son formas que se aprehenden con el pensar, los conceptos determinan la forma de la racionalidad (es decir la ley). La ley es en cierta medida el Scibboleth (signo de reconocimiento entre los hebreos) en el cual se identifican las habitantes de la nación y los amigos de esta. Hegel también toma la idea determinante, de que la filosofía debería ser como el principio motor de la aplicación del derecho y las leyes, pues la falta de este principio, conduciría a los estados a una superficialidad respecto a lo ético, al derecho, y sobre todo al deber. Esto es la fatuidad. El estado caería por esto, como en un estado de disolución de toda ética interior, de la conciencia justa, del amor y del derecho entre los particulares, así como la destrucción del orden publico y las leyes del estado (pues estas ultimas estarían basadas en propósitos y opiniones subjetivas, en el sentimiento subjetivo y en una convicción individual).
El contenido de la filosofía, el saber conceptual de Dios y de la naturaleza física y espiritual, se vería seriamente afectado.
La primera fase del espíritu objetivo, es la esfera del derecho (das recht) la persona, el sujeto individual consciente de su libertad ha de dar expresión exterior de su naturaleza como espíritu libre. Ha de darse a si mismo una esfera externa de la libertad. Así pues, la libertad es el principio primero y unitario de cada individuo como parte del estado, y la ciencia del derecho parte de la libertad en su despliegue dialectico.
Introduce Hegel, también el concepto de propiedad, vinculado directamente con un acto de la voluntad, por naturaleza una persona se convierte en el dueño de una cosa, no por un mero acto interno de la voluntad, sino por la apropiación efectiva que el sujeto hace sobre la cosa, ejerce naturalmente toda su voluntad en esta cosa. La ciencia filosófica del derecho tiene por objeto la idea del derecho, o sea, el concepto del derecho y su realización. La realización, es la configuración que toma el concepto para si en un hecho efectuado, constituye el momento esencial de él, y pasa, de mera constitución teorética a la realización por la cual se concibe.
La ciencia
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