La Filosofia Y El Delito
Enviado por lpor • 31 de Marzo de 2014 • 4.610 Palabras (19 Páginas) • 684 Visitas
LA FILOSOFÍA Y EL DELITO
El derecho penal está ligado a la filosofía. La concepción del delito, de la sanción criminal y sus finalidades era patrimonio exclusivo de la filosofía. Dos grupos dieron origen a los conceptos teóricos criminológicos. El primero de ellos era conocido como los espiritualistas y el segundo se conoció como los naturalistas. Los espiritualistas entendían que el delito era una acción inmoral, a la cual debía corresponder una sanción con carácter corresponder una sanción con carácter de retribución y cuya finalidad podría ser divina, moral o Jurídica. Los naturalistas postularon que la sanción criminal como instrumento de defensa social contra aquel que ponga en desequilibrio la coexistencia pacífica del estado y definieron el delito como una acción antisocial. Ninguna de estas líneas de pensamiento, reveló una preocupación real por el hombre como autor del delito.
En 1764, surge la publicación anónima del libro de Cesare Beccaria titulada De Los Delitos y de las Penas, este libro fue la semilla de una ciencia del Derecho Penal y el estudio criminológico del origen del delito. La preocupación principal de Cesare Beccaria residía en el hombre reo de delito, o sea sus estudios se concentraban en esta población. Las ideas de Beccaria cambiaron las posiciones filosóficas para las cuales el individuo no era otra cosa que un pretexto punitivo, convirtiéndolo en un sujeto de Derecho Penal en torno al cual se sistematizan las normas.
El movimiento encarnado en su obra se conoció por el nombre de la humanización de la pena, debido a que promulgó el principio de legalidad en los delitos y la aplicación de las personas. Este movimiento humanista tuvo repercusión en Inglaterra con la publicación del libro
El Estado de las Prisiones en 1776 por John Howard, esta obra denunció el abominable resultado de la pena y el castigo que señalaba que el propósito que la pena debía perseguir era destruir la delincuencia en el hombre. En cuanto al origen del Sistema de Justicia Criminal Seijo (2006) afirma que el sistema adversativo, estaba firmemente establecido en Inglaterra y en América. Este sistema se basa en la figura de un juzgador de hechos neutral y pasivo que resuelve las disputas a base de la información que provean las partes durante el procedimiento formal. Es además un concepto unificado que funciona en interrelación con un sinnúmero de mecanismos y procedimientos y con la intervención de agencias que componen el Sistema de Justicia criminal.
Este concepto central del sistema adversativo descansa en que las partes adversarias, en un lugar altamente estructurado, presenten evidencia a los fines de que el juzgador resuelva las controversias convirtiéndose así como un aspecto de importancia que se describe como parte de la historia de las escuelas criminológicas que dieron base a estos conceptos teóricos. La conducta del hombre como todos sabemos desde tiempos remotos siempre ha preocupado a los estudiosos y además ha sido objeto de estudios y críticas. De ahí es que intervienen las escuelas jurídicas penales los términos causal y el término explicativo, provienen del estudio de la naturaleza de la conducta humana la primera de estas escuelas fue la Escuela Clásica de Derecho Penal.
Esta escuela se originó por las ideas postuladas por las obras de Rousseau, y Montesquieu, producto de la indignación por las atrocidades cometidas en la aplicación de las penas en su tiempo, a saber la falta de una ley penal que resultaba en aplicación arbitraria de penas determinadas por la costumbre y la gravedad de la pena se aplicaba proporcionalmente de acuerdo a la condición social de la persona. El principal exponente fue Cesare Beccaria quien propuso que la legalidad predominase sobre la voluntad del Juez, la absolución de la tortura, la finalidad de la pena radicarse tanto en la prevención general como en la específica, la proporcionalidad de la pena al valor causal del delito, valor que radica en el daño causado a la sociedad y no a la condición social. Estas ideas fundamentaran los principios generales postulados por la Escuela Clásica. Otra escuela que dio origen al concepto de la criminología era la Escuela de Defensa Social, esta escuela postulaba tres principios básicos.
1. El estudio de la personalidad del autor del delito.
2. La norma jurídica para un mejoramiento social.
3. La influencia del ambiente en la prevención de la delincuencia.
Estos postulados básicos se dirigen a proteger la sociedad y no al castigo del autor del delito. Su finalidad es el tratamiento humanizado y la búsqueda de la resocialización a través de la intención terapéutica tanto institucional como en la libertad del confinado. Este pensamiento criminológico postulaba que la finalidad principal del derecho penal es proteger a la sociedad contra la criminalidad y a los criminales contra el riesgo del delito o de la reincidencia.
Relacionado a otros aspectos importantes de la Escuela de Defensa Social según Resumil (2007) era que creían indispensable sentar la política criminológica sobre bases científicas y sobre un estudio sistemático y razonado del delincuente y la delincuencia.
El segundo pensamiento era el que señalaba la necesidad de que la sociedad prevenga la delincuencia mediante la aplicación de medidas de profilaxis social, que significa aplicar métodos de prevención en contra de la delincuencia, entre estas medidas, se encuentran la lucha contra el alcoholismo, políticas de vivienda, la asistencia social y la reglamentación del uso de armas de fuego, entre otras. El tercer precepto iba dirigido a la indagación en las cosas fisiológicas o sociales que conducían al convicto a delinquir.
La aportación más significante de esta escuela consistió en la introducción e integración del tratamiento individualizado adaptado a la personalidad del convicto la cual, se proponía someterlo a un periodo de observación antes del pronunciamiento de la sentencia de forma que el Juez pueda tener conocimiento sobre la medida de tratamiento que le será aplicada. La Escuela de Defensa Social, a diferencia de la Escuela Positiva no desliga el Derecho Penal de la criminología y pretende ver el proceso penal como único haciendo de la ejecución de la pena una etapa imprescindible e inseparable del mismo.
La Escuela Socialista se enfocó y se cimentó en presupuestos de carácter marcadamente económico. La Escuela Socialista postuló que la delincuencia tiene su origen en el desbalance entre las clases sociales, el régimen de la propiedad y en el sistema de la libre competencia. Además, afirmaban que la forma más eficaz de combatirla era promoviendo la lucha de clases sociales entre la dictadura y el proletariado.
Otro pensamiento criminológico que parte
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