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La Filosofía Y La Filosofía Del Derecho


Enviado por   •  18 de Mayo de 2015  •  476 Palabras (2 Páginas)  •  128 Visitas

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2. LA FILOSOFIA Y LA FILOSOFIA DEL DERECHO.

Para comenzar nuestro estudio debemos dar un concepto que es la filosofía, así el diccionario de la Real Academia lo define como “conjunto de saberes que busca establecer, de manera racional, los principios más generales que organizan y orientan el conocimiento de la realidad, así como el sentido del obrar humano”

¿La afirmación de la autonomía disciplinaria de la filosofía del derecho con relación a otros discursos científicos puede obstaculizar en alguna forma la relación entre esta y la filosofía en general? De ser cierto, intentar relacionar distintos ámbitos del saber baja un fundamento epistemológico más determinable que determinado, supondría, como efecto necesario inferir un encuentro de sujeciones antes que de dialogo y comunicación recíproca. En tal caso, habría que enumerar las posibilidades de ver este problema. Una primera, interesada en considerar la filosofía de lo jurídico como una extensión del pensamiento filosófico general (relación de sujeción); y una segunda, por el contrario, preocupada por conservar la autonomía que debe mediar entre ambas, sin negación de las posibles aproximaciones que puedan presentarse entre una y otra en términos de comunicación entre disciplinas.

Bien vale aquí entrar al problema con las palabras de Naranjo

“Es obvio que la filosofía del derecho tiene unas profundas relaciones con la filosofía general y que recurre a ella, en el terreno de la lógica, para ordenar los juicios que la constituyen como ciencia, a la metafísica para precisar su objeto; a la sociología en multitud de ocasiones en que es preciso demostrar fenómenos de intencionalidad de la ciencia. Ahora bien, si se recurre a la filosofía general en demanda de un auxilio necesario para lograr sus objetivos, tiene con ella dimensiones distintas, maneras de postular y contenidos diferentes. La filosofía del derecho entra en el campo de la filosofía general a reclamar los principios sustanciales de toda filosofía, pero se diferencia de ella como la especie del género, por cuanto no es una total filosofía del ser sino una filosofía de lo jurídico”.

Sin embargo en el segundo de los enfoques acabados de señalar – el de la autonomía con su variante de la comunicación interdisciplinaria -, la filosofía del derecho no entra en el campo de la filosofía general para “reclamar los principios sustanciales de toda filosofía” – como afirmo Abel Naranjo en la cita anterior –. Por el contrario, la iusfilosofia ingresa con el ánimo de confrontar, enfoques disciplinarios con respecto de las diferencias que a una y a otra identifican, y en mérito de las cuales se hace posible su interacción. De esta manera, el campo adscrito a la iusfilosofia lo delimita aquello que tiene relación directa con el derecho entendido.

“No en cuanto particularidad, es decir, como derecho especificado en

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