La axiología jurídica
Enviado por Anapau Herrera • 10 de Septiembre de 2015 • Tarea • 2.548 Palabras (11 Páginas) • 198 Visitas
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Universidad Juárez del Estado de Durango
Facultad de Derecho y Ciencias Políticas
Nombre del tema:
La axiología jurídica
Nombre del alumno:
Anapaula Herrera Barraza
Nombre de la maestra:
Dra. Beatriz Ceceña Solís
Lugar y Fecha:
Durango, Dgo., a 28 de Agosto del 2015
Contenido
Introducción
La axiología jurídica
1. Teoría de los valores
a) Teoría subjetivista:
b) Teoría objetivista:
c) Teoría del relacionalismo axiológico:
2. Valores en el derecho
Conclusión
Bibliografía…...
Introducción
Este trabajo trata sobre la axiología jurídica, en donde se nos habla de los valores, la ética, la moral, la filosofía jurídica, etc. Debido a que se relacionan unos con otros y no pueden ser analizados independientemente unos de otros.
La axiología jurídica es uno de los fragmentos más importantes que tiene el ordenamiento jurídico, ya que ella es la rama de la filosofía del Derecho que trata el problema de los valores, es decir, que se tiene en cuenta cuáles son los valores que harán ideal un modelo de derecho o que participan a la hora de elaborar o aplicar el derecho.
Los profesionistas que se relacionan con la justicia, son los que en su quehacer diario aplican el uso de la axiología jurídica y en donde se demuestra que la a formación de valores de una sociedad va a determinar la proyección de su sistema de derecho.
La axiología jurídica
Teoría de los valores
El derecho promueve valores, particularmente los de justicia, seguridad jurídica, bien común, libertad, igualdad, paz social, orden y solidaridad, entre otros
La axiología define a estos como cualidades de un depositario. Al continuar con las definiciones, los valores se establecen también como una “cualidad estructural surgida de la reacción de un sujeto frente a propiedades que se hallan en un objeto. Asimismo, son “virtudes, categorías, esencias, cualidades, o aspiraciones típicamente humanas”, por ser el hombre “el único que busca, entiende, intuye, descubre y disfruta los valores”
En relación con la naturaleza de los valores, existen diversas teorías cuyo propósito es desentrañar ese aspecto, entre las que destacan las siguientes:
- Teoría subjetivista:
Es la primera en aparecer y en ella destaca Alexius Meinong quien define el valor como un estado subjetivo de orden sentimental que mantiene una referencia al objeto por medio del juicio existencial. Antes de Meinong, H. Lotze definió a los valores como “algo libre de realidad. Asimismo, Ortega y Gasset, decía que las cosas no son por sí mismas valiosas, sino que su valor se origina en una apreciación previa, que constituye una concesión de dignidad y rango que hace el sujeto de ésta. Por su parte, Christian Von Ehrenfels afirma que un objeto es valioso cuando lo deseamos. Esta doctrina subjetivista se divide en dos variantes, la individualista y la social. En la primera la existencia de los valores depende de la valoración individual, y en la segunda, s considera valioso lo que la sociedad considera como tal.
- Teoría objetivista:
Ésta plantea que los valores son independientes a los depositarios. Nicolai Hartman y Max Scheler, dicen que los valores existen entre sí, y por sí, independientemente de todo acto de estimación o de conocimiento al concebirlos como esencias.
- Teoría del relacionalismo axiológico:
En ella se enfatiza el ser real de los valores, el cual resulta de los nexos esenciales que lo unen con las cosas o personas, las cuales conllevan una pluralidad de relaciones en las que el valor es sólo una de ellas. Según esta doctrina, los valores están en conexión esencial con un sujeto, como la salud, fuerza, honradez, valentía, o con una cosa, como la utilidad o la belleza.
Los valores siempre están vinculados a los órdenes normativos por medio de los cuales se promueven, ya que constituyen la finalidad de estos.
Valores en el derecho
Los valores en el derecho, son promovidos por los órdenes normativos que en el caso del sistema jurídico son: justicia, seguridad jurídica, bien común, libertad, igualdad, paz social y medios procesales para hacerlos efectivos, denominados valores instrumentales.
Uno de los valores fundamentales es Justicia que se ha desarrollado con dos acepciones con alcance y expresión; en la primera se le concibe como el principal criterio ideal del derecho e idea básica sobre la que debe inspirarse éste y en la segunda, como virtud universal en la que se comprenden todas las demás.
Platón decía que la justicia era “dar a cada cual aquello que se le debe”. Para Aristóteles, era la “cualidad por la cual se llama justo al que obra lo justo por elección y que sabe distribuir entre él y otro, lo mismo que entre dos extraños, no de modo que le toque a él más y a su prójimo menos si la cosa es deseable y al contrario si es nociva, sino a cada uno lo proporcionalmente igual y lo mismo, cuando distribuye entre dos extraños”. Aristóteles divide a ésta en universal y particular. La primera a la que llama también virtud entera, se manifiesta en las relaciones de las personas entre sí. La segunda, a su vez la clasifica en distributiva que es la distribución de honores, cargas, riquezas y demás cosas repartibles entre los integrantes de la sociedad, de acuerdo con sus merecimientos, por su parte, la rectificadora pretende compensar el daño indebido provocado por una persona a otra y finalmente la retributiva o igualadora que exige equivalencia en los actos contractuales.
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