La escuela de la exégesis jurídica
Enviado por ciromarrero • 10 de Marzo de 2014 • Ensayo • 1.312 Palabras (6 Páginas) • 1.067 Visitas
3.4 La escuela de la exégesis jurídica
Recibe este nombre la escuela que surgió en Francia a raíz de la preocupación de los juristas por estudiar y comentar la codificación napoleónica de principios del siglo pasado. La inquietud era buscar en los textos de la codificación mediante razonamientos lógicos, especialmente basados en el análisis, la solución a cualquier tipo de problema que la práctica jurídica pudiera presentar. Asi, el método exegético propuesto se vincula con el principio que postula que la norma jurídica contempla todos los casos que puedan derivarse de su letra, de sus palabras.
Se denomina exegética la acción desarrollada por los juristas que realizan una labor de interpretación y explicación de texto, en este caso, legales. La empresa codificadora se desentendió del ideario iusnaturalista que contribuyó al triunfo de la Revolución francesa y redujo sus esfuerzos jurídicos a los simples comentarios interpretativos de sus textos.
Esta escuela, que se desarrolló primero en Francia y se extendió luego a otros países europeos y americanos durante el siglo XIX, sostiene que el derecho es la ley escrita, que en ella se manifiesta todo el derecho. Las características de esta corriente epistemológica jurídica son las siguientes: 1. Culto al texto legal, lo que implica que el jurista debe circunscribir todas sus consideraciones a la ley; 2. Estimar que las leyes son perfectas y completas y completas, razón por la que no hay margen de arbitrio para el intérprete; 3. desconocimiento del papel de la costumbre; 4. Rechazo a cualquier intento de labor creadora por parte del juez ( ya que éste debe limitarse, mediante vías de carácter deductivo, a aplicar el derecho que está en la ley). En este sentido, la expresión de DANTÓN, uno de los representantes de esta escuela, es por demás evidente: “el juez es el siervo de la ley’’.
Enrique AFTALIÓN y José VILANOVA semana que la escuela de exégesis muestra el principio iuspositivista con la forma de un positivismo avalorativo, estatal y legalista: positivismo avalorativo porque para ello no hay más derecho que el que se encarna en la ley, considera como un hecho o suceso, con criterio crudamente naturalista; positivismo estatal, porque considera que el derecho positivo emana del Estado; positivismo legalista porque el Estado establece el derecho positivo mediante una sola vía o fuente: la ley. Estos autores puntualizan que entre los graves defectos de esta escuela están la inmovilidad social que acarrea y el descuido de los aportes valiosos de la jurisprudencia. Por juzgar que el intérprete se arrogaría atribuciones que le corresponden al legislador si intentara crear o elaborar el derecho, la tarea de éste se halla limitada por esta escuela a dos funciones: extraer las consecuencias que, por necesidad lógica, están inmersas en los textos legales, en las palabras de la ley y, en caso de que sean oscuras, buscar la intención del legislador, realizar una labor reconstructiva, lo más fiel posible, del pensamiento de éste.
La exégesis parte, pues de la letra de la ley para establecer una serie de raciocinios o silogismos [sic], basados en los tres principios fundamentales de la lógica formal: el de identidad, el de contradicción y el tertium non datur […] En cuanto al postulado básico de la doctrina de la exégesis, es evidentemente falso por la simple razón que ya dio Aristóteles, al señalar que la ley, por muy detallista que sea, ni el legislador, por mucho que prevea, no puede tener en cuenta toda la mutabilidad de la vida, toda la enorme variedad de sus casos, siempre habrá una serie de supuestos que, aun cuando parezcan comprendidos en la letra de la ley, no están en su espíritu, porque el legislador ni los previó ni los pudo prever […] Sin duda, la letra de la ley ha de servirnos para entender, para comprender cuál es el contenido de su norma. Pero no puede llevarnos hasta aceptar un resultado que sea absurdo, que repugne a la naturaleza de las cosas o que no corresponda a la finalidad para la cual la ley fue elaborada.
Como representantes de esta escuela están
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