La juriprudencia
Enviado por jeancarlos1988 • 18 de Noviembre de 2012 • Informe • 662 Palabras (3 Páginas) • 482 Visitas
La juriprudencia
La jurisprudencia es la ciencia del derecho, tanto público como privado y el juriconsulto romano del siglo III,Domicio Ulpiano ("Reglas de Ulpiano", Madrid, M. de J., 1946), define la jurisprudencia del siguiente modo: una justa noticia de las cosas divinas y humanas y una ciencia de lo justo y de lo injusto.
En Roma la calidad de legislador no fue confundida como en otras partes, con la del juriconsulto:
• La primera pertenecía a aquellos que gozaban del poder público
• La segunda pertenecía o se daba a aquellos ciudadnos que solo se ocupaban en el estudio y en la interpretación de las leyes
Los orígenes de la jurisprudencia romana los conocemos, en parte, gracias al discutido “enquiridion” o “manual” de historia del Derecho romano escrito por el jurista Pomponio, a mediados del siglo II d.C., con el que ciertamente se inauguró un modelo de literatura jurídica en el que ha de enmarcarse esta misma obra sobre juristas universales. En esta historia elemental, recogida en el título II del libro I del Digesto de Justiniano (D. 1.2.2.6), Pomponio afirma que de la llamada Ley de las XII Tablas manó el Derecho civil (lege duodecim tabularum ex his fluere coepit ius civile). De ahí que esta importante y peculiar ley de en torno al 450 a.C., que Tito Livio calificó como fons omnis publici privatique iuris (Livio 3.34.6), caída ya por tanto la monarquía (753 a.C.-509 a.C.) y en periodo de formación de la república, pueda ser -paradójicamente, pues los romanos no se caracterizan como legisladores- el más genuino punto de partida.
Pero hay fundamentos del ius civile más antiguos. En efecto, una tradición de los llamados posteriormente mores maiorum así como de las leyes regias recopiladas por el pontífice Sexto Papirio (ius Papirianum, cfr. Pomponio, D. 1.2.2.2: leges sine ordine latas in unum composuit) existen ya desde el siglo VI a.C. Estos mores maiorum son como la constitución no escrita de un pueblo, por lo que propiamente nunca fueron derogados, aunque sí adaptados a los nuevos modos de vida.
JURISPRUDENCIA ROMANA Y SISTEMAS JURÍDICOS ACTUALES
Después de la publicación de los códigos civiles puede considerarse realizada la tendencia práctica, o el mos italicus, de la actualización del derecho romano.
Los conceptos y principios romanos siguen viviendo en los códigos civiles y continúan aplicándose en la jurisprudencia y en la doctrina. Para establecer una sólida base de comparación entre los derechos nacionales debe partirse del origen romanístico
común como en la creación del nuevo derecho comunitario europeo, de preferente aplicación en la unión europea sobre los derechos nacionales internos, tienen además el efecto directo de su aplicabilidad por los tribunales comunitarios. Aunque en él el predominan las normas de derecho público; el derecho romano es una fuente
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