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Las obligaciones


Enviado por   •  4 de Octubre de 2013  •  Informe  •  484 Palabras (2 Páginas)  •  324 Visitas

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Las obligaciones

- Los padres han de proporcionar pensión a los hijos

- Entre cónyuges

- Los hijos a los padres y en casos excepcionales entre hermanos y parientes hasta el cuarto grado.

- Los alimentos comprenden: La comida, el vestido, la habitación, la atención médica, todos los gastos por embarazo y parto, la educación y en caso de personas con discapacidad, la habilitación y rehabilitación.

Tienen facultad de pedir alimentos en nombre de quién los necesita:

1. El que ejerce la patria potestad.

2. El que tenga bajo su guarda al que necesita alimentos.

3. El Tutor.

4. Los hermanos y demás parientes colaterales hasta el cuarto grado.

5. El que tenga bajo su cuidado al que necesita alimentos

6. El ministerio Público.

La pensión alimenticia puede suspenderse o terminar cuando:

- El que deba dar alimentos no tenga medios para cumplir con su obligación.

- El que recibe alimentos deje de necesitarlos. (Muerte, matrimonio u obtener empleo)

- El que recibe alimentos siendo mayor de edad, ejerza sobre el que le proporciona alimentos actos de violencia familiar o injurias.

- El que recibe la pensión alimenticia deje de estudiar o tenga algún vicio

- El que recibe alimentos abandone la casa del acreedor alimentista sin causa justificada.

Requisitos para pedir una pensión alimenticia

- Actas de nacimiento de sus hijos

- Acta de matrimonio en caso de que la cónyuge no tenga trabajo o se haya dedicado al hogar durante el matrimonio.

- Las necesidades del niño/a: a través de una lista con sus gastos de alimentación, educación, recreación, vivienda, salud, vestuario, movilización, luz, agua, gas, teléfono, etc.

- La capacidad económica y patrimonial del demandado: mediante liquidaciones de sueldo, declaración de impuesto a la renta, boletas de honorarios y antecedentes de su patrimonio

- Si se llega a ocultar las fuentes de ingreso o se presentan antecedentes falsos, habrá sanciones administrativas y penales.

En el caso de que la pensión alimenticia hijos no sea brindada de forma voluntaria por los padres, existen dos vías para reclamarla: extrajudicial, y judicial.

- Extrajudicial: Los progenitores pueden llegar a un acuerdo en cuanto al monto de la pensión alimenticia hijos, sin necesidad de acudir a un juez.

- Judicial: la justicia dispone de medidas para obligar a que se efectúe el pago de la pensión alimenticia hijos. Las mismas van desde una citación intimatoria, hasta la prisión

Los alimentos deben ser proporcionales a las posibilidades del que debe darlos y a las necesidades del que debe recibirlos

Deudor alimentario: persona que se niega a pagar su pensión alimenticia por más de 90 días

- El Registro Civil

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