Ley de Víctimas y Restitución de Tierras
Enviado por santocanson • 28 de Septiembre de 2013 • Síntesis • 685 Palabras (3 Páginas) • 346 Visitas
-Baldíos
Termino sustraído de la sentencia No. C-595/95, “Los baldíos son bienes públicos de la Nación catalogados dentro de la categoría de bienes fiscales adjudicables, en razón de que la Nación los conserva para adjudicarlos a quienes reúnan la totalidad de las exigencias establecidas en la ley”
Cita:
(sentencia No. C-595/95 http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/cc_sc_nf/1995/c-595_1995.html)
supernotariado tras consulta llega a la siguiente conclusión “Se denomina bien baldío al terreno urbano o rural sin edificar o cultivar que forma parte de los bienes del Estado porque se encuentra dentro de los límites territoriales y carece de otro dueño”
(https://www.supernotariado.gov.co/supernotariado/index.php?option=com_content&view=article&id=1407:terrenos-baldios&)
-Titulos colectivos
-Accion o proceso de restitución
La ley 1448 de 2011, conocida como Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, en su título IV capítulo II, crea un procedimiento legal para restituir y formalizar la tierra de las víctimas del despojo y abandono forzoso que se hubieren presentado desde el 1 de enero de 1991 con ocasión del conflicto armado interno. El procedimiento es mixto en cuanto se compone de una etapa administrativa (inscripción en el registro de tierras despojadas) y de un recurso judicial (acción de restitución).
la Ley crea Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas la cual llevará, a nombre de las víctimas, las solicitudes o demandas de restitución ante los Jueces y/o Magistrados de Restitución de Tierras y, en el caso que no sea posible la restitución, y previa orden judicial, compensará a la víctima y a los terceros de buena fe exenta de culpa. Para estos efectos, la Unidad contará con un Fondo a través del cual cumplirá sus funciones y las órdenes judiciales.
Este proceso de restitución de tierras despojadas y abandonadas se hace bajo los postulados de la justicia transicional, los cuales buscan que la sociedad colombiana pase de un contexto de violencia a uno de paz con una democracia vigorosa e incluyente. Generar las condiciones para el uso, goce y disposición de los derechos sobre la tierra es un buen paso para ello.
(http://restituciondetierras.gov.co/?action=article&id=4)
-Unidad agrícola familiar
ICODER establece que “Es la empresa básica de producción agrícola, pecuaria, acuícola o forestal, cuya extensión permite, con su proyecto productivo y tecnología adecuada, generar como mínimo dos salarios mínimos legales mensuales vigentes. Además, permite a la familia remunerar su trabajo y disponer de un capital que contribuya a la formación de su patrimonio.”
http://www.incoder.gov.co/contenido/contenido.aspx?catID=2195&conID=1663
La Ley 160 de 1994 define la UAF como
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