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Los estados son miembros de la comunidad internacional, cada estado tiene una multiplicidad inenarrable de atribuciones, las atribuciones son los derechos y obligaciones que tienden a la satisfacción de las necesidades colectivas.


Enviado por   •  24 de Septiembre de 2016  •  Tarea  •  1.067 Palabras (5 Páginas)  •  384 Visitas

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  1. CONSIDERACIONES GENERALES

Los estados son miembros de la comunidad internacional, cada estado tiene una multiplicidad inenarrable de atribuciones, las atribuciones son los derechos y obligaciones que tienden a la satisfacción de las necesidades colectivas.

  • especialidad: Una especialidad está constituida por el manejo de los asuntos externos del estado
  • Esferas:  existen varias esferas de competencia del estado para el desempeño de sus atribuciones, A cada esfera de competencia del estado se le denomina “Órgano del estado”

Órganos encargados de los asuntos internacionales son:

  • El jefe de estado
  • El secretario de Relaciones Exteriores
  • La Secretaria de Relaciones Exteriores
  • Los Agentes Diplomáticos
  • Los Agentes Consulares

2. EL JEFE DE ESTADO

Según las expresiones, El jefe es la cabeza, es el superior, es quien jerárquicamente está en el sitial más elevado. El jefe de estado, es el órgano del Estado que, jerárquicamente está en la posición más alta.  

Franz Von Liszt

 “Tiene la suprema representación internacional dentro de los límites impuestos por la constitución del estado” [pic 1]

Manuel J. Sierra

“El órgano supremo representativo del estado es el jefe de estado “

Los jefes de estado tienen diferentes denominaciones. Rey, Reyna, emperador, primer ministro, presidente del consejo de ministro, presidente de la Republica.

Funciones

  • Intervención directa en la asistencia a reuniones internacionales bilaterales o plurilaterales a nivel máximo.
  • Poseen la facultad de designar y remover libremente a los funcionarios representativos de sus países en el exterior (Embajadores, cónsules, delegados a conferencias internacionales, etc.)
  • Le corresponde el nombramiento y remoción libre del secretario del estado, encargado del manejo de los asuntos internacionales de su país.
  • suelen intervenir directamente en los asuntos internacionales en cuanto a que ellos son los encargados  frecuentemente de recibir las cartas credenciales de los embajadores de países acreditados en su país.

3. EL SECRETARIO DE RELACIONES EXTERIORES

El jefe de estado, conforme a la organización interna de su gobierno, cuanta con un grupo de auxiliares inmediato de una jerarquía relevante, denominados secretarios de estado  o Ministros, entre ellos el especializado en el manejo de los asuntos internacionales es el secretario de relaciones exteriores.         En el recae  el peso del manejo de los asuntos internacionales, así como la representación de todo el ministerio o Secretaria de relaciones exteriores.

Cualidades personales que debe de llenar este funcionario:

  • Ha de tener conocimientos profundos y no superficiales del derecho internacional, de la política internacional, de la diplomacia, de la economía nacional.
  • Ha de ser un hombre inteligente, de mentalidad ágil, de talento reconocido
  • Ha de tener la habilidad para negociar, para equilibrar las prestaciones y las contraprestaciones de los arreglos internacionales
  • Ha de tener una cultura que le permita desenvolverse con suficiente decoro en los círculos internacionales
  • Ha de poseer un alto concepto de la dignidad nacional para que los valores nacionales y los intereses nacionales queden debidamente salvaguardados

Funciones a desempeñar por el secretario de relaciones exteriores:

  • Dirige las relaciones internacionales de su país con los demás países del mundo
  • Suscribe los comunicados que se dirigen a otros países
  • Propone al jefe de estado las personas físicas que habrán de ocupar los cargos de agentes diplomáticos, de agentes consulares.
  • Refrenda los actos del jefe de estado en el manejo de los asuntos internacionales
  • Protege a los nacionales que se encuentran en el extranjero
  • Vigila permanentemente el giro de los acontecimientos relacionados con la situación del país en el mundo

4. EL JEFE DE ESTADO E EL DERECHO MEXICANO

El artículo 49 constitucional, establece la división de poderes. El supremo poder de la federación se divide en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

El poder ejecutivo está representado por un solo alto funcionario a quien se le denomina             “Presidente de los Estados Unidos Mexicanos”

Facultades que tiene el presidente de la república en materia internacional

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