Relación Ética Y Derecho
Enviado por Gonzachabur • 13 de Junio de 2014 • 1.541 Palabras (7 Páginas) • 242 Visitas
1. Planteamiento y metodología de trabajo.
¿Tiene el derecho, como norma judicial, un sentido obligatoriamente objetivo? Según Kelsen, y como nos explica Laporta (“Ética y derecho en el pensamiento contemporáneo” en Camps, “Historia de la ética”, 1989, p 227) existe un constante dilema respecto al sentido objetivo del derecho, porque si bien, el propio Kelsen le atribuye esta objetividad, no lo deja muy en claro, o no satisface a cabalidad con su respuesta al respecto.
Para lograr, entonces, un correcto análisis sobre el tema, es necesario ahondar en lo histórico del caso, y ver lo que ocurre a lo largo del tiempo, desde un punto de vista más práctico, es decir, lo que ocurre en la práctica, viendo casos que han ocurrido.
2. Análisis de hechos y fundamentación.
Al ser seres racionales, nos vemos obligados, muchas veces, a actuar bajo ciertos instintos propios, de los cuales no podemos negar. Esto es algo normal, pues ésta condición de racionalidad, nos otorga libertad al pensar, y a la vez, una cierta libertad de actuar. Decimos que una “cierta libertad” al actuar, porque nuestro comportar se ve regido por ciertas normas a cumplir, leyes emanadas por un órgano superior. Esto ya nos enfrenta al hecho de que pueda considerarse “subjetiva” la emanación de leyes, pues al depender de diferentes organizaciones (cada país posee instituciones independientes, y propias), se ven afectas al pensar propio de la sociedad que lo constituye. Y esto nos enmarca en el sentido más subjetivo de las leyes, pues se crean a partir de los requerimientos que posee cada sociedad, por lo cual son subjetivos en su origen, y en su fundamentación. Esto lo podemos sustentar dando un vistazo a lo ocurrido a lo largo de la historia, en diferentes países, pero también con diferentes épocas históricas. Para ambientarnos en ello, comenzaremos con lo que ocurría en antaño, durante la Edad media para ser más exactos. En aquella época histórica, tal como en la actualidad, era algo que solía ocurrir dentro de sociedades establecidas; el adulterio. Si bien es cierto, actualmente es un tema que no se atribuye a alguna falta judicial, y por lo tanto, no posee una mayor sanción, en pleno siglo XV tal acción era considerada como una falta horrible, y era juzgada, incluso, con pena de muerte. Esto durante mucho tiempo fue una ley irrevocable, pero al pasar del tiempo se fue conformando una manera de pensar diferente, hasta llegar a una actual sociedad, en donde no se considera una falta judicial, la infidelidad. Pero esto ocurre en el mundo occidental, propio, ya que aun en ciertas culturas orientales, ligadas al islamismo, el adulterio, por parte de las mujeres, es considerado una falta grave, que muchas veces llega a la cárcel. Entonces ahí demostramos que no sólo existe una temporalidad de las leyes jurídicas, pues si fuese así, en los tiempos modernos todas las sociedades tendrían igualdad en cuanto a leyes, pero vemos que no. Basándonos en ello, demostramos que, las leyes de acuerdo a su emanación, dependen del órgano que las establece, y son subjetivas de acuerdo a la forma ideológica de ésta institución encargada de dictarlas, teniendo cierta libertad casa establecimiento de redactar normas de acuerdo a su propia forma de pensar.
Claro está, que existen leyes que son igualitarias para todo habitante, por el simple hecho de ser seres racionales, como el derecho a la vida, primer derecho que se nos es propio, por el simple hecho de tener conciencia libre. Éste mandato, más que ser reglamentado, se nos es otorgado desde que obtenemos la vida como tal, pues es el impulso que nos gobierna. Todo se ambienta de acuerdo a esta máxima, todo ser, toda planta, animal o ser pensante tiene inculcado en sí, el amor por la vida. Por ello, se conoce y se sabe que el derecho a vivir es independiente de toda sociedad, pues se nos es propio. Ésta norma básica, es reglamentada en toda sociedad existente, pues es algo que no se ve afectado por una forma de pensar ajena, es algo global y compartido. Volviendo al tema original, vemos como la temporalidad es algo importante dentro de las normas judiciales. El paso del tiempo, y por ende, el cambio de manera de pensar de las personas, afecta importantemente la instauración de reglamentación judicial, pues el derecho es algo dinámico, y hay que adecuarse a ello. Pero esto se basa netamente en el origen de las leyes. Hasta el momento sólo hemos hablado de ello, el cómo se originan las leyes, y el sentido subjetivo de ésta.
Pero hay un
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