Teorias Generales Del Derecho
Enviado por careduosh • 4 de Marzo de 2014 • 520 Palabras (3 Páginas) • 252 Visitas
Métodos del conocimiento
Para el autor del libro: "el estudio de los métodos es una necesidad absoluta por cuanto no solo tenemos que aplicarlos a la realidad en cuyo estudio nos ocupamos, sino inclusive para determinar el campo que corresponde a esa ciencia o cualquiera que estudiemos" (Naranjo 1992). Es con este aparte que comienza el capítulo VI de su libro Filosofía del Derecho para destacar la importancia del método de estudio en las diferentes ciencias. Podría hablarse de una particularidad a una generalidad (inducción con la Mayéutica clásica) o viceversa (deducción con las ciencias naturales de la edad media), pero con las ciencias sociales surgen aún más métodos investigativos. Estos dos grande modelos de conocimiento nacen de una verdad.
Aunque también ha ganado terreno dentro de la filosofía, el método irracional o intuitivo, desarrollado por pensadores como Platón, Pitágoras y los padres de la Iglesia como San Agustín, pero el objeto de estudio no nace de una verdad sino de los sentidos que nos pueden llevar a una verdad por el grado de evidencia que se pueda establecer. Y dentro de este nuevo método se encuentra la subdivisión entre lo sensible, lo intelectual, lo espiritual y la intuición sensible dando así una gran importancia a la metafísica.
Es ahora que entramos a hablar de Derecho, con la entrada del método empírico-dialéctico y con los planteamientos de pensadores modernos como Hegel y Marx que le dan importancia y vigencia a este método dentro de la ciencia del Derecho. La filosofía antigua con Aristóteles a la cabeza plantea una inmanencia, pero Hegel concibe al mundo como un constante cambio. Gracias a Marx, hablamos de categorías de la praxis que habían sido desconocidas en la antigüedad de la filosofía; estos no son los únicos métodos que tiene el Derecho para su estudio, también está la ontología, el positivismo, el criticismo, y el racionalismo como lo explica Naranjo: Pero lo que en realidad nos atañe es cómo se relacionan estos métodos con la Filosofía del Derecho y a su vez con otras ciencias.
Es de entender que la filosofía del derecho estudia al derecho ya que es el objeto y entre ellos hay un maridaje, y el derecho es un fenómeno que no se puede estudiar como ley fija. Cada gran filósofo ha dado una idea parcial de lo que es el derecho y de cómo ésta repercute en la sociedad basando sus teorías en lo vivido en un lapso de tiempo específico, es esta la crítica que le hace el autor Miguel Villoro en el libro de TGD, donde expresa: "Las teorías parciales sobre el derecho (aquellas que sólo toman al "Derecho" una parte del mismo o aquellas que, tomándolo en su integridad, sólo quieren estudiarlo bajo una perspectiva limitada"1 . Aclarando esto, dice también, que no es que la TGD dé la espalda a la Filosofía del derecho, por el contrario dice que es necesaria para que nazca,
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