Teoría De Los Tres círculos
Enviado por flavioestrada • 14 de Septiembre de 2014 • 207 Palabras (1 Páginas) • 417 Visitas
1. Derecho formalmente válido, sin positividad ni valor intrínseco. Un precepto legal, expedido de acuerdo con todos los requisitos formales que la Constitución establece, es derecho vigente, aun cuando sea injusto y no sea cumplido ni aplicado.
2. Derecho intrínsecamente valioso, dotado además de vigencia o validez formal, pero carente de positividad. Es el caso de normas legales justas, que no son cumplidas por los particulares ni aplicadas por el poder público.
3. Derecho intrínsecamente válido, no reconocido por la autoridad política y desprovista de eficacia. Según la teoría romano-canónica tampoco son derecho, pues no gozan de vigencia social. Siendo principios objetivamente válidos, no sancionados por el poder público ni provistos de eficacia, resulta imposible clasificarlos como imperativos o mandatos.
4. Derecho formalmente válido, sin valor intrínseco pero provisto de facticidad. Se presenta cuando una ley o costumbre (oficialmente reconocida), son injustas. De acuerdo a la a la teoría romano-canónica es un derecho auténtico, sea cual fuere el valor de su contenido.
5. Derecho positivo, formal e intrínsecamente válido. Constituye una aspiración del autor de la ley, reclama un sometimiento incondicional y formula los preceptos legales de manera imperativa.
6. Derecho intrínsecamente válido, positivo, pero sin validez formal.
7. Derecho positivo (consuetudinario), sin vigencia formal ni validez intrínseca. Tiene una vigencia puramente social no reconocida por el poder público.
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