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Una pareja de lesbianas


Enviado por   •  17 de Noviembre de 2013  •  Informe  •  335 Palabras (2 Páginas)  •  309 Visitas

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Una pareja de lesbianas demandó penalmente al Registro Civil y al secretario del Ayuntamiento de Tulum por impedirles contraer matrimonio

El Juzgado Cuarto de Distrito en Cancún impondrá una multa al Registro Civil de Tulum por omitir rendir el informe que le fue solicitado sobre la demanda de amparo por discriminación sexual promovida en su contra por Airali y Molly, dos jóvenes a las que se les niega la posibilidad de casarse, aunque la ley no prohíba el matrimonio entre personas del mismo sexo en Quintana Roo.

La pareja acudió el viernes pasado al Juzgado Cuarto de Distrito, como parte de una audiencia constitucional programada para que oficiales del Registro Civil de Tulum dieran cuenta de los argumentos legales para negarse a oficializar el matrimonio de las dos jóvenes nacidas en Nueva Rosita, Coahuila y Tenesse, en Estados Unidos.

La demanda de amparo tiene el número de expediente 1164/2013 y reclama la "negación del derecho a contraer matrimonio", en perjuicio de Airali Fuentes Martínez y Molly Ann Sturdevant.

La audiencia se suspendió debido a la inasistencia de representantes del Registro Civil, a cargo de Abigail del Rosario Balam Hau, quien se niega a casarlas bajo el argumento de que los formatos que poseen, no dicen "mujer-mujer".

"La fecha de la audiencia constitucional se difirió para el 30 de septiembre; el juez federal impondrá una multa correspondiente al Registro Civil, por no rendir su informe.

"Anteriormente ellos han argumentado que por ausencia del formato, no las pueden casar, lo cual legalmente no existe, entonces es evidente que están cometiendo un acto de discriminación por las preferencias sexuales de mis representadas", informó el abogado de la pareja, Fernando Rodríguez.

El abogado indicó que la inexistencia de formatos con esas características no constituye un impedimento legal para negarse a casarlas, ya que cumplen con todos los requisitos establecidos en el artículo 680 del Código Civil vigente.

Por el contrario, aseguró que la respuesta del Registro Civil demandado es un acto de discriminación que violenta los derechos de la pareja.

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