Asesora al Administrador de Contrato
Enviado por FRAN_CHESCA • 8 de Noviembre de 2014 • 811 Palabras (4 Páginas) • 333 Visitas
• Asesora al Administrador de Contrato en la aplicación del presente procedimiento.
• Mantiene una copia de la Lista de Verificación asociada a la Reunión de Arranque.
• Indica en el respectivo Libro de Obra las desviaciones asociadas a la suspensión temporal del inicio de actividades por incumplimiento a requisitos establecidos en la Lista de Verificación de la Reunión de Arranque.
• Vela que el contratista cumpla con el presente procedimiento a cabalidad.
• Informa al Departamento Gestión de Riesgo, cada vez, que una Empresa Contratista o Subcontratista no inicie el contrato por desviaciones encontradas en la Reunión de Arranque.
2.4. Administrador de Contrato Empresa Colaboradora
El Administrador de Contratos de la Empresa Contratista tiene como responsabilidad
• Mantiene la evidencia objetiva del cumplimiento o conformidad de cada uno de los puntos de la Reunión de Arranque .
• Coordina y programa en conjunto con el Administrador de Contratos de la División, una nueva revisión ante desviaciones encontradas en la Reunión de Arranque.
• Otorga recursos y facilidades para la aplicabilidad de este procedimiento.
2.5. Experto en Prevención de Riesgos de la Empresa Contratista
El Experto en Prevención de Riesgos de la Empresa Contratista tiene como responsabilidad:
• Asesora al Administrador de Contrato en la aplicación del presente procedimiento.
• Prepara toda la documentación de respaldo de la Reunión de Arranque
• Mantiene el original de la Reunión de Arranque en las carpetas establecidas del Sistema de de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
• Entrega una copia de la documentación de la Reunión de Arranque al Asesor de Gestión de Riesgo de la respectiva Gerencia.
3. EQUIPOS Y MATERIALES
• Computadora
• Impresora
4. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD
4.1 Definiciones
Autorización Jornada de Trabajo: Documento autorizado por la Dirección del trabajo de acuerdo al Código del Trabajo, modificado por la Ley Nº 19.759, de fecha 5 de Octubre de 2001, establece que “La duración de la jornada ordinaria de trabajo no excederá de cuarenta y cinco horas semanales”.
Carta Inicio Actividades Sernageomin: Toda empresa minera que inicie o reinicie obras o actividades, deberá previamente informarlo por escrito al Servicio Sernageomin, señalando su ubicación, coordenadas UTM., el nombre del propietario, del Representante Legal, y del Experto o Monitor de Seguridad si procediera, indicando su número de registro y categoría, a lo menos con quince (15) días de anticipación al inicio de los trabajos.
Carta Inicio Actividades Seremi Salud: Toda empresa minera que inicie o reinicie obras o actividades, deberá previamente informarlo por escrito al Seremi de Salud, de acuerdo a la Resolución Nº 3982 del 16.09.2004.
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