Comisión de las Naciones Unidas para el derecho mercantil internacional
Enviado por caomico • 11 de Marzo de 2012 • Informe • 683 Palabras (3 Páginas) • 1.530 Visitas
Comisión de las Naciones Unidas para el derecho mercantil internacional
¿Qué es?
Es el Principal órgano jurídico del sistema de las Naciones Unidas en el ámbito del derecho mercantil internacional. Órgano jurídico de composición universal, dedicado a la reforma de la legislación mercantil a nivel mundial durante más de 40 años. La función de la CNUDMI consiste en modernizar y armonizar las reglas del comercio internacional.
La CNUDMI formula normas modernas, equitativas y armonizadas para regular las operaciones comerciales. Sus actividades son principalmente las siguientes:
• La elaboración de convenios, leyes modelo y normas aceptables a escala mundial
• La preparación de guías jurídicas y legislativas y la formulación de recomendaciones de gran valor práctico
• La presentación de información actualizada sobre jurisprudencia referente a los instrumentos y normas de derecho mercantil uniforme y sobre su incorporación al derecho interno
• La prestación de asistencia técnica en proyectos de reforma de la legislación
• La organización de seminarios regionales y nacionales sobre derecho mercantil uniforme
La labor de la CNUDMI se organiza y se desarrolla a tres niveles. El primer nivel corresponde a la CNUDMI en sí, a menudo denominada la Comisión, que celebra un período anual de sesiones plenarias. El segundo nivel corresponde a los grupos intergubernamentales de trabajo que, en gran medida, desarrollan los temas relativos al programa de trabajo de la CNUDMI, mientras que el tercer nivel está constituido por la secretaría, que presta asistencia a la Comisión y a sus grupos de trabajo en la preparación y realización de sus respectivas labores.
A qué se dedica?
La labor de la CNUDMI se organiza y se desarrolla a tres niveles. El primer nivel corresponde a la CNUDMI en sí, a menudo denominada la Comisión, que celebra un período anual de sesiones plenarias. El segundo nivel corresponde a los grupos intergubernamentales de trabajo que, en gran medida, desarrollan los temas relativos al programa de trabajo de la CNUDMI, mientras que el tercer nivel está constituido por la secretaría, que presta asistencia a la Comisión y a sus grupos de trabajo en la preparación y realización de sus respectivas labores.
La CNUDMI lleva a cabo su labor en los períodos de sesiones anuales que se celebran de manera alterna un año en Nueva York y otro en Viena7. La labor desarrollada en estos períodos de sesiones habitualmente consiste en la conclusión y adopción de los proyectos de texto que los grupos de trabajo remiten a la Comisión; el examen de los informes sobre la marcha de la labor de los grupos de trabajo relativa a sus respectivos proyectos; la selección de los temas que los grupos podrían abordar en su labor futura o que podrían seguir investigando; la presentación de informes sobre las actividades
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