Corte Suprema del Caribe Oriental
Enviado por Alvaro Yrrizarry Solano • 28 de Febrero de 2016 • Trabajo • 1.055 Palabras (5 Páginas) • 524 Visitas
Corte Suprema del Caribe Oriental
El Tribunal Supremo del Caribe Oriental fue establecido en 1967 por la Corte Suprema de los Estados Asociados de las Antillas la Orden Nº 223 de 1967. Se trata de un tribunal superior de registro de nueve Estados miembros, seis independiente a saber, Antigua y Barbuda, Dominica, Granada, Santa Cristóbal-Nevis, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas y tres británicos de ultramar Territorios a saber, Anguila, las Islas Vírgenes Británicas y Montserrat.
FUNCIONES Y COMPETENCIAS
El Tribunal Supremo del Caribe Oriental tiene jurisdicción ilimitada en los Estados miembros, de conformidad con las respectivas Actas de la Corte Suprema. El artículo 17 de la Orden de Tribunales faculta al Presidente del Tribunal Supremo y dos jueces de la Corte Suprema, elegidos por el Presidente del Tribunal Supremo, para que las reglas de la corte para la regulación de la práctica y el procedimiento del Tribunal de Apelaciones y el Tribunal Supremo. Además,
la legislación nacional de los países atendidos por el Tribunal confiere
autoridad la elaboración de normas en el Presidente del Tribunal Supremo en relación con asuntos fuera de la Corte de Apelaciones y el Tribunal Supremo.
COMPOSICIÓN
El Tribunal Supremo del Caribe Oriental está compuesto por el Presidente del Tribunal Supremo, que es el presidente de la Magistratura, tres (3) Jueces de Apelación, trece (13) Altos Magistrados de la Corte y dos (2) Masters. Nombramientos judiciales excepto la del Presidente del Tribunal Supremo, que es nombrado por Su Majestad, son hechas por el Judicial y la Comisión de Servicios Legales
Para calificar para el nombramiento de un Juez de Apelación, una persona debe ser o haber sido un juez de un tribunal de jurisdicción ilimitada en materia civil y penal en alguna parte de la Comunidad o de un tribunal con jurisdicción en las apelaciones de ese tribunal por un total de por lo menos cinco años o una persona que está calificada para ejercer como abogado en un tribunal de este tipo y lo ha practicado por un total de al menos quince años.
Para calificar para el nombramiento de un juez del Tribunal Superior, una persona debe ser o haber sido un juez de un tribunal de jurisdicción ilimitada en materia civil y penal en alguna parte de la Comunidad o de un tribunal con jurisdicción en las apelaciones de ese tribunal, o de una persona que esté calificado para ejercer la profesión de abogado en un tribunal de este tipo y lo ha practicado durante un total de por lo menos diez años.
Para calificar para el nombramiento como Maestro, una persona debe estar calificado para ejercer como abogado y así ha practicado por un total de al menos diez años en un tribunal de jurisdicción ilimitada en materia civil y penal en alguna parte de la Comunidad o de un tribunal con jurisdicción en las apelaciones de ese tribunal.
Prinicipales retos de la OECO
Entre otros propósitos de la OECO/OECS, está el de apoyar a los Estados miembros, para que puedan responder a los retos multifacéticos, representados por los rápidos cambios del entorno internacional, caracterizados por la globalización y la liberalización del comercio; lo que equivale a retos y amenazas a la estabilidad económica y social de los Pequeños Estados Insulares. Por ello se trata de identificar acciones conjuntas y coordinadas, para el avance económico y social de sus Estados miembros.
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