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Enviado por   •  24 de Julio de 2014  •  705 Palabras (3 Páginas)  •  256 Visitas

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SUMILLA: SOLICITA BONIFICACION POR EVALUACION

Y PREPARACION DE CLASES

SEÑOR DIRECTOR REGIONAL DE EDUCACION DE UCAYALI

Yo, PATRICIA ANGELICA GUTIERREZ FLORES, Identificada con DNI Nº 00101714, señalando domicilio legal en el Jr. Rio Santiago N° 198, Distrito de calleria, a Ud., respetuosamente digo:

I. PETITORIO.

1. Se abone la Bonificación Especial Por preparación de Clases en base al 30% de la remuneración total o integra así como los reintegros correspondientes desde el Abril de 1993, con deducción de lo percibido.

2. Se establezca como remuneración permanente y subsecuentemente se concluya la Bonificación, en forma mensual en las boletas de pago en base al 30% la Remuneración Total o Integra.

II. FUNDAMENTOS DEL HECHO

PRIMERO: Que, mediante Ley Nº 24029, Ley del Profesorado, se establecen en su articulo 48º Que, El Profesor tiene derecho a percibir una BONIFICACION ESPECIAL Mensual por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% de su REMUNERACION TOTAL. Así mismo el Personal Directivo y Jerárquico, así como el personal Docente de la Administración de la Educación, así como el personal Docente de Educación Superior incluidos en la presente Ley; perciben además, una bonificación adicional al desempeño del cargo por preparación de documentos de gestión equivalente al 5% de su remuneración total, dispositivo legal concordante con el Art. 208º literal b) y 210º del Decreto Supremo Nº 019-90-ED, reglamento de la Ley del Profesorado y el Art. 53º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases y de Remuneraciones del Sector Publico.

SEGUNDO: Que, La Administrada PATRICIA ANGELICA GUTIERREZ FLORES, se desempeñó como docente CONTRATADA desde abril de 1993 y viene laborando en calidad de NOMBRADA desde el 1 de marzo del 2001 hasta la actualidad, según RDD Nº de fecha 14 de Abril de 1986 encontrándose dentro de los alcances de la precitada ley.

TERCERO: Que, el recurrente desde la dación de la Ley, viene percibiendo dicho beneficio en monto diminuto, pues la Administración Educativa a incurrido en error al hacer el calculo del beneficio en mención en función a la Remuneración Total Permanente y no como establece la Ley del Profesorado, que dicho calculo debe efectuarse en función a la Remuneración Total o integra.

CUARTO: En tanto es de considerar que el pago de tal asignación es el producto de la aplicación incorrecta de la norma correspondiente, hago extensiva mi petición a su superior despacho para que se ORDENE al Área correspondiente OTORGARME EL Reintegro por BONIFICACION DE EVALUACION Y PREPARACION DE CLASES en Base al 30% de la Remuneración Total o Integra, dejados de percibir desde la dación de la Ley hasta la actualidad, con deducción de lo percibido. Así mismo SE INCLUYA el referido

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