123 La Casa
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR
COLEGIO UNIVERSITARIO DE ADMINISTRACIÓN Y MERCADEO
Cagua-Edo. Aragua.
Informe Escrito.
Profesora: Alumnos:
Angie Suarez. Joel Morillo C.I:26.003.104.
Kisbeily Solorzano C.I
Adm.Aduanas.
2013-07-12.
Índice.
Sujeto Y Objeto del Derecho………………………………………....Pag03-04.
Sujetos del Derecho………………………………………………......Pag05.
Ejemplos Sujeto de Pasivo y Activo………………………………….Pag06.
Objetos del Derecho…………………………………………………..Pag07.
Conclusión…………………………………………………………….Pag08.
Bibliografia……………………………………………………………Pag09.
Sujeto Y Objeto del Derecho.
1. Los sujetos de Derecho
1.1 Noción: Pueden definirse como los seres capaces de ejercer derechos y contraer obligaciones, asimismo se distinguen en dos tipos de personas, personas naturales y personas jurídicas. La capacidad para ser titular de Derecho se llama capacidad jurídica y la tiene todo ser humano desde que nace y reúne los requisitos exigidos por el Código Civil.
Por eso, desde el punto de vista jurídico, a la persona humana se le llama sujeto, ya se la considera como sometido a las normas jurídicas o como titular de las facultades o poderes q las normas jurídicas le conceden para utilizar o poner en ejercicio los derechos que por pertenecerle a él se llaman derechos subjetivos.
Es de advertir que el derecho no contempla al hombre únicamente como ser biológico, si no también y principalmente como ser espiritual, dotado de entendimiento y voluntad, es decir racional libre y capaz de autoodeterminarse, responsable de sus propios actos y de su perfeccionamiento, dueño de su propio destino.
2. Clases de Sujeto de Derecho:
2. 1 Persona Natural Es el individuo, el ser humano, sin distinción de género, raza o posición social, el cual desde el momento mismo de su concepción adquiere la capacidad de goce y por consecuencia tiene derecho a la protección que el Estado le brinda a través del Derecho.
La persona natural, como ser capaz de tener derechos y obligaciones, es la categoría más general y abarcadora de las que analizamos, pues engloba a todo ser humano por el simple hecho de serlo, y además, porque partiendo de esta categoría se derivan las demás, es decir, si no se es persona, irremediablemente no se tendrá personalidad, ni capacidad, y por tanto no se será sujeto de derecho.
2.2 Persona Jurídica Se llama persona jurídica a una persona ficticia, capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones, y de ser representada judicial y extrajudicialmente. Las personas jurídicas tienen en su historia varios nombres y han atravesado por diversas etapas, bien sean estas teóricas o prácticas. El nacimiento de esta institución tiene lugar en Roma, y específicamente en el derecho romano, donde los primeros Peritos y Pretores le dan nacimiento jurídico a una institución que sin saber perduraría por decenas de siglos y aún dos mil años después seguiría hablándose de esta y perfeccionándose en el sistema jurídico.
Existen diversas clasificaciones de las personas jurídicas, entre las cuales destaca la que clasifica a las mismas en personas jurídicas de derecho privado y personas jurídicas de derecho público.
Sujeto del derecho.
Existen diversidad de definiciones referente a lo que es sujeto de derecho, expresada por una diversidad de autores en sus distintas obras, tal es el caso de NARANJO (s.f.), el cual infiere:
El sujeto de derecho es todo ente capaz de ser titular de deberes y derechos. Debe entenderse este concepto en relación a la capacidad jurídica que es la medida de la aptitud que tiene el sujeto para ser titular de obligaciones y derechos (p.167)
En otro orden de ideas EGAÑA (1.984), realiza una afirmación importante con respecto al Sujeto De Derecho en su obra reseñada a continuación:
Sujeto de derecho no pueden ser sino las personas jurídicas, y de allí que haya una identidad entre ambos conceptos... sujeto de derecho es lo mismo que persona jurídica... puede decirse que son todos aquellos sujetos capaces de derecho y obligaciones... (P.p. 189 -190)
El tema de lo que es persona y personalidad así como sujeto de derecho, es una generalidad tratada muy bien por los especialistas en el campo de lo civil, por lo que se hace referencia a lo que en esta materia de civil, y más específicamente en lo que es sujeto de derecho y su definición expresa el autor AGUILAR
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