SUJETOS DEL DERECHO
Enviado por juirlfkkhhv • 15 de Mayo de 2013 • 2.270 Palabras (10 Páginas) • 288 Visitas
INTRODUCCIÓN
Cuando se habla de introducción al derecho, se está haciendo referencia a una de las cátedras que son fundamentales en la formación de un futuro abogado, ya que dicha cátedra es la base fundamental de cada una de las posteriores disciplinas que verá el estudiante en su formación, tanto es así que en dicha cátedra se puede encontrar temas que son inherentes al Derecho Civil, Mercantil, e incluso se hace reseña del Derecho Romano, de allí radica la importancia de tal cátedra.
Uno de los contenidos que acata dicha asignatura es el tema de Sujeto de Derecho, como se debe ya conocer el hombre por naturaleza vive y se desenvuelve en sociedad, y desde el mismo momento en que nace se convierte en un ente susceptible de tener deberes y derechos, por lo que se convierte en una especie de sujeto de derecho, pero este tópico es lo suficientemente amplio como para extenderse y no terminar jamás.
En cuanto a la investigación está es de tipo monográfica y se basa el definir lo que es el sujeto de derecho, hacer una breve reseña de la clasificación, así como dar ejemplos que sean inherentes al tópico y que vayan ligado con la realidad, distinguiendo al sujeto de derecho pasivo y al sujeto de derecho activo.
La investigación monográfica, tiene como finalidad, cumplir con uno de los métodos evaluativos recomendados por el tutor y afianzar los conocimientos anteriormente adquiridos y permitir al estudiante al finalizar la misma poder distinguir los tipos de Sujeto de Derecho que existen y que aspectos marcan la diferencia entre uno y otro.
SUJETO DE DERECHO
Definición
Existen diversidad de definiciones referente a lo que es sujeto
de derecho, expresada por una diversidad de autores en sus distintas obras, tal es el caso de NARANJO (s.f.), el cual infiere:
El sujeto de derecho es todo ente capaz de ser titular de deberes y derechos. Debe entenderse este concepto en relación a la capacidad jurídica que es la medida de la aptitud que tiene el sujeto para ser titular de obligaciones y derechos (p.167)
En otro orden de ideas EGAÑA (1.984), realiza una afirmación importante con respecto al Sujeto De Derecho en su obra reseñada a continuación:
Sujeto de derecho no pueden ser sino las personas jurídicas, y de allí que haya una identidad entre ambos conceptos ... sujeto de derecho es lo mismo que persona jurídica ... puede decirse que son todos aquellos sujetos capaces de derecho y obligaciones ... (P.p. 189 -190)
El tema de lo que es persona y personalidad así como sujeto de derecho, es una generalidad tratada muy bien por los especialistas en el campo de lo civil, por lo que se hace referencia a lo que en esta materia de civil, y más específicamente en lo que es sujeto de derecho y su definición expresa el autor AGUILAR (1.998), donde se expresa: “ Si se entiende por sujeto de derecho aquel que actualmente tiene un derecho o un deber ... sin referirla a un derecho o un deber en concreto viene a ser sinónimo de persona (p.40)”.
De lo anterior el estudiante puede concluir que el sujeto de derecho son todos aquellos entes que de una u otra son susceptibles de tener tanto deberes como derechos y que no necesariamente se limita a lo que son personas naturales de ahí que las personas jurídicas sean sinónimo de sujeto de derecho, lo cual se apoya en lo expresado por el Código Civil Venezolano, en el Libro Primero De Las Personas, Título I: De Las Personas En General y De Las Personas En Cuanto A Su Nacionalidad, Capitulo I: De Las Personas, Sección II: De Las Persona Jurídicas, Art., 19 “ son personas jurídicas y por lo tanto capaces de obligaciones y derechos”.
Sobre este mismo tópico de lo que es persona se tiene que persona es cualquier criatura de naturaleza racional. Persona en le caso del Hombre, designa al propio individuo humano. Por esto no se puede personalizar lo que no es persona. También es perdona el individuo que no ha alcanzado la racionalidad.
Forment dice que entre los seres de la tierra, sólo el hombre es persona. Todo humano y solo el humano. Esta desigualdad se tiene desde que se nace hasta que se muere y reforzado por la genética, que demuestra la irrepetibilidad del ser humano.
La discusión venía planteada porque para algunos es la aparición de la "cualidad" humana. Así Toole y se plantea: ¿Cuál es la razón que hace al Hombre tener Derecho a la vida?. La respuesta es simple, pues deriva de su propia esencia humana.
Otra postura reduce la personalidad a una determinada voluntad del legislativo (originaría una discriminación).
Este concepto de persona es jurídica, no moral, porque la moral reconocería a la buena persona. Es pues una percepción de lo real. Negar la cualidad de persona a un hombre es injusto puesto que no sería darle lo suyo. El Derecho no crea la personalidad, el ordenamiento lo percibe y lo reconoce.
La personalidad jurídica es la capacidad de tener Derechos y obligaciones aunque la capacidad de ejercerlos los impone el ordenamiento.
Todo Hombre.
Sujeto de Derecho
Sólo el Hombre.
Es necesario acotar que para poder tener claro el concepto y definición de sujeto de derecho, necesariamente debemos de tratar lo que significa el termino ¨persona¨, por lo que se ampliará un poco más a continuación.
El término persona en nuestro Derecho positivo en que no solo se le reconoce personalidad jurídica a los individuos de la especia humana, sino también a otros entes distintos al hombre, que no son seres vivientes, pero persiguen fines humanos denominadas personas jurídicas, colectivas, morales, complejas o abstractas.
Ambas personas, tanto naturales como abstractas o jurídicas, podemos definirlas de la siguiente manera:
Todo ente susceptible de tener deberes o derechos jurídicos.
Ente susceptible de ser sujeto activo o pasivo, pretensor u obligado, en una relación jurídica.
Ente susceptible de figurar como término subjetivo en una relación jurídica.
Podemos observar que las tres definiciones tienen algo en común, la susceptibilidad o posibilidad de las mismas de formar parte de una relación jurídica se le significa con el término de sujeto de derecho. Es entonces necesario entrar a analizar las diferencias que existen entre ambos conceptos jurídicos sinónimos, pero nunca igual.
Para que el análisis sea claro debemos estudiar las diferentes relaciones jurídicas entre los hombres, unas son consideradas por el ordenamiento jurídico
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