1820 A 1824
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Toma de San Juan de Ulúa (1825)
La Toma de San Juan de Ulúa de 1825 tuvo lugar desde agosto al 23 de noviembre de 1825, en la fortaleza de San Juan de Ulúa en el estado de Veracruz, México, entre elementos del Ejército Mexicano yArmada de México, al mando del general Miguel Barragán y el capitánPedro Sainz de Baranda y Borreiro respectivamente contra elementos del ejército español comandados por el Gral. José María Coppingerque protegía la plaza durante los Intentos de Reconquista en México. La escuadrilla comandada por el capitán Pedro Sainz de Baranda se enfrentó con la escuadrilla española, evitando así la llegada de víveres y refuerzos para los españoles de San Juan de Ulúa. Al no recibir refuerzos ni alimento desde España, y estando sitiados desde tierra por el Gral. Barragan que hostigaba la fortaleza, el escorbuto comenzó a cobrar las primeras víctimas, con ello, la delegación española se vio obligada a rendirse.
Antecedentes
Con motivo del bombardeo español, ordenado por el BrigadierFrancisco Lemaur desde el Castillo de San Juan de Ulúa, decidió emprender un bloqueo decretado el 8 de octubre de 1823 con el fin de prohibírles a los españoles la entrada de víveres, soldados y diversos socorros, como se muestra en el siguiente texto condenando estos ataques:
“El Supremo Poder Ejecutivo, nombrado provisionalmente por el soberano Congreso Mexicano, teniendo en consideración: que la guerra con la nación española no ha debido creerse concluída... no reconociendo la independencia, objeto de trece años de continuados y sangrientos sacrificios... que a pesar de ello, la Nación Mexicana y su gobierno, poniendo en uso los principios de humanidad y prudencia que caracterizan a los americanos, ha permitido la existencia de relaciones amistosas con los súbditos de la española, el tráfico libre de sus productos y manufactura, la extracción de los efectos y numerarios nacionales, y la entrada franca de sus buques mercantes en nuestros puertos... que no obstante esta conducta generosa... no ha dado un paso que descubra la sanidad de sus intenciones hacia la paz, sino por el contrario... que el gobernador de una pequeña fortaleza, después de establecer pretensiones injustas, contraviniendo al derecho de gentes... faltando su palabra comprometida con las autoridades de Veracruz, de no romper el fuego sin previo aviso, para que se liberasen de los estragos de la guerra los bienes y las personas..."
Así pues continúa el decreto explicando las conclusiones, posturas y medidas a las que llegará el Estado Mexicano por medio del Supremo Poder Legislativo y la Secretaría de Guerra Y Marina:
"...finalmente que es un deber del gobierno la integridad del territorio que se le ha confiado, sostener las glorias y decoro de la nación, hacer respetar el pabellón... y conforme al derecho de la guerra, disminuir a su enemigo los medios de continuarla, ha decretado y decreta: Estando el fondeadero y fortaleza bajo los fuegos de nuestras baterías y cañones, se declara en estado de bloqueo la fortaleza de San Juan de Ulúa. En consecuencia, los buques de guerra de la Nación y de las aliadas la hostilizarán por cuantos medios estén a su alcance. Los buques mercantes de súbditos de la nación española, serán obligados a salir de los puertos de la mexicana, dentro de 24 horas después de comunicado este decreto, sin permitir que por ningún pretexto vuelvan a fondear en ellos, so pena de declarárseles buena presa. Queda prohibida la admisión en las Aduanas y Puertos marítimos, de los productos y manufacturas españolas. Los buques aún neutrales que los conduzcan, serán devueltos a sus destinos en el término de 40 días si son procedentes de algún puerto del Continente Americano, y de 4 meses si lo fuesen de los Puertos de Europa; pero pasados estos términos, serán considerados buena presa. Se aplicará el castigo que imponen las leyes vigentes, a los individuos de cualquier clase y condición que se descubra tener relaciones con la guarnición y vecindario de San Juan de Ulúa, pues absolutamente deberá considerarse cerrada toda comunicación. Todos los buques mercantes españoles a quienes se les haya intimado este decreto, y desde luego no revuelvan a rumbo de puertos extranjeros serán declarados buena presa, así como también, si después de esta intimación fuesen aprehendidos con dirección a algunos de nuestros puertos o de Colombia. El presente decreto se comunicará a los Comandantes Generales del Departamento, a los Jefes de la Armada Nacional, a los que manden buques de las naciones aliadas y amigas. A los capitanes de puerto, y a cuantas autoridades toque vigilar su observancia bajo la más estrecha responsabilidad."
Con motivo del decreto del bloqueo total de San Juan de Ulúa, se llegó a confirmar lo que ya antes el antiguo Ministro de guerra, Antonio de Medina Miranda había confirmado: la necesidad del gobierno mexicano de contar con embarcaciones para la marina de guerra, pues ahora es cuando el gobierno mexicano tiene necesidad de embarcaciones de guerra para llevar a cabo el objetivo de bloquear para evitar el envío de víveres y tropas y atacar el último reducto español en México. El entonces Secretario de Guerra y Marina, José Joaquín de Herrera se presentó el 13 de noviembre de 1823 ante el Primer Congreso de México rindiendo el siguiente informe en donde confirma la necesidad de adquirir embarcaciones:
“ Me hallo en obligación de dar cuenta a vuestra soberanía, de un ramo del Estado ajeno a mi profesión, del que no tengo el menor conocimiento, y sin embargo, la bondad del gobierno quiso poner íntegramente bajo mi cuidado, por estar unido a la Secretaría de Guerra. Hablo de la Marina Nacional, de esta palanca de la prosperidad de los pueblos, que protege su comercio exterior y defiende sus costas de los insultos y pretensiones ambiciosas de sus enemigos. Difícil cosa es transitar un camino desconocido, sin conductos y sin antecedentes de los obstáculos que pueden presentarse para impedirlo, pero que es necesario allanar porque lleva infaliblemente a la prosperidad de un pueblo naciente, que por su riqueza, situación y fecundidad en todos sentidos, quiere fijar sus destinos entre las naciones de la tierra, y tremolar su pabellón vencedor enmedio del océano. No cansare la atención del Congreso Constituyente con la relación histórica de las costas que posee la América septentrional en el Golfo de México y en el Pacífico; tampoco hablare de su mayor o menor acceso, de su situación topográfica, de la cala de sus puertos y barras, ni de la utilidad que puedan prestar a su comercio y comunicaciones interiores. Todo esto, además de un estudio asiduo, meditación y combinaciones generales que sólo pueden ser obra del tiempo ( de lo que en absoluto he carecido) esta tratado dignamente y de una manera
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