ANTECEDENTES HISTÓRICOS. EL PUEBLO AZTECA. LAS PRISIONES
Enviado por abghuitza • 24 de Agosto de 2015 • Ensayo • 2.119 Palabras (9 Páginas) • 95 Visitas
ANTECEDENTES HISTÓRICOS.
EL PUEBLO AZTECA.
LAS PRISIONES.
Fray Diego Duran nos da a conocer el tipo de cárcel a la que llamaban de dos formas:
a) Cuaubcalli que quiere decir jaula o casa de palo.
b) Petlacalli que quiere decir casa de palma.
IMPARTICIÓN DE JUSTICIA.
El que ejecutaba las sentencias era el emperador azteca “Tlatoqui” era el consejero de gobierno formado por 4 personas que deberían de ser hermanos o sobrinos, entre los que deberían de ser elegidos, el sucesor del emperador el que juzgaba y ejecutaba las sentencias, los conflictos durante ochenta días y sus audiencias eran publicas.
Los jueces administraban justicia con la Mayor rectitud sin recibir recompensa por parte de los litigantes, pues tenían asignado un salario consistente en comestibles. El juez que se dejada sobornar o descuidaba sus obligaciones, incurría en penas grabes, el juez injusto era condenado a muerte.
Había también un servicio de policía que mantenía el orden interior y que podía arrestar hasta, alas personas de más alto rango.
Entre los altos funcionarios existían un grupo importante que era el de los jueces, los de primera instancia se encontraban principalmente en las provincias, los jefes o ancianos locales, per los había superiores en México y Texcoco, siendo de última instancia el propio soberano o bien su segundo.
En Texcoco funcionaba un tribunal supremo compuesto de 12 jueces, bajo la presidencia del señor local. No se conoce bien la base del sistema judicial azteca no existe dudad que se apoyaran entre adiciones de la tribu pero debió existir una legislación en un organismo estatal tan complicado, donde la propiedad, y rango social, la adaptación social y muchos otros problemas tenían importancia máxima.
EL PUEBLO MAYA.
En el pueblo maya, sus leyes penales, al igual que otros reinos y dominios se distinguían por su rigurosidad, los caciques tenían bajo su responsabilidad la función de juzgar y aplicar la pena de muerte y la esclavitud como pena principal.
La pena de muerte era para el que cometía adulterio, rapto, homicidio, incendio, y, corrupto de doncellas.
La pena de esclavitud para ladrones si el que cometía el robo era una persona principal se le labraba el rostro desde la barba hasta la frente.
Chavero dice: en el pueblo maya no se usó castigo la prisión ni azotes, solo que, a los condenados a muerte y esclavos se les encerraba en jaulas de madera que servían de cárceles.
Las sentencias penales eran definitivas, no se aceptaba ningún recurso contra la sentencia.
Motolina dentro de sus memorias que escribió sobre el Derecho Penal dice, Que iba dirigido principalmente contra el robo, la embriaguez, la traición a la patria y que sancionaba los delitos con el destierro, la esclavitud, o, la muerte pero sin atención a causas exculpantes o aminorantes de la culpabilidad.
Los mayas solían hacerse justicia por su propia mano, no interviniendo los señores sino en los casos de adulterio femenino de delitos puramente materiales y jurídicos, y, de delitos contra individuos de otro pueblo.
PRISIONES.
Las prisiones eran una jaula grande de madera, expuestas al aire libre y pintadas muchas veces de colores sombrías adecuados al suplicio que guardaban. Los presos tenían que sufrir las inclemencias del tiempo.
Aconda y Molina Solís Hacen referencia a las cárceles en grandes jaulas de madera, aunque en primera da un dato que no cita el segundo, también los cautivos aguardaban la hora del sacrificio en esas jaulas, con lo que dichas jaulas cumplían una doble función, retener al delincuente y al cautivo, en espera de la aplicación de la pena o sacrificio.
IMPARTICIÓN DE JUSTICIA.
Los mayas practicaban la impartición de justicia en forma pronta y expedita, y por si fuera poco, oral, ya que los acusados eran llevados de inmediato ante el Batab o cacique, el que tenía la función de juzgar y aplicar como penas principales la muerte y la esclavitud, eran ejecutadas por los tupiles sin perdida de tiempo, sólo en el caso de que fuera a morir en el campo sagrado, era retenido preso hasta que dicha sentencia se ejecutara.
MÉXICO COLONIAL.
VIRREINATO.
Cabe mencionar, que, durante tres siglos el dominio fue de los españoles en las tierras americanas, que hoy son la República Mexicana.
Ejercieron su gobierno por medio de virreyes y éstos a través de un complejo sistema de organización era confusa, que ni las mismas autoridades definieron.
Las autoridades después del virreinato fueron los alcaldes Mayores, intendentes, corregidores, gobernadores civiles y militares, y la autoridad municipal estaba representada por los alcaldes menores.
En estas condiciones empieza el siglo de las luces, que debería ver el final del dominio español, en América, y el nacimiento consiguiente de la nueva nacionalidad surgida a la vida independiente, para entrar en el concurso de las naciones libres y constituirse del modo más conveniente al ejercicio de sus derechos.
TRIBUNALES CIVILES Y ECLESIÁSTICOS.
La penalidad eclesiástica macha de la mano virreinal, por lo que si juntamos las dos severidades, la iglesia y el estado nos encontramos ante un panorama aterrador, de esta manera podemos ver que la iglesia ocupa un papel importante en la colonia como evangelizadora y como tribunal de la santa inquisición, la que se encargaba de los asuntos de hechicería, idolatría (ídolos), mentira, casos en que mucha gente perecía inocentemente sin haber cometido delito alguno.
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