Acto Juridico Roma
Enviado por conipao.2 • 21 de Mayo de 2014 • 286 Palabras (2 Páginas) • 319 Visitas
UNILATERALIDAD Y BILATERALIDAD
DE ACTOS JURÍDICOS Y CONTRATOS
Todo contrato es un acto jurídico bilateral porque para formarse necesita del acuerdo de voluntades de dos o más partes, lo que significa que necesariamente todo Contrato es una Convención. Pero los contratos a su vez y atendiendo al número de partes que se ven obligadas pueden ser también, unilaterales o bilaterales.
• UNILATERAL: Será unilateral el contrato cuando una de las partes contratantes se obliga para con la otra, la que no contrae obligación alguna. Por ejemplo ocurre en el Mutuo o préstamo de consumo, que es contrato típicamente unilateral en que si bien es cierto, para su generación se requiere del acuerdo de voluntades de 2 o más personas, por ser un acto jurídico bilateral, una de esas partes resulta obligada y la otra no contrae obligación alguna, como por Ej: el Mutuo o Préstamo de Consumo en que la persona que recibió el dinero prestado se obliga a devolverlo.
• BILATERAL: Será bilateral cuando las partes contratantes se obligan recíprocamente , como por Ej: en la Compraventa ambas partes resultan obligadas, el vendedor a entregar la cosa y el comprador a pagar el precio; luego, este contrato se perfecciona en el momento del acuerdo de voluntades, aunque no haya tradición, es decir entrega.
Esta clasificación de los contratos en Unilateral y Bilateral como dijimos, se hace atendiendo al número de partes que resultan obligadas, no al número de partes cuyas voluntades se necesitan para que nazca a la vida del derecho, porque para ello siempre será necesario el acuerdo de voluntades de 2 o más partes.
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