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Amparo.


Enviado por   •  5 de Septiembre de 2014  •  Tesis  •  586 Palabras (3 Páginas)  •  164 Visitas

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c) Las partes en el juicio de amparo

1.- QUEJOSO

2.- AUTORIDAD RESPONSABLE

3.- TERCERO PERJUDICADO

El quejoso

Es el gobernado que sufre una lesión con motivo de la emisión y/o ejecución de un acto de autoridad y cuya anulación por inconstitucional reclama ante el Juez Federal, a través de la demanda de amparo, en la que se debe especificar que persona es la que demanda el amparo a fin de que el juez esté en aptitud de determinar si ha resentido una lesión en su patrimonio, derivada de un acto de autoridad, que reclama.

Si no se tiene este dato, el juez no podrá resolver el juicio, con apego a los principios fundamentales del amparo de instancia de parte agraviada.

La autoridad responsable en el amparo

La demanda de amparo, se promueve siempre contra un acto de autoridad (principio de la procedencia del amparo contra actos de autoridad artículo 103 Constitucional) A efecto de que el Juez Federal, pueda dirimir si ese acto viola la constitución es preciso que se requiera de la autoridad gubernativa, señalada como responsable que intervenga en el juicio informando sobre la existencia del acto que se le imputa y en caso que se admita su emisión y/o ejecución de lo que defienda a través de la exposición de las razones o motivos por los que le dio nacimiento y la base legal que le sirvió para emitirlo o ejecutarlo. Por tanto, el quejoso deberá mencionar qué autoridades tienen ingerencia en ese acto de autoridad, a fin de que les sea requerido el informe justificado y puedan participar en el juicio.

Existen dos tipos o clases de autoridades responsables: ordenadora y ejecutora.

“ARTICULO II.- Es autoridad responsable la que dicta, promulga, publica, ordena, ejecuta o trata de ejecutar la Ley o el acto reclamado.” -Ley de Amparo-

El tercero perjudicado

a) El tercero perjudicado en el amparo

Es el particular administrado, facultado por la Ley para acudir ante los Jueces a solicitar el otorgamiento, reconocimiento o restitución de un derecho.

b) Sujetos con este carácter

Tienen esta calidad, con fundamento en el artículo 5 de la -Ley de Amparo-:

a) La contraparte del agraviado cuando el acto reclamado emana de un juicio o controversia que no sea del orden penal, o cualquiera de las partes en el mismo juicio cuando el amparo sea promovido por persona extraña al procedimiento:

b) El ofendido o las personas que, conforme a la Ley, tengan derecho a la reparación del daño o a exigir la responsabilidad civil proveniente de la comisión de un delito, en su caso, en los juicios de amparo promovidos contra actos judiciales del orden penal, siempre que éstas afecten dicha reparación o responsabilidad.

c)

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