Art
Enviado por manueL180891 • 25 de Septiembre de 2012 • Apuntes • 204 Palabras (1 Páginas) • 399 Visitas
art. 42
VI.- Practicar u ordenar se practique avalúo o verificación física de toda clase de bienes, incluso durante su transporte.
En esta fraccion del articulo 42 se refiere a la practica que tienes facultades la autoriadad para comprobar el valor de los bienes o su verificacion fisica.
VII.- Recabar de los funcionarios y empleados públicos y de los fedatarios, los informes y datos que posean con motivo de sus funciones.
Esta fraccion nos dice que la autoridad tiene facultad de pedir informacion con motivo del contribuyente a los funcionarios y empleados publicos.
VIII.- Allegarse las pruebas necesarias para formular la denuncia, querella o declaratoria al ministerio público para que ejercite la acción penal por la posible comisión de delitos fiscales. Las actuaciones que practiquen las autoridades fiscales tendrán el mismo valor probatorio que la Ley relativa concede a las actas de la policía judicial; y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de los abogados hacendarios que designe, será coadyuvante del ministerio público federal, en los términos del Código Federal de Procedimientos Penales.
Nos habla de que la autoridad tiene la facultad de formular una denuncia ante el ministerio publico si se requiere por comprobacion de delitos fiscales.
...