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Asilo político en Colombia


Enviado por   •  22 de Septiembre de 2014  •  Informe  •  433 Palabras (2 Páginas)  •  244 Visitas

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Asilo político en Colombia

El propósito de nuestro trabajo es dar a conocer a quienes y bajo que circunstancias se debe conceder a alguien el asilo político, las finalidades que este tiene, bajo que requisitos está regido, que derechos tiene un asilado político en este nuevo país y sobre todo que derechos humanos están involucrados en este tema en específico. Lo anterior estará enfocado sobre todo en la legislación Colombiana.

Bajo las fuentes de:

La Convención de 1951.

Caso Haya de la Torre en 1950 entre Colombia y Perú llevado por la Corte Internacional de Justicia.

Comenzando con la Convención de 1951 que fue nombrada así ya que las Naciones Unidas firmaron una proclamación sobre el estatuto de refugiados.

Esta Convención de 1958 ha sido firmada por la mayoría de los países del mundo, incluido Colombia.

La Convención aclara quienes pueden ser refugiados o asilados políticamente por un país:

Personas perseguidas por su raza.

Personas perseguidas por sus creencias religiosas.

Personas perseguidas por su nacionalidad.

Personas perseguidas por pertenecer a un determinado grupo social.

Personas perseguidas por tener determinadas opiniones políticas.

Personas que tienen miedo de regresar a su país porque temen que pueden ser asesinadas por cualquiera de esas razones.

Sin embargo, a continuación se presentan unos casos en los cuales no se es asilado político o no podría seguirlo siendo:

Personas con una segunda nacionalidad o que temen por su vida en uno de los dos países, no se puede ser asilado político, porque el segundo país de su nacionalidad lo protege.

Si desaparecen las circunstancias de su temor

Si comete un crimen atroz en contra de la paz (vos mismo perseguiste a otros, etc).

Si comete un delito de guerra (masacres, torturas, etc).

Si la persona que quiere adquirir el asilo cometió una violación a los principios internacionales de derechos humanos de otras personas.

Si cometió dichos delitos antes de entrar en el país de refugio.

Si violó algún principio de las Naciones Unidas.

Según esta convención ningún país que está dentro de ella puede discriminar por:

Raza.

Religión.

Opiniones políticas.

Por país de origen.

Pero en primer lugar el presunto afectado debe probar si realmente se encuentra en un peligro real. Con ello será deber de este país aceptar al mismo.

También será su deber garantizar plenamente la práctica de la religión del asilado. No imponerle otra y sobre todo velar para que los hijos de esta persona sean educados bajo esa misma religión.

Ya en el país de refugio, el asilado tendrá los mismos deberes y derechos

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