Breve Recuento De Las Constituciones En Venezuela
Enviado por jhusmary • 10 de Noviembre de 2014 • 6.881 Palabras (28 Páginas) • 307 Visitas
Breve recuento de las Constituciones de Venezuela
CONSTITUCIÓN DE 1811
Sancionada en Caracas el 21 de Diciembre de 1811. El Congreso Constituyente, que había iniciado sus sesiones en Caracas el 2 de Marzo de 1811 y proclamado la Independencia el 5 de Julio, aprobó el 21 de Diciembre del mismo año la Constitución Federal para los Estados de Venezuela. Aunque su vigencia fue muy breve, pues no excedió de los 6 meses, su proyección jurídica, ideológica y espiritual es considerable, ya que además de haber sido la primera Constitución de Venezuela, lo fue también de toda Hispanoamérica. Sólo 2 la precedieron en el continente, la de Estados Unidos y la de Haití. Por esto decía la Gaceta de Caracas del 27 de Diciembre que los representantes del pueblo venezolano se habían reunido en la mañana del día 21 "...para fijar una de las más grandiosas y memorables épocas de la regeneración del Nuevo Mundo firmando la primera Constitución libre y representativa que ha visto el Continente Colombiano...", nombre éste con que designaba a la América Hispana. El proyecto de Constitución había sido encomendado meses antes a una comisión del Congreso formada por Francisco Javier de Ustáriz, Gabriel de Ponte y Juan Germán Roscio. Fue el primero de ellos quien llevó el peso principal en la elaboración del proyecto, en el cual trabajaba inclusive antes de que se proclamase la Independencia. La discusión del texto presentado por Ustáriz se inició el 3 de septiembre, y después de 3 meses de debates en los cuales intervinieron prácticamente todos los diputados, con las naturales modificaciones, supresiones y ampliaciones, quedó por fin sancionada la Constitución, que firmaron 37 diputados y el secretario del Congreso, Francisco Isnardi. Entre ellos se hallaba Francisco de Miranda, quien la firmó dejando constancia de sus reparos porque consideraba que los poderes no guardaban "un justo equilibrio", que la estructura no era suficientemente sencilla y clara y que la Constitución no estaba acorde "con la población, usos y costumbres de estos países".
La Carta Constitucional, cuyo preámbulo se iniciaba así: "En el nombre de Dios Todopoderoso, Nosotros el pueblo de los Estados de Venezuela, usando de nuestra soberanía...", constaba de un "Preliminar" con las bases del pacto federativo, y 9 capítulos. Tanto Ustáriz como los demás diputados que intervinieron en la redacción del proyecto o en el debate parlamentario tuvieron presente los antecedentes de la Constitución de Estados Unidos y de las constituciones de la Francia revolucionaria, pero se inspiraron también, al adoptar la forma federal de gobierno, en la realidad de las provincias venezolanas. Tampoco olvidaron la posibilidad de establecer lazos de confederación con otras regiones de Hispanoamérica si un día se reunían todas en "un Congreso de la Colombia", tal como lo hicieron constar en un extenso y emocionado párrafo final que precedía a la fecha y a las firmas, donde hacían un llamamiento "a la vigilancia y virtudes de los padres de familia, madres, esposas y ciudadanos del Estado". Según la Gaceta de Caracas la aprobación definitiva de la Constitución fue celebrada en la capital con un repique general de campanas, salvas de artillería, música, canciones patrióticas, abrazos, brindis y enhorabuenas recíprocas. Pero ya el 23 de Abril de 1812, ante la difícil situación creada por las consecuencias del terremoto del 26 de Marzo y por el avance de las fuerzas realistas desde Coro, el Poder Ejecutivo puso en suspenso provisionalmente a la Constitución, pues al conferirle el mando militar a Miranda con el título de Generalísimo le dio facultades extraordinarias, sin sujetarlo a otra ley que no fuese "la Ley suprema de salvar la Patria", tal como se lo escribía en aquella fecha el secretario de la Guerra, José de Sata y Bussy. En todo caso, la vigencia de la Constitución Federal de 1811 cesó totalmente a partir del 25 de julio de 1812, cuando Miranda capituló ante el jefe español Domingo de Monteverde.
Rasgos fundamentales:
1) Establece como forma de Estado la Federación, a la cual llama Confederación, lo cual era común en aquella época, existiendo todavía un ejemplo de ello en Suiza, que siendo un Estado federal se denomina aun hoy Confederación Suiza. La escogencia del sistema federal fue común a muchos de los nuevos Estados americanos: Argentina, Brasil, Federación Centroamericana, México. Aparte de razones históricas que se han aducido como fundamento de tal sistema, más o menos valederas, es evidente la influencia del modelo norteamericano, único vigente para la época y con inmenso prestigio por su éxito.
2) Acoge la separación de poderes con un Poder Legislativo bicameral: Cámara de Representantes y Cámara del Senado, como es característica del Estado federal, pero en el sistema de 1811 las provincias no tienen en el Senado igual representación, sino que se eligen, como los representantes, a partir de la población de cada una, pero con una base mayor que la que sirve para elegir éstos, por lo cual la Cámara del Senado es menos numerosa que la de Representantes.
3) El Poder Ejecutivo es colectivo, ejercido por tres personas, única vez en la historia venezolana (salvo en ciertos gobiernos de facto), en que se establece esta forma de organización.
4) El sistema electoral es censitario, esto es, establece limitaciones tanto del derecho a elegir como a ser elegido según condiciones económicas.
5) Hace declaración solemne de los Derechos del Hombre, resumiéndolos en los de libertad, igualdad, propiedad y seguridad; acoge así lo que se ha venido a llamar después la doctrina o ideología del Estado democrático, liberal, burgués de derecho, en el cual la idea básica es la de unos derechos fundamentales anteriores y superiores al Estado, que pertenecen al hombre por propia naturaleza, más allá de todo poder del Estado, el cual se encuentra por su parte limitado, pues estos derechos son los límites de su actuación y su tarea principal es la de servir simplemente de guardián para el respeto y garantía de esos derechos. Esta va a ser la pauta de todas las Constituciones venezolanas, hasta las posteriores inmediatas a la muerte del general Juan Vicente Gómez (1936-1945), con variantes de redacción o de énfasis pero sin alterar el concepto constitucional básico.
En cuanto a la libertad religiosa, a diferencia de la Constitución norteamericana, no se reconoce la libertad de cultos y se proclama a la religión católica, apostólica, romana como religión de Estado. En esto se parecerá mucho a las otras constituciones latinoamericanas y algunas de las europeas del siglo XIX, pero en Venezuela va debilitándose gradualmente durante el curso del siglo pasado, hasta llegar
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