CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS EDUCATIVOS
Enviado por Victor Huarachi Borda • 1 de Febrero de 2016 • Ensayo • 2.626 Palabras (11 Páginas) • 423 Visitas
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS EDUCATIVOS
Conste por el presente documento el CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS EDUCATIVOS que celebran de una parte el COLEGIO PARTICULAR NUESTRA SEÑORA DE LA MERCED con RUC Nº 20170517921 con domicilio legal en Calle Misti Nro. 208 del Distrito de Yanahuara, Provincia y Departamento de Arequipa debidamente representado por su Directora Hna. HILDA PACHECO PACHECO, debidamente identificada con DNI N° 29472144, conforme al reconocimiento conferido mediante Resolución de Administración N° 0192 de la Gerencia Regional de Educación de Arequipa, a quien en adelante se le denominará EL COLEGIO y de otra parte ______________________________________________ con D.N.I. Nº ________________ con domicilio en _______________________________________________________________ a quien en adelante se le denominará EL PADRE DE FAMILIA Y/O APODERADO en los términos y condiciones siguientes:
- DE LOS SUJETOS DEL CONTRATO
- EL COLEGIO es una INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA cuyo funcionamiento se inspira en los fundamentos, principios y lineamientos axiológicos señalados en su Reglamento Interno y brinda servicios educativos escolarizados en los niveles de inicial, primaria y secundaria de Educación Básica Regular de conformidad con sus Resoluciones de Autorización y Registro al amparo de las Normas Legales vigentes.
- EL PADRE DE FAMILIA Y/O APODERADO de la menor, solicita matricular a su hija para el año escolar 2016 y requiere contratar de los servicios educativos de EL COLEGIO.
- OBJETO DEL CONTRATO
- El presente contrato tiene por objeto establecer los compromisos que asumirán las partes, a fin de que EL COLEGIO brinde servicio educativo durante el año escolar 2016, a favor de la hija del EL PADRE DE FAMILIA Y/O APODERADO, en el marco de las disposiciones legales emitidas por el Estado Peruano a través del Ministerio de Educación y según el Carisma y Espiritualidad Mercedaria del EL COLEGIO prevista en su Reglamento Interno, que es de pleno conocimiento y aceptación del PADRE DE FAMILIA Y/O APODERADO.
- DEL COSTO DEL SERVICIO EDUCATIVO
- Como contraprestación por los servicios educativos brindados de parte de EL COLEGIO, EL PADRE DE FAMILIA Y/O APODERADO se compromete al pago de la Matrícula y Diez mensualidades por concepto de Derecho de Enseñanza. Sólo en el caso de estudiantes nuevas deberán abonar el concepto de Cuota de Ingreso.
Asimismo los montos de estas pensiones podrán ser incrementados de acuerdo a las necesidades Institucionales, la inflación y/o aumento de precios en los bienes y servicios, previa Resolución emitida por la autoridad competente del Ministerio de Educación, de acuerdo a la verificación de los motivos que dieran lugar a estas.
- Los costos son los siguientes:
NIVEL | CUOTA DE INGRESO (Ingresantes) | MATRICULA 2016 | PENSION DE ENSEÑANZA |
INICIAL | S/.3,500.00 | S/. 500.00 | S/. 500.00 |
PRIMARIA | S/.3,500.00 | S/. 500.00 | S/. 500.00 |
SECUNDARIA | S/.3,500.00 | S/. 500.00 | S/. 500.00 |
- FORMA Y OPORTUNIDAD DE PAGO
- Todos los pagos comprendidos en la cláusula Tercera se realizarán por medio de la Entidad Bancaria que EL COLEGIO disponga.
- El concepto de pago de Matrícula y de Pensiones de Enseñanza se ejecutará de acuerdo al siguiente cronograma:
PENSIÓN DE ESTUDIOS Y FECHAS DE PAGO | |||
Pensión de Marzo | 01 de abril del 2016 | Pensión de Agosto | 01 de setiembre del 2016 |
Pensión de Abril | 01 de mayo del 2016 | Pensión de Setiembre | 01 de octubre del 2016 |
Pensión de Mayo | 01 de junio del 2016 | Pensión de Octubre | 01 de noviembre del 2016 |
Pensión de Junio | 01 de julio del 2016 | Pensión Noviembre | 01 de diciembre del 2016 |
Pensión Julio | 01 de agosto del 2016 | Pensión de Diciembre | Un día antes de la clausura |
Nota: El pago que corresponde al Mes de Diciembre 2016 es exigible a partir del día 15 hasta un día antes de la Clausura.
- EL COLEGIO se reserva el derecho de reportar a las centrales de riesgo como INFOCORP a los PADRES DE FAMILIA Y/O APODERADO morosos, que incumplen con el pago de las pensiones de enseñanza
- En caso de existir cualquier tipo de comunicación que adelante el dictado de clases de parte del Ministerio de educación y motivado por alguna causa fortuita o fuerza natural ajena a la Institución, EL COLEGIO no verá afectado el cronograma de pagos, pero si reprogramará el dictado de clases a favor de la estudiante.
- VIGENCIA DEL CONTRATO
- La Vigencia del presente contrato corresponde al AÑO ACADEMICO 2016 y comprende entre el 01 de Marzo al 31 de Diciembre del 2016, fecha en la cual se da por finalizado las relaciones contractuales, pudiendo existir renovación con acuerdo de ambas partes.
- La renovación del Contrato requiere de la solicitud de reserva de matricula 2017 que debe ser comunicada oportunamente por EL PADRE DE FAMILIA a EL COLEGIO antes de la culminación del año académico que corresponde al período 2016. En caso de no comunicar la reserva de la matricula al finalizar el año académico, EL COLEGIO podrá disponer de la vacante de la estudiante.
- No habrá renovación del contrato si:
- EL PADRE DE FAMILIA ha observado morosidad en el pago de las Pensiones de Enseñanza o mantiene deudas por concepto de Pensiones de Enseñanza al momento de la nueva matrícula.
- EL PADRE DE FAMILIA ha incumplido las disposiciones contenidas en el Reglamento Interno de la Institución Educativa.
- Las estudiantes que han incurrido en faltas graves contempladas en el Reglamento Interno del Colegio.
- OBLIGACIONES DE LAS PARTES
- Son Obligaciones de EL COLEGIO:
- Brindar los Servicios Educativos a favor de la estudiante cuyos datos se consignan en la clausula II del presente documento de conformidad al Reglamento Interno de la Institución.
- Informar al PADRE DE FAMILIA sobre los resultados del proceso educativo y formativo de su hija.
- Dar orientaciones e indicaciones que ayuden a superar las deficiencias académicas o del comportamiento de la estudiante.
- Asistir en los primeros auxilios o de emergencia a la estudiante, en caso de accidente común dentro de la Institución, comunicando inmediatamente al Padre de Familia. (De conformidad a la ficha de Declaración de Salud firmada por el Padre de Familia al momento de la matricula).
- Las demás obligaciones contenidas en el Reglamente Interno de EL COLEGIO
6.2.- Obligaciones del PADRE DE FAMILIA:
- Conocer la información relacionada con el costo del servicio educativo, así como el marco doctrinal que sustenta la educación de EL COLEGIO, su Axiología, el Proyecto Educativo Institucional.
Asimismo el PADRE DE FAMILIA Y/O APODERADO declaran conocer el Reglamento Interno y las Normas de Disciplina Escolar de EL COLEGIO, y se compromete a cumplir y hacer cumplir a su menor Hija, todas sus disposiciones; asimismo expresan su conformidad de observar y respetar dicho marco doctrinal y Reglamento Interno.
Declara también conocer toda la información suficiente veraz, completa, objetiva y de buena fe, que contiene la página WEB de EL COLEGIO (www.mercedariasaqp.edu.pe) el que es fácilmente accesible, y que le ha permitido tomar la decisión de acuerdo a sus intereses, de matricular a su hija para recibir los conocidos servicios educativos que brinda EL COLEGIO.
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